Agroindustrias Eben y Aresti Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$10.000.000
Paid-in capital
$10.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (5)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 53.36% | $5.336.000 |
Socio | - | 11.66% | $1.166.000 |
Socio | - | 11.66% | $1.166.000 |
Socio | - | 11.66% | $1.166.000 |
Socio | - | 11.66% | $1.166.000 |
Administrators (1)
Corporate history on record
- Death· March 16, 2022
Fallece uno de los socios administradores, Eugen Fritz Erwin Eben Oyanedel o Eugenio Eben Oyanedel.
- Succession· March 16, 2022
Los herederos se adjudican el 40% de los derechos sociales del causante en partición parcial.
Matilde Begoña Aresti López · Eugenio Alfredo Eben Aresti · Christiane Eben Aresti · Begoña Matilde Eben Aresti · Ana María Eben Aresti · Eugen Fritz Erwin Eben Oyanedel o Eugenio Eben Oyanedel
- Change of administrator· March 16, 2022
Se modifica la administración social, quedando a cargo de Matilde Begoña Aresti López y, en subsidio, de tres cualquiera de los socios designados.
Matilde Begoña Aresti López · Eugenio Alfredo Eben Aresti · Begoña Matilde Eben Aresti · Ana María Eben Aresti · Christiane Eben Aresti
- Capital change· March 16, 2022
Se fija el capital social en $10.000.000 y se asignan los aportes entre los socios.
Matilde Begoña Aresti López · Eugenio Alfredo Eben Aresti · Begoña Matilde Eben Aresti · Christiane Eben Aresti · Ana María Eben Aresti
Official extract text
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública fecha 16 de marzo de 2022, ante mí, Matilde Begoña Aresti López, Eugenio Alfredo Eben Aresti, Christiane Eben Aresti, Begoña Matilde Eben Aresti y Ana María Eben Aresti, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Isidora Goyenechea 2939, piso 10, Las Condes, Santiago, únicos y actuales socios de la sociedad Agroindustrias Eben y Aresti Limitada, modificaron la sociedad en los siguientes términos: 1) Con fecha 16 de marzo de 2022, los comparecientes, en su calidad de únicos herederos de don Eugen Fritz Erwin Eben Oyanedel o Eugenio Eben Oyanedel, otorgaron en esta Notaría escritura pública de partición parcial y adjudicación respecto del 40% de los derechos sociales que don Eugen Fritz Erwin Eben Oyanedel o Eugenio Eben Oyanedel tenía en la sociedad. Con ocasión de dicha partición parcial, los comparecientes se adjudicaron derechos sociales en las siguientes proporciones: (a) Doña Matilde Eben Aresti adquirió la plena propiedad del 13,36% de los derechos sociales de la sociedad; (b) Don Eugenio Alfredo Eben Aresti adquirió el 6,6% de los derechos sociales de la sociedad; (c) Doña Begoña Matilde Eben Aresti adquirió el 6,6% de los derechos sociales de la sociedad; (d) Doña Christiane Eben Aresti adquirió el 6,6% de los derechos sociales de la sociedad; y (e) Doña Ana María Eben Aresti adquirió el 6,6% de los derechos sociales de la sociedad. 2) Como consecuencia de lo anterior y atendida la participación que los comparecientes ya tenían en la sociedad con anterioridad a la referida partición y adjudicación, los actuales y únicos socios de la sociedad son: (a) Doña Matilde Begoña Aresti López, con 53,36% del capital e interés social; (b) Don Eugenio Alfredo Eben Aresti, con 11,66% del capital e interés social; (c) Doña Begoña Matilde Eben Aresti, con 11,66% del capital e interés social; (d) Doña Christiane Eben Aresti, con 11,66% del capital e interés social: y (e) Doña Ana María Eben Aresti, con 11,66% del capital e interés social. 3) Atendida la muerte de uno de los socios administradores de la sociedad, don Eugen Fritz Erwin Eben Oyanedel o Eugenio Eben Oyanedel, los comparecientes, en su calidad de actuales y únicos socios, vienen en modificar la administración de la sociedad, en el sentido que esta corresponderá a la socia Matilde Begoña Aresti López; y, en ausencia, fallecimiento o incapacidad de ella, situación que no será necesario acreditar ante terceros, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a tres cualquiera de los socios Eugenio Eben Aresti, Begoña Matilde Eben Aresti, Ana María Eben Aresti o Christiane Eben Aresti. 4) Por todo lo anterior, se acuerda sustituir los artículos Quinto, Séptimo y Noveno de los estatutos sociales por los siguientes: “QUINTO: El capital social será la suma de $10.000.000.- que los socios aportan en la siguiente forma: a) La socia doña MATILDE BEGOÑA ARESTI LOPEZ, la suma de $5.336.000.- b) La socia doña ANA MARIA EBEN ARESTI, la suma de $1.166.000.- c) La socia doña BEGOÑA MATILDE EBEN ARESTI, la suma de $1.166.000.- d) El socio don EUGENIO ALFREDO EBEN ARESTI, la suma de $1.166.000.- e) La socia doña CHRISTIANE EBEN ARESTI, la suma de $1.166.000.- Aportes que los socios enteran en dinero efectivo e ingresan en este acto a la caja social.