Limited liability company78.775.620-4

Perez Y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — Dec 19, 2024

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2024-12-19View PDF (CVE 2586203)

Corporate information

Ltda
Rancagua, O'Higgins
Duration: 5 años, renovable tácita y sucesivamente por periodos iguales
Administration: Administrador estatutario

Corporate purpose

La ejecución por cuenta propia o ajena de actividades de inversión, adquisición y administración de bienes muebles e inmuebles, asesorías profesionales en aspectos administrativos, inmobiliarios y de inversiones, y demás actividades necesarias o conducentes al giro.

Capital

Total capital

$537.462

Paid-in capital

$537.462

Pending capital

$0

Shareholders (2)

NameParticipation

GUILLERMO HERNAN PEREZ NAVARRO

Socio

10.xxx.xxx-2

-

JESSICA MARÍA ESPINOZA NAVARRETE

Socio

21.xxx.xxx-1

-

Administrators (1)

GUILLERMO HERNAN PEREZ NAVARRO

10.xxx.xxx-2Administrador

Corporate history on record

  1. Capital change· December 4, 2024

    PEREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA disminuye su capital de $1.000.000 a $462.538 por una división parcial.

    GUILLERMO HERNAN PEREZ NAVARRO · JESSICA MARÍA ESPINOZA NAVARRETE

  2. Transformation· December 4, 2024

    Se constituye INVERSIONES MICROMED LIMITADA como nueva sociedad con el patrimonio segregado en la división de PEREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA.

