Inmobiliaria Punta Del Sol Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$100.000.000
Paid-in capital
$100.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
INVERSIONES LA CANTERA LIMITADA Socio 96.843.380-6 | 96.843.380-6 | 40% | - |
Socio 77.933.610-7 | 77.933.610-7 | 40% | - |
INVERSIONES SANTA ELVIRA LIMITADA Socio 76.057.351-5 | 76.057.351-5 | 20% | - |
Administrators (6)
Alejandro Antonio Silva Barceló
Legal representation (4)
Corporate history on record
- Incorporation· April 3, 1993
Constitución original de Inmobiliaria Punta del Sol Limitada
- Change of administrator· October 2, 2019
Se reemplaza la cláusula de administración, estableciendo tres grupos de administradores y actuación conjunta de dos apoderados de distintos grupos
Alejandro Manuel Silva Romero · Alejandro Antonio Silva Barceló · Emilio Manuel Silva Romero · Emilio Sebastián Silva Manaut · José Luis Saavedra Silva · Daniel Andrés Saavedra Silva
Official extract text
CARMEN ESPÍNDOLA ZARRIA, abogado, Notario de Coquimbo, Suplente del Titular don REINALDO HERNÁN VILLALOBOS PELLEGRINI, según Decreto Judicial del Tercer Juzgado de Letras de Coquimbo, el cual quedó protocolizado bajo el Nº 551 al final del Registro de Instrumentos Públicos y documentos protocolizados, con domicilio en la comuna de Coquimbo, Ruta D cuarenta y tres Nº 901, oficina 101, primer piso, Edificio Empresarial, certifico que: Por escritura pública, otorgada ante mí, de fecha 23 de septiembre de 2019, Repertorio N° 2220-2019, don ALEJANDRO MANUEL SILVA ROMERO, en representación de INVERSIONES LA CANTERA LIMITADA, Rut 96.843.380-6, ambos con domicilio en Parcela 156, Vegas Norte, La Serena; don EMILIO MANUEL SILVA ROMERO, en representación de INVERSIONES TEATINOS LIMITADA, Rut 77.933.610-7, ambos con domicilio en Ruta 5 Norte, kilómetro 482, Vegas Norte, La Serena, y don JOSÉ LUIS SAAVEDRA SILVA y don DANIEL ANDRÉS SAAVEDRA SILVA, en representación de INVERSIONES SANTA ELVIRA LIMITADA, Rut 76.057.351-5, todos domiciliados en Ruta 5 Norte, Kilómetro 482, sector Juan Soldado, La Serena, modificaron la sociedad “INMOBILIARIA PUNTA DEL SOL LIMITADA”, con domicilio en La Serena, Rut 78.364.190-9, constituida por escritura pública de fecha 03/04/1993 otorgada ante el Notario de La Serena, Carlos Medina Fernández, inscrita a fojas 128 vuelta N° 93 en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de La Serena, año 1993, publicada en Diario Oficial edición N° 34.536 de fecha 07/04/1993. El capital de la sociedad asciende a $100.000.000.- aportado, enterado y pagado. El porcentaje de participación en el interés social es el siguiente: INVERSIONES LA CANTERA LIMITADA, 40%; INVERSIONES TEATINOS LIMITADA, 40% e INVERSIONES SANTA ELVIRA LIMITADA, 20%. Por escritura extractada modifican el contrato social de INMOBILIARIA PUNTA DEL SOL LIMITADA, reemplazando