Sociedad De Servicios Profesionales Clear Data Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La prestación de servicios profesionales en actividades de consultoría de gestión; investigación y desarrollo experimental en el campo de las ciencias sociales y las humanidades; estudio de mercado y encuestas de opinión pública; la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentures; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; cualquier otro negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo expresado; y cualquier otro que acordaren las socias.
Capital
Total capital
$400.000
Paid-in capital
$400.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 16.xxx.xxx-5 | 16.xxx.xxx-5 | 50% | $200.000 |
María Bernardita Canals Cavagnaro Socio 16.xxx.xxx-0 | 16.xxx.xxx-0 | 50% | $200.000 |
Administrators (2)
María Bernardita Canals Cavagnaro
SII representatives (2)
María Bernardita Canals Cavagnaro
Official extract text
Ministerio del Interior HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público Titular de la 26ª Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número 3196, comuna de Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 21 de enero de 2026, Repertorio N° 439-2026 ante mí, doña María Luisa Correa Molina, cédula de identidad N° 16.210.940-5, con domicilio en Monseñor Adolfo Rodríguez N° 12.631, casa N° 4, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; doña María Bernardita Canals Cavagnaro, cédula de identidad N° 16.209.556-0, con domicilio en Rafael Maluenda N° 1.408, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Nombre: “SOCIEDAD DE SERVICIOS PROFESIONALES CLEAR DATA LIMITADA", pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso ante bancos, instituciones financieras y el Servicio de Impuestos Internos, el nombre de fantasía de “CLEAR DATA LTDA.”. Domicilio: El domicilio de la sociedad estará en la ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios profesionales en actividades de consultoría de gestión; b) Investigación y desarrollo experimental en el campo de las ciencias sociales y las humanidades; c) Estudio de mercado y encuestas de opinión pública. d) La realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentures; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; e) Cualquier otro negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo expresado; y cualquier otro que acordaren las socias. Capital: $400.000.- que las socias aportan, enteran y pagan, en este acto, al contado y en efectivo, ingresado a la caja social de la siguiente forma: a) la socia María Luisa Correa Molina aporta la suma de $200.000.-, equivalente al 50% del haber social; b) la socia María Bernardita Canals Cavagnaro aporta la suma de $200.000.-, equivalente al 50% del haber social. Administración: La administración de la sociedad, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía, se ejercerá conjuntamente por sus socias María Luisa Correa Molina y María Bernardita Canals Cavagnaro, quienes actuando de la forma antes indicada y anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones que se señalan en la escritura que se extracta. Duración: El plazo de duración de la sociedad será de diez años contados desde la fecha de la escritura pública de constitución de la sociedad. Dicho plazo se entenderá prorrogado automáticamente, en forma tácita y sucesiva, por períodos iguales y consecutivos de cinco años cada uno, salvo que uno o más de los socios manifieste su voluntad de ponerle término con una anticipación mínima de seis meses a la fecha de expiración del plazo o prorroga respectiva en la forma en que se señala en la escritura que se extracta.- Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 3 de febrero de 2026. HQM, Notario Público.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD DE SERVICIOS PROFESIONALES CLEAR DATA LIMITADA
CVE 2766247
