Sánchez, Díaz y Compañía Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$10.000.000
Paid-in capital
$10.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Rodrigo Alonso Sanchez del Solar Socio 6.xxx.xxx-0 | 6.xxx.xxx-0 | 50% | $5.000.000 |
Socio 6.xxx.xxx-0 | 6.xxx.xxx-0 | 50% | $5.000.000 |
Corporate history on record
- Transfer of rights· March 25, 2008
Patricio Ricardo Godoy Catalán cede la totalidad de sus derechos sociales a Rodrigo Alonso Sanchez del Solar y Pedro Luis Díaz Cruz, quedando ambos con 50% cada uno.
Patricio Ricardo Godoy Catalán · Rodrigo Alonso Sanchez del Solar · Pedro Luis Díaz Cruz
Official extract text
MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Notario Público Titular de la 7ª Notaría, Santiago, Agustinas 1161, entrepiso, Santiago, certifico: que por escritura publica de fecha 5 de septiembre de 2019, ante mí, DON RODRIGO ALONSO SANCHEZ DEL SOLAR, chileno, casado y separado de bienes, Contratista , cédula de identidad nro 6.364.514-0, domiciliado en Eduardo Castillo Velasco número 1711 de la comuna de Ñuñoa, , Región Metropolitana, don PEDRO LUIS DÌAZ CRUZ, chileno, casado y separado de bienes, contratista , cédula de identidad nro 6.497.007-0, , domiciliado en calle con domicilio en Santa Mónica 607– A de la comuna de Peñalolén de Santiago, Región Metropolitana. Y don PATRICIO RICARDO GODOY CATALÁN, chileno, casado y separado de bienes, cédula de identidad numero9.993.678-9, domiciliado en El Colorado Nro. 0335 Comuna de San José Maipo, modificaron la sociedad Sanchez,Diaz y Compañìa Limitada, inscrita en el Registro de Comercio correspondiente al año 1996 , a fojas cinco mil trescientos noventa y uno , número cuatro mil cuatrocientos treinta y cinco del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año mil novecientos noventa y seis y se publicó en el Diario Oficial del día cinco de marzo de 1996, modificada , por cesión de derechos, quedando como únicos socios don Rodrigo Alonso Sanchez el Solar, don Pedro Luis Díaz Cruz y don Patricio Ricardo Godoy Catalán con un treinta tres coma tres por ciento cada uno de ellos inscrita a fojas 12815 número 8674 del registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2008., publicada el 25 de marzo del año 2008., en lo siguiente: don Patricio Godoy Catalán vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales equivalente a un treinta y tres coma tres por ciento repartidos en un 16.67 por ciento para cada uno de los restantes socios don Rodrigo Sanchez del Solar y don Pedro Díaz Cruz, sean por revalorización de capital, utilidades no retiradas o a cualquier otro título o cualquier otro derecho que pudiere corresponder al cedente en la sociedad Sanchez Díaz y Compañía Limitada El precio de dicha cesión asciende a la suma única y total de veinticinco millones de pesos que los cesionarios pagan al cedente en la siguiente forma: a) con una primera cuota de $18.000.000 al contado mediante vale vista nro 11600767 tomado en el Banco BCI con fecha 2 de septiembre de 2019 que el cedente declara recibir a su entera conformidad. b) Con una segunda cuota de $3.000.000 con vencimiento al día 30 de septiembre del año 2019 y c) Con dos cuotas finales iguales y sucesivas de $2.000.000 cada una, con vencimientos los días 30 de Octubre y 30 de Noviembre del presente año, parcialidades a lo que los cesionarios concurren al pago por partes iguales .Conforme a la cesión de derechos que precede, quedan como únicos socios de la sociedad don Rodrigo Alonso Sanchez del Solar y don Pedro Díaz Cruz, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales cada uno de ellos,. Los actuales y únicos socios de la sociedad, modifican la sociedad en lo siguiente: a) Se modifica la cláusula cuarta del estatuto social, CUARTO. El capital social es la suma de $10.000.000 cuyos socios que permanecen en la sociedad aportan el 50 por ciento cada uno, el que se entiende pagado e incorporado en caja social. b) Se modifica la cláusula séptima: SEPTIMA La administración y uso de la razón social corresponderá indistintamente a ambos socios, con las facultades establecidas en el estatuto original, salvo que, tratándose de la venta de activos fijos como inmuebles y marcas comerciales, los socios deberán actuar en forma conjunta..c).Se modifica la cláusula decimoprimera: DECIMO PRIMERA. En caso de fallecimiento de alguno de los socios, la administración y uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio sobreviviente con todas las facultades establecidas en el estatuto original sin limitación alguna. CUARTO, En todo lo no modificado por el presente instrumento, rige el estatuto primitivo y sus modificaciones. QUINTO Para todos los efectos tributarios, la sociedad que por este acto se modifica, se hace solidariamente responsable de los impuestos que eventualmente se adeudaren de conformidad al artículo 69 del Código Tributario. Santiago, 10 de Septiembre de 2019.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
Sánchez, Díaz y Compañía Limitada
CVE 1657954