“; “SEPTIMO: La administración y el uso de la razón social corresponderá a doña MATILDE BEGOÑA ARESTI LÓPEZ, quien actuando por la sociedad y anteponiendo a su firma la razón social la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, llevar a efecto contratos, juicios operaciones civiles, mercantiles, administrativas o de cualquier otra índole y ejercer o renunciar a las acciones de cualquier otra especie o naturaleza, como lo estime conveniente para la consecución de los fines sociales la buena inversión de sus haberes. Especialmente y sin que la enumeración que sigue sea taxativa ni limitativa, sino meramente ejemplar, la administradora podrá: a) Comprar, vender, aportar, adjudicar y en general adquirir o enajenar a cualquier título, sea éste traslaticio, constitutivo o declarativo de dominio, toda clase de bienes raíces o muebles, valores mobiliarios, créditos, materiales, vehículos, maquinarias, útiles, mercaderías, productos, artículos o derechos reales constituidos en ellos. b) Contratar toda clase de personal sean empleados o profesionales, convenir sus remuneraciones, obligaciones o derechos y poner término a sus contratos o servicios. c) Constituir, administrar, disolver sociedades civiles o comerciales, corporaciones, comunidades, copropiedades y otras personas jurídicas, organizarlas, incorporarse a las existentes, retirarse de ellas, tomar parte en su administración y participar con voz y voto en la Junta General de Accionistas o socios. d) Cobrar y percibir, otorgar recibos, cancelaciones o finiquitos y otros resguardos, reconocer o impugnar deudas, cobrar lo que se deba a la sociedad. e) Representar judicialmente a la sociedad con todas las facultades ordinarias y extraordinarias del mandato Judicial, especialmente con todas aquellas facultades contenidas en el inciso segundo del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, las cuales se dan por reproducidas e incorporadas una a una a este mandato. f) Representar a la sociedad ante los organismos públicos administrativos, especialmente: Ministerios, Empresas Autónomas del Estado, Organismos Fiscales, Cajas de Previsión, Administradoras de Fondos de Pensiones, Isapres, Servicios de Impuestos Internos, Aduana, Servicio del Trabajo, Tesorerías, etc., con las facultades de formular peticiones, reclamaciones, declaraciones, hacer liquidaciones, pagar, reclamar y percibir devoluciones de impuestos, imposiciones previsionales o gravámenes de cualquier naturaleza. g) Otorgar poderes especiales o generales, delegarlos en todo o en parte y revocarlos en cualquier tiempo. h) Contratar, abrir y cerrar cuentas corrientes bancarias, sean de depósito, o de crédito, depositar, girar y sobregirar en dichas cuentas, imponerse de sus movimientos, reconocer e impugnar saldos parciales o definitivos, retirar talonarios de cheques. Estas cuentas corrientes podrán ser contratadas en Bancos particulares, del Estado de Chile, de Fomento o en cualquier otra institución bancaria del país y financiera sean en moneda extranjera o nacional. i) Girar, suscribir, endosar en cobranza, en garantía o en descuento y sin restricciones, descontar, revalidar, prorrogar, reaceptar, hacer protestar y negociar en cualquiera forma que proceda, cheques, letras de cambio, pagarés, cartas de crédito, documentos de embarque, facturas, conocimientos, pólizas y en general cualquier documento mercantil o bancario, sean a la orden, nominativos o al portador. j) Contratar créditos o préstamos de cualquier forma, de dinero o de especie, con o sin intereses y con o sin garantías, sean préstamos con letras de cambio, sobregiros, avances contra aceptación y toda clase de créditos que otorguen los bancos, instituciones financieras y de fomento. k) Podrán gravar los bienes raíces de la sociedad con hipotecas, derechos de uso y de habitación, reglamentos de copropiedades y servidumbres y prohibiciones, los bienes muebles podrán gravarlos con prendas ordinarias o especiales, industriales, de compraventa a plazo, agrarias, sin desplazamiento u otras, los valores mobiliarios con prenda en favor de los bancos, Instituciones Financieras o cualquier otra que proceda y, todos ellos con usufructos, usos, anticresis y otros gravámenes cuando sean constituidos en su favor, alzarlos, cancelarlos, dividirlos, radicarlos, posponerlos, etc. tratándose de cauciones constituidas en favor de la sociedad podrán aceptarlas en forma especial o con cláusula de garantía general por montos limitados o ilimitados sin restricción alguna. En caso de ausencia, fallecimiento o incapacidad de doña Matilde Begoña Aresti López, situación que no será necesario acreditar ante terceros, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a tres cualquiera de los señores EUGENIO EBEN ARESTI, BEGOÑA MATILDE EBEN ARESTI, ANA MARÍA EBEN ARESTI o CHRISTIANE EBEN ARESTI, quienes, actuando en la forma indicada, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, incluidas las enumeradas en las letras a) a k) de este artículo”; “NOVENO: Las utilidades o pérdidas que arroje cada ejercicio social se distribuirán en la siguiente forma: a) Un cincuenta y tres coma treinta y seis por ciento para la socia doña Matilde Begoña Aresti López; b) un once coma sesenta y seis por ciento para la socia doña Begoña Matilde Eben Aresti; c) un once coma sesenta y seis por ciento para el socio don Eugenio Alfredo Eben Aresti; d) un once coma sesenta y seis por ciento para la socia doña Ana María Eben Aresti; y, e) un once coma sesenta y seis por ciento para la socia doña Christiane Eben Aresti”.En lo no modificado se mantienen vigentes demás estipulaciones del pacto social en especial en cuanto a que la responsabilidad de los socios continúa limitada al monto de sus respectivos aportes. Santiago, 23 de marzo de 2022.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
Agroindustrias Eben y Aresti Limitada
CVE 2109032