    GUILLERMO HERNAN PEREZ NAVARRO · JESSICA MARÍA ESPINOZA NAVARRETE

Official extract text

JORGE SCHWENKE ZUÑIGA, Notario Público Titular de la Segunda Notaria de Rancagua, Bueras 359, oficina 102, Certifico: Por escritura de fecha 04-12-2024, Rep. Nº5147-2024, ante mí Suplente, Francisca Salas Medina, don GUILLERMO HERNAN PEREZ NAVARRO, C.I. 10.306.263-2, JESSICA MARÍA ESPINOZA NAVARRETE C.I.E. 21.777.326-1, ambos domiciliados en Calle Sargento Bernardo Cáceres Nº 630, oficina Nº 1004, comuna de Rancagua; únicos socios de PEREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA, capital $1.000.000, Rut 78.775.620-4, inscrita en el Registro de Comercio de Rancagua a fojas 298, número 320, correspondiente al año 1995, acordaron: Uno) Dividir PEREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA, división que se efectuará mediante disminución de su capital en $537.462 y la constitución de una nueva Sociedad de Responsabilidad Limitada a la que se aporta el monto, todo ello con efecto contable y financiero al 04-12-2024. Las actividades de la sociedad continuarán, en tales términos, en un caso bajo el nombre de PEREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA, que será sociedad continuadora, y en otro caso bajo el nombre de INVERSIONES MICROMED LIMITADA, que será la nueva sociedad que se crea al efecto. Dos) En consideración al acuerdo de división antes indicado, se disminuyó el capital de $1.000.000, a $462.538, manteniéndose en PEREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA, la parte del patrimonio conformada por las cuentas de activo y pasivo que se singularizan en escritura extractada, y se acordó sustituir Artículo Quinto del estatuto social referente al capital social, consignando que el mismo es la cantidad de $462.538, que los socios aportan y pagan de la siguiente manera: A) Don GUILLERMO HERNAN PEREZ NAVARRO, la cantidad de $254.395,9 íntegramente pagados con anterioridad a la fecha de la escritura extractada; B) Doña JESSICA MARÍA ESPINOZA NAVARRETE la cantidad de $208.142,1.-, íntegramente pagados con anterioridad a la fecha de la escritura extractada. Socios reiteran que su responsabilidad se encuentra limitada al monto de sus respectivos aportes. Tres) Junto con la división de PEREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA y la disminución de capital de la misma, los socios acordaron constituir una nueva Sociedad de Responsabilidad Limitada, denominada INVERSIONES MICROMED LIMITADA, a la que se aportó como capital el monto en que se disminuyó el capital antes indicado de PEREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA, a la que se le asignó la parte del patrimonio de ésta última sociedad conformada por las cuentas de activo y pasivo que se singularizan en escritura extractada. Las menciones del pacto social de la nueva sociedad INVERSIONES MICROMED LIMITADA, que se constituyó al efecto, materia de extracto son: SOCIOS: don GUILLERMO HERNAN PEREZ NAVARRO y doña JESSICA MARÍA ESPINOZA NAVARRETE. RAZÓN SOCIAL: INVERSIONES MICROMED LIMITADA. DOMICILIO: Rancagua. OBJETO: El objeto de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: A.- La Inversión mediante la adquisición de bienes muebles corporales o incorporales, incluyendo cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, acciones, bonos, mutuos, mutuos convertibles en acciones, SAFE, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión que los socios acuerden con fondos propios o de terceros entregados en administración o bajo cualquier otra figura; B.- La adquisición de toda clase de bienes raíces a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como, la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden; C.- La asesoría profesional en aspectos administrativos, inmobiliarios y de inversiones, a personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras y; D.- En general, el desarrollo y la ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relaciones directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas.- DURACIÓN: 5 años, a contar desde esta fecha, renovable, tácita y sucesivamente por periodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DEL NOMBRE DE LA SOCIEDAD: Corresponderá a don GUILLERMO HERNAN PEREZ NAVARRO, quien actuará en calidad de administrador estatutario con las más amplias facultades. CAPITAL: $537.462, íntegramente aportado y pagado por los socios, a entera satisfacción de los mismos y de la sociedad, en los siguientes porcentajes: A) Don GUILLERMO HERNÁN PÉREZ NAVARRO aporta la suma de $295.604,1, pagada íntegramente mediante el aporte de activos, pasivos y patrimonio recibidos como consecuencia de la disminución de capital de la sociedad dividida, los cuales han sido valorados de común acuerdo en dicha cantidad. B) DOÑA JESSICA MARÍA ESPINOZA NAVARRETE aporta la suma de $241.857,9, pagada íntegramente mediante el aporte de activos, pasivos y patrimonio recibidos como consecuencia de la disminución de capital de la sociedad dividida, los cuales han sido valorados de común acuerdo en dicha cantidad. De este modo, el capital social se encuentra íntegramente pagado por los socios. LOS SOCIOS LIMITAN SU RESPONSABILIDAD AL MONTO DE SUS RESPECTIVOS APORTES. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto.- Rancagua, 16 de diciembre de 2024.

AmendmentDiario Oficial · 2024-01-08View PDF (CVE 2434312)

Corporate information

Ltda
Rancagua, O'Higgins

Corporate purpose

La sociedad tiene como objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales en el área de la medicina o salud humana. Esto incluye, pero no se limita a, servicios médicos, tratamientos, asesorías y cualquier otra actividad profesional directamente relacionada con la salud humana. La prestación de estos servicios se realizará tanto de manera directa como a través de convenios con particulares, beneficiarios del Fondo Nacional de Salud (FONASA), Instituciones de Salud Previsional, Servicios de Bienestar y organismos del sector público. Todos los servicios serán llevados a cabo por sus socios y colaboradores que sean profesionales calificados y debidamente acreditados en el campo de la medicina y las ciencias de la salud. La sociedad se compromete a adherirse a los más altos estándares de ética profesional y calidad en la prestación de servicios, asegurando una atención centrada en el bienestar y la seguridad de los pacientes. Además, gestionará eficientemente todos los recursos y operaciones necesarios para la óptima entrega de sus servicios profesionales

Capital

Total capital

$1.000.000

Shareholders (3)

NameParticipation

GUILLERMO HERNAN PÉREZ NAVARRO

Socio

10.xxx.xxx-2

-

VALERIA JUDITH NAVARRO SALDAÑA

Socio

5.xxx.xxx-5

-

JESSICA MARÍA ESPINOZA NAVARRETE

Socio

21.xxx.xxx-1

45%

Corporate history on record

  1. Transfer of rights· December 28, 2023

    VALERIA JUDITH NAVARRO SALDAÑA cede el 100% de sus derechos sociales, equivalentes al 5%, a JESSICA MARÍA ESPINOZA NAVARRETE.

