Limited liability company78.829.120-5

Inmobiliaria Puerto Varas Limitada

MODIFICACIÓN — Sep 9, 2024

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2024-09-09View PDF (CVE 2543465)

Corporate information

Ltda
Concepción, Biobío

Capital

Total capital

$50.000.000

Paid-in capital

$50.000.000

Pending capital

$0

Shareholders (7)

NameParticipation

MARÍA HELIA AGUILAR GÓMEZ

Socio

31%

RODRIGO ALFONSO AGUILAR CASTRO

Socio

25%

MARÍA SOLEDAD CASTRO SAAVEDRA

Socio

25%

MARCELA ANDREA AGUILAR CASTRO

Socio

25%

MARÍA CONSUELO VIVANCO AGUILAR

Socio

14%

GABRIELA ALEJANDRA GEBAUER AGUILAR

Socio

15%

MÓNICA ANDREA GEBAUER AGUILAR

Socio

15%

Corporate history on record

  1. Incorporation· July 28, 1994

    Se constituye INMOBILIARIA PUERTO VARAS LIMITADA.

  2. Other act· January 6, 2012

    Se modifican los estatutos de la sociedad.

  3. Other act· June 28, 2012

    Se sanea la escritura de 6 de enero de 2012 y se rectifica la cláusula vigésimo quinta.

  4. Transfer of rights

    José Manuel Rubén Vivanco Aguilar vende y cede la totalidad de sus derechos sociales a Marcela Andrea Aguilar Castro y a sus representados Rodrigo Alfonso Aguilar Castro y María Soledad Castro Saavedra, retirándose de la sociedad.

    JOSÉ MANUEL RUBÉN VIVANCO AGUILAR · MARCELA ANDREA AGUILAR CASTRO · RODRIGO ALFONSO AGUILAR CASTRO · MARÍA SOLEDAD CASTRO SAAVEDRA

