Asesorias E Inversiones Alizor Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La realización de todo tipo de inversiones en los negocios y actividades económicas que los administradores estimen convenientes o los socios acuerden, cualquiera sea su naturaleza, sin otra limitación que la impuesta por las leyes. En particular y sin que ello importe limitación alguna, la sociedad podrá realizar, por cuenta propia o ajena, toda clase de inversiones, operaciones y actos inmobiliarios, en todo tipo de negocios, organizar, administrar encargar y ordenar la construcción de toda clase de inmuebles, cualquiera sea su naturaleza, como también celebrar, modificar y disolver contratos de sociedad de responsabilidad limitada, anónimas, encomanditas o colectivas, sean civiles o comerciales y de asociación o cuentas en participación y asimismo comprar, vender, importar, exportar, comercializar, explotar, arrendar y comercializar, por cuenta propia o de terceros toda clase de bienes muebles o inmuebles, nacionales o extranjeros. Además la sociedad podrá dedicarse a la prestación de servicios de asesoría, consultoría, análisis y estudios en materias administrativas, contables, tributarias, de auditoría, comerciales, financieras, recursos humanos, control y gestión.
Capital
Total capital
$300.000.000
Paid-in capital
$300.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 7.xxx.xxx-1 | 7.xxx.xxx-1 | 30% | $90.000.000 |
Alicia del Carmen Rodriguez Rivera Socio 8.xxx.xxx-4 | 8.xxx.xxx-4 | 30% | $90.000.000 |
Socio 16.xxx.xxx-8 | 16.xxx.xxx-8 | 40% | $120.000.000 |
Administrators (3)
Alicia del Carmen Rodriguez Rivera
Corporate history on record
- Incorporation· December 22, 1995
Se constituyó inicialmente Asesorias e Inversiones Alizor Limitada.
- Other act· September 11, 2001
La sociedad fue modificada mediante escritura pública.
- Other act· December 31, 2008
La sociedad fue modificada nuevamente mediante escritura pública.
Official extract text
PABLO MARTINEZ LOAIZA, Notario Titular, Valparaíso, Prat 856, certifico hoy ante mí con fecha 08/11/2018, LORENZO ANTONIO ROJAS RAMOS, ALICIA DEL CARMEN RODRIGUEZ RIVERA, y ALISABEL ROJAS RODRIGUEZ, todos domiciliados, para estos efectos en Pasaje Ross Nº 149, oficina 701, Valparaíso, modificaron ASESORIAS E INVERSIONES ALIZOR LIMITADA, Rut Nº 78.782.470-6, con un capital inicial de $20.000.000, la que se inscribió a fojas 975 vuelta, Nº 872 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso año 1.995, y cuyo extracto se publicó en Diario Oficial Nº 35.348, de fecha 22/12/1995.- Posteriormente esta sociedad fué modificada: a) Mediante escritura pública de fecha 11/09/2001, cuyo extracto se inscribió a fojas 774 vuelta, Nº 614 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso del año 2.001, y publicado en el Diario Oficial Nº 37.098 de fecha 30/10/2001.- b) Mediante escritura pública de fecha 31/12/2008, cuyo extracto se inscribió a fojas 163 vuelta, Nº 123 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso del año 2.009, publicado en el Diario Oficial Nº 39.300 de fecha 28/02/2009.- MODIFICACION ACTUAL: MODIFICACIONES.- a) En este acto la sociedad ASESORIAS E INVERSIONES ALIZOR LIMITADA, aumenta su capital a $300.000.000 e ingresa a la sociedad ALISABEL ROJAS RODRIGUEZ.- b) Los comparecientes realizan sus aportes a la sociedad ASESORIAS E INVERSIONES ALIZOR LIMITADA, en los siguientes montos: LORENZO ANTONIO ROJAS RAMOS: Aporta la suma de $90.000.000, que entera mediante revalorización del capital de la sociedad a la cual ya pertenecía y cuyo valor inicial fue de $15.000.000, revalorizado en la suma de $18.360.000, aporte actualmente reajustado y que corresponde a la suma de 33.360.000, al día de hoy y el saldo de $56.640.000, es aportado en este acto mediante cheque del Banco Chile Nº 5009848 de la cta cte Nº 1016149707, cheque a fecha al 16/11/2018; ALICIA DEL CARMEN RODRIGUEZ RIVERA: Aporta la suma de $90.000.000, que entera mediante revalorización del capital de la sociedad a la