    VALERIA JUDITH NAVARRO SALDAÑA · JESSICA MARÍA ESPINOZA NAVARRETE

  2. Partner withdrew· December 28, 2023

    VALERIA JUDITH NAVARRO SALDAÑA se retira de la compañía.

    VALERIA JUDITH NAVARRO SALDAÑA

Official extract text

JORGE SCHWENKE ZÚÑIGA, Titular 2º Notaría Rancagua, Bueras 359 Of. 102, Certifico: Por escritura de fecha 28-12-2023, Rep. 4894-2023, ante mí, Don GUILLERMO HERNAN PÉREZ NAVARRO, CI N° 10.306.263-2; VALERIA JUDITH NAVARRO SALDAÑA, CI 5.341.636-5, ambos con domicilio para estos efectos en Rancagua, Calle Alameda N°540, doña JESSICA MARÍA ESPINOZA NAVARRETE, CI N° 21.777.326-1, con domicilio en Los Peumos N° 1986, Condominio La Fontana, Machalí; modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada, PÉREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA, capital: $1.000.000.- RUT: 78.775.620-4, inscrita en el Registro de Comercio de Rancagua a fojas 298 número 320 año 1995, en el siguiente sentido: 1.- CESIÓN DE DERECHOS: VALERIA JUDITH NAVARRO SALDAÑA, vendió, cedió y transfirió a JESSICA MARÍA ESPINOZA NAVARRETE, el 100% de los derechos sociales de que era dueña en la compañía, equivalentes al 5% del total de los derechos sociales. Precio de la cesión $10.000.000.-, de contado y en dinero efectivo. Cedente declaró haber recibido la totalidad del precio e íntegramente pagado.- Demás socios de la compañía aceptaron expresamente esta cesión. Como consecuencia, VALERIA JUDITH NAVARRO SALDAÑA se retiró de la compañía y JESSICA MARÍA ESPINOZA NAVARRETE aumentó su participación en la misma con un 45% del total de los derechos sociales.- 2.- Socios modificaron cláusula 2ª de los estatutos relativo al objeto social, adecuando su contenido. La redacción de la mencionada clausula, quedó redactada como se indica: “SEGUNDO: La sociedad tiene como objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales en el área de la medicina o salud humana. Esto incluye, pero no se limita a, servicios médicos, tratamientos, asesorías y cualquier otra actividad profesional directamente relacionada con la salud humana. La prestación de estos servicios se realizará tanto de manera directa como a través de convenios con particulares, beneficiarios del Fondo Nacional de Salud (FONASA), Instituciones de Salud Previsional, Servicios de Bienestar y organismos del sector público. Todos los servicios serán llevados a cabo por sus socios y colaboradores que sean profesionales calificados y debidamente acreditados en el campo de la medicina y las ciencias de la salud. La sociedad se compromete a adherirse a los más altos estándares de ética profesional y calidad en la prestación de servicios, asegurando una atención centrada en el bienestar y la seguridad de los pacientes. Además, gestionará eficientemente todos los recursos y operaciones necesarios para la óptima entrega de sus servicios profesionales” Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Rancagua, 28 de diciembre de 2023.

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    PEREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 2586203

  2. MODIFICACIÓN

    PÉREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 2434312

Corporate relationships

CompanyPersonDiario OficialFormer relationship (ended)