Official extract text

RAMÓN GARCÍA CARRASCO, Notario Público Titular de Concepción, con Oficio en Rengo 444, Concepción, certifico: Que por escritura pública de fecha 19.07.2024, rep. 7723-2024, ante mi, MARÍA HELIA AGUILAR GÓMEZ, domiciliada en Mac Iver 1.784, comuna Concepción, MARÍA CONSUELO VIVANCO AGUILAR, domiciliada en Avenida Pascual Binimelis 498, Lonco, comuna Chiguayante; JOSÉ MANUEL RUBÉN VIVANCO AGUILAR, domiciliado en Los Olivillos 424, comuna Chiguayante; MÓNICA ANDREA GEBAUER AGUILAR, domicialiada en Chacabuco 155, departamento 702, comuna Concepción; GABRIELA ALEJANDRA GEBAUER AGUILAR, domiciliado en Avenida Andalué 2.736, comuna de San Pedro de la Paz; y MARCELA ANDREA AGUILAR CASTRO, domiciliada en Avda. Punta Nogales n°1377, casa 17, Condominio Punta Avellano, Huechuraba, Región Metropolitana, por si y en representación, de RODRIGO ALFONSO AGUILAR CASTRO, y de MARÍA SOLEDAD CASTRO SAAVEDRA, también del mismo domicilio; exponen: PRIMERO: ANTECEDENTES GENERALES: Uno) Por escritura pública de 28 Julio de 1994, otorgada ante Notario Público de Concepción Enrique Herrera Silva, se constituyó sociedad INMOBILIARIA PUERTO VARAS LIMITADA, rol único tributario 78.829.120-5, inscrita a fojas 1.514 número 1.226, Registro de Comercio de Concepción año 1.994, y extracto se publicó en Diario Oficial de 23 de septiembre 1994. Dos) Los estatutos de referida sociedad fueron modificados por escritura pública de 6 de enero 2012 ante Notario Público de Concepción Ramón García Carrasco; Tres) Por escritura pública de 28 de junio 2012 ante Notario Público de Concepción Ramón García Carrasco se saneó anterior escritura pública de 6 de enero 2012 de la misma notaría, en conformidad a Ley número 19.499, en razón que no haber sido inscrito y publicado su extracto dentro del plazo legal, y se rectificó cláusula vigésimo quinta. El extracto de la referida escritura pública de fecha 28 Junio 2012, se inscribió a fojas 2.027 vuelta número 1.865 del Registro Comercio de Concepción año 2012 y publicado en Diario Oficial de 23 agosto 2012. SEGUNDO: La escritura pública de saneamiento de 28 Junio 2012 ante Notario Público de Concepción Ramón García Carrasco, su extracto, publicación en Diario Oficial de 23 de agosto 2012 e inscripción de fojas 2.027 vuelta número 1.865 del Registro Comercio de Concepción año 2012, adolecen de error donde menciona que aporte de “María Helia Aguilar Gómez, es la suma de $15.500.000, equivalente al treinta por ciento (30%)” del capital, en circunstancias que debió indicarse correctamente que el aporte de doña María Helia Aguilar Gómez es la suma de $15.500.000, equivalente al treinta y un por ciento (31%), del capital. TERCERO: Los socios corrigen y sanean de conformidad a Ley número 19.499 errores citados, dejando constancia que capital es de $50.000.000, aportado de la siguiente forma: a) por María Helia Aguilar Gómez, con suma de $15.500.000 equivalente al 31% de derechos; b) Rodrigo Alfonso Aguilar Castro, Marcela Andrea Aguilar Castro y María Soledad Castro Saavedra, en común, con la suma de $6.250.000 equivalente a 12,5% de derechos, en su conjunto; c) José Manuel Rubén Vivanco Aguilar, con la suma $6.250.000, equivalente a 12,5% de derechos; d) María Consuelo Vivanco Aguilar, con la suma de $7.000.000, equivalente a 14 de derechos; e) Gabriela Alejandra Gebauer Aguilar, con la suma de $7.500.000, equivalente a 15% de derechos; y f) Mónica Andrea Gebauer Aguilar, con la suma de $7.500.000, equivalente a 15% de derechos. CESIÓN DE DERECHOS: Comparecientes modifican pacto social: JOSÉ MANUEL RUBÉN VIVANCO AGUILAR, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales equivalentes a 12,5% del capital social a doña MARCELA ANDREA AGUILAR CASTRO y a sus representados RODRIGO ALFONSO AGUILAR CASTRO y MARÍA SOLEDAD CASTRO SAAVEDRA, quien los compra, adquiere y acepta para sí y para RODRIGO ALFONSO AGUILAR CASTRO y MARÍA SOLEDAD CASTRO SAAVEDRA, todos en común, en la suma de $25.500.000. A consecuencia, JOSÉ MANUEL RUBÉN VIVANCO AGUILAR se retira de la sociedad y doña MARCELA ANDREA AGUILAR CASTRO, don RODRIGO ALFONSO AGUILAR CASTRO y doña MARÍA SOLEDAD CASTRO SAAVEDRA, quedan en definitiva con una participación de 25% de los derechos sociales. MODIFICACIÓN: Socios modifican cláusula quinta de pacto social por la siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $50.000.000, aportado y enterado en caja social, en dinero efectivo, de manera siguiente: A) Por doña MARÍA HELIA AGUILAR GÓMEZ, con suma de $15.500.000, equivalentes a 31% de los derechos sociales; B) Por señores don RODRIGO ALFONSO AGUILAR CASTRO, doña MARÍA SOLEDAD CASTRO SAAVEDRA y doña MARCELA ANDREA AGUILAR CASTRO, en común, con suma de $12.500.000, equivalente a un 25% de los derechos sociales; C) Por doña MARÍA CONSUELO VIVANCO AGUILAR, con suma de $7.000.000, equivalente a 14% de los derechos sociales; D) Por doña GABRIELA ALEJANDRA GEBAUER AGUILAR con suma de $7.500.000, equivalente a 15% de los derechos sociales; y E) Por doña MÓNICA ANDREA GEBAUER AGUILAR con la suma de $7.500.000, equivalente a 15% de los derechos sociales. Demás estipulaciones escritura que se extracta. Se faculta para inscribir y publicar.- CONCEPCION, 05 de Septiembre de 2024.

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  1. MODIFICACIÓN

    INMOBILIARIA PUERTO VARAS LIMITADA

    CVE 2543465

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