cual ya pertenecía y cuyo valor inicial fue de $5.000.000, revalorizado en la suma de $6.120.000, aporte actualmente reajustado y que corresponde a la suma de $11.120.000, al día de hoy y el saldo de $78.880.000, es aportado en este acto mediante cheque del Banco Itaú Nº 3471803 de la cta cte Nº 200807944 cheque a fecha al 19/11/2018; y ALISABEL ROJAS RODRIGUEZ: Aporta la suma de $120.000.000, que entera de la siguiente forma: 1) En este acto mediante cheque del Banco Chile Nº 7048543 de la cta cte Nº 101-25223-04 por la suma de $60.300.000, cheque a fecha al 16/11/2018; 2) En este acto mediante cheque del Banco Chile Nº 7065719 de la cta cte Nº 101-25223-04, por la suma de $9.000.000, cheque a fecha al 16/11/2018; 3) En este acto mediante cheque del Banco Chile Nº 7065720 de la cta cte Nº 101-25223-04, por la suma de $10.500.000, cheque a fecha al 4/02/2019; 4) En este acto mediante cheque del Banco Chile Nº 7065721 de la cta cte Nº 101-25223-04, por la suma de $10.200.000, cheque a fecha al 11/02/2019; 5) En este acto mediante cheque del Banco Chile Nº 7065723 de la cta cte Nº 101-25223-04, por la suma de $30.000.000, cheque a fecha al 11/02/2019. De esta forma queda enterado el capital correspondiente a la socia ALISABEL ROJAS RODRIGUEZ; c) Se modifica la cláusula de administración, representación y uso de la razón social en sentido que la representación de la sociedad y uso de la razón social corresponderá en el orden siguiente a: 1) Lorenzo Antonio Rojas Ramos en forma individual; 2) Lorenzo Antonio Rojas Ramos conjuntamente con Alicia del Carmen Rodríguez Rivera o Lorenzo Antonio Rojas Ramos, conjuntamente con Alisabel Rojas Rodríguez; 3) Ante la ausencia por viaje, enfermedad o impedimento permanente de Lorenzo Rojas Ramos, la representación de la sociedad y uso de la razón social corresponderá conjuntamente a Alicia del Carmen Rodríguez Rivera y a Alisabel Rojas Rodríguez.- Al fallecimiento de cualesquiera de los socios la sociedad continuará con los herederos del socio fallecido, quienes deberán hacerse representar por un procurador común designado dentro de los treinta días siguientes a la fecha del deceso si fueren más de uno, y si no se pusieren de acuerdo en su designación este será nombrado por un árbitro, el cual será nombrado de común acuerdo por los socios y si éste no existiere será designado por el Juez Letrado Civil de turno de Valparaíso.- En consecuencia los montos enterados y pagados, y porcentajes de los socios en ASESORIAS E INVERSIONES ALIZOR LIMITADA, es como sigue: a) Lorenzo Antonio Rojas Ramos, entera y paga la suma de $90.000.000, que equivalen a un 30% de la sociedad; b) Alicia del Carmen Rodríguez Rivera, entera y paga la suma de $90.000.000, que equivalen a un 30% de la sociedad; c) Alisabel Rojas Rodríguez, entera y paga la suma de $120.000.000, que equivalen a un 40% de la sociedad.- NUEVO PACTO SOCIAL: Los actuales socios Lorenzo Antonio Rojas Ramos, Alicia del Carmen Rodríguez Rivera y, Alisabel Rojas Rodríguez, vienen en dictar el nuevo texto de la sociedad que queda redactada de la siguiente manera: “PRIMERO: CONSTITUCION. Los comparecientes LORENZO ANTONIO ROJAS RAMOS, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, según se acreditará, contador, cédula Nº 7.824.074-1, ALICIA DEL CARMEN RODRIGUEZ RIVERA, chilena, casada, contadora, separada de bienes, cedula Nº 8.260.768-4, y ALISABEL ROJAS RODRIGUEZ, chilena, soltera, profesora de inglés, cedula Nº 16.886. 620-8, todos domiciliados, en Pasaje Ross Nº 149, oficina 701, Valparaíso, han convenido en constituir una sociedad de responsabilidad limitada que se regirá por la ley 3.918 y sus modificaciones, por las disposiciones pertinentes del código civil y del código de comercio y por los acuerdos de las cláusulas que componen este pacto social.- RAZON SOCIAL.- Las partes han convenido que la razón social de esta sociedad será “ASESORIAS E INVERSIONES ALIZOR LIMITADA”, pudiendo usar para todos los fines legales, bancarios, publicitarios y comerciales, el nombre de fantasía “ALIZOR LTDA”.- ADMINISTRACION Y USO DE LA RAZON SOCIAL.- El uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad, como la dirección de negocios sociales corresponderá en el orden siguiente a: 1) Lorenzo Antonio Rojas Ramos, en forma individual; 2) Lorenzo Antonio Rojas Ramos, conjuntamente con Alicia del Carmen Rodríguez Rivera o Lorenzo Antonio Rojas Ramos conjuntamente con Alisabel Rojas Rodríguez; 3) Ante la ausencia por viaje, enfermedad o impedimento permanente de Lorenzo Rojas Ramos, la representación de la sociedad y uso de la razón social corresponderá conjuntamente a Alicia del Carmen Rodríguez Rivera y, a Alisabel Rojas Rodríguez. Al fallecimiento de cualesquiera de los socios la sociedad continuará con los herederos del socio fallecido, quienes deberán hacerse representar por un procurador común designado dentro de los 30 días siguientes a la fecha del deceso si fueren más de uno, y si no se pusieren de acuerdo en su designación este será nombrado por un árbitro, el cual será nombrado de común acuerdo por los socios y si éste no existiere será designado por el Juez Letrado Civil de turno de Valparaíso. En consecuencia, el o los socios según corresponda actuando de la forma señalada precedentemente descrita, y anteponiendo su o sus firmas a la razón social o cualquiera de sus siglas indicadas anteriormente, tendrán las más amplias facultades para obligar y representar a la sociedad.- EXENCION.- Las partes acuerdan dejar sin efecto la prohibición del artículo 404 Nº 4 del Código de Comercio .En consecuencia los socios podrán explotar por cuenta propia el ramo de industria en que opere la sociedad, y realizar sin el consentimiento de los consocios operaciones particulares de cualquiera especie.- CAPITAL.- El Capital es de $300.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: a) LORENZO ANTONIO ROJAS RAMOS: Aporta la suma de $90.000.000, aportados y enteramente pagados en las arcas de la sociedad.- b) ALICIA DEL CARMEN RODRIGUEZ RIVERA: Aporta la suma de $90.000.000, aportados y enteramente pagados en las arcas de la sociedad.- c) ALISABEL ROJAS RODRIGUEZ: Aporta la suma de $120.000.000, aportados y enteramente pagados en las arcas de la sociedad.- OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será la realización de todo tipo de inversiones en los negocios y actividades económicas que los administradores estimen convenientes o los socios acuerden, cualquiera sea su naturaleza, sin otra limitación que la impuesta por las leyes. En particular y sin que ello importe limitación alguna, la sociedad podrá realizar, por cuenta propia o ajena, toda clase de inversiones, operaciones y actos inmobiliarios, en todo tipo de negocios, organizar, administrar encargar y ordenar la construcción de toda clase de inmuebles, cualquiera sea su naturaleza, como también celebrar, modificar y disolver contratos de sociedad de responsabilidad limitada, anónimas, encomanditas o colectivas, sean civiles o comerciales y de asociación o cuentas en participación y asimismo comprar, vender, importar, exportar, comercializar, explotar, arrendar y comercializar, por cuenta propia o de terceros toda clase de bienes muebles o inmuebles, nacionales o extranjeros. Además la sociedad podrá dedicarse a la prestación de servicios de asesoría, consultoría, análisis y estudios en materias administrativas ,contables, tributarias, de auditoría, comerciales, financieras, recursos humanos, control y gestión.- DURACION.- El plazo de duración de la sociedad será de 3 años, contados desde la fecha de constitución de la escritura, y se entenderá tácita y sucesivamente prorrogada en las mismas condiciones, por períodos iguales.- DOMICILIO.- El domicilio será la ciudad de Valparaíso.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Autorizo conforme al Art. 402 del C.O.T..- Valparaíso, 21 de Diciembre de 2018.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
ASESORIAS E INVERSIONES ALIZOR LIMITADA
CVE 1518167
