Limited liability company78.564.320-8

Medicos Integrados Limitada

MODIFICACIÓN — Jan 23, 2017

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2017-01-23View PDF (CVE 1172491)

Corporate information

Ltda
Escribano Diego Rutal número 2383

Capital

Total capital

$29.070.284

Paid-in capital

$29.070.284

Pending capital

$0

Shareholders (3)

NameParticipation

PATRICIO ORESTES BURDILES PINTO

Socio

97.94%

INES DE LAS MERCEDES ARANEDA ARANDA

Socio

0.82%

SOFIA MAGDALENA BURDILES ARANEDA

Socio

0.41%

Corporate history on record

  1. Incorporation· June 14, 1994

    Constitución de MEDICOS INTEGRADOS LIMITADA.

    PATRICIO ORESTES BURDILES PINTO · INES DE LAS MERCEDES ARANEDA ARANDA · SOFIA MAGDALENA BURDILES ARANEDA

  2. Capital change· July 13, 2005

    Modificación societaria publicada el 08-08-2005.

  3. Capital change· January 15, 2007

    Modificación societaria publicada el 07-02-2007.

  4. Capital change· June 20, 2012

    Modificación societaria publicada el 06-08-2012.

  5. Capital change· December 4, 2013

    Modificación societaria publicada el 09-01-2014.

  6. Capital change· December 10, 2015

    Modificación societaria publicada el 31-12-2015.

  7. Other act

    Patricio Orestes Burdiles Pinto reinvierte $18.229.669 provenientes de retiro para reinversión desde Sociedad de Profesionales Cirujanos Limitada.

    PATRICIO ORESTES BURDILES PINTO

Official extract text

R. ALFREDO MARTIN ILLANES, notario, Santiago, Santa Magdalena 98, certifico que por escritura de fecha 29 de diciembre de 2016, ante mi, don PATRICIO ORESTES BURDILES PINTO, doña INES DE LAS MERCEDES ARANEDA ARANDA, doña SOFIA MAGDALENA BURDILES ARANEDA, todos domiciliados en Escribano Diego Rutal número 2383, comuna de Vitacura, Santiago, modificaron la sociedad “MEDICOS INTEGRADOS LIMITADA”, que los comparecientes constituyeron por escritura pública de 14-06-1994, en la Notaría de Santiago, del Notario don Gonzalo Hurtado Morales, titular de la Primera Notaría de la comuna de Las Condes, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 1994 a fojas 12.963, número 10.716, y publicada en el Diario Oficial del 27-06-1994, sociedad modificada 13-07-2005 notario Alberto Herman Montauban, suplente de don Humberto Santelices Narducci, Registro de Comercio de Santiago de 2005 fs. 26.351, N° 19.058 publicada Diario Oficial de 08-08-2005, sociedad modificada 15-01-2007 notario Humberto Santelices Narducci, Registro de Comercio de Santiago de 2007 fs. 4.345, N° 3.320 publicada Diario Oficial de 07-02-2007, sociedad modificada 20-06-2012 notario Humberto Santelices Narducci, Registro de Comercio de Santiago de 2012 fs. 52.451, N° 36698 publicada Diario Oficial de 06-08-2012, sociedad modificada 04-12-2013 notario Humberto Santelices Narducci, Registro de Comercio de Santiago de 2014 fs. 1.882, N° 1276 publicada Diario Oficial de 09-01-2014, sociedad modificada 10-12-2015 notario R. Alfredo Martín Illanes, Registro de Comercio de Santiago de 2015 fs. 94500, N° 55.242, publicada Diario Oficial de 31-12-2015. Por escritura que extracto, los socios de común acuerdo, aumentan el capital de $10.840.655 a $29.070.284 que se enteran con aporte en la caja social de $18.229.669, en efectivo, que hace el socio PATRICIO ORESTES BURDILES PINTO, retirados de la Sociedad de Profesionales Cirujanos Limitada, para ser reinvertidos en esta sociedad, según lo autoriza el art. 14 de la Ley de la Renta, Retiro para Reinversión.- Por tanto a) PATRICIO ORESTES BURDILES PINTO, queda con 97,94% de derechos sociales; b) INES DE LAS MERCEDES ARANEDA ARANDA, queda con 0,82% de derechos sociales; y c) SOFIA MAGDALENA BURDILES ARANEDA, queda con 0,41% de derechos sociales.- Los socios Patricio Orestes Burdiles Pinto, Inés de las Mercedes Araneda Aranda y Sofía Magdalena Burdiles Araneda, acuerdan acoger la sociedad a tributación según normativa legal reformada, según la cual la sociedad quedará a partir del primero de enero de dos mil diecisiete, sometida al Régimen del articulo catorce Letra B.- Los socios limitan responsabilidad hasta el monto de sus aportes.- En lo no modificado rige estatuto de constitución.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 4 de enero de 2017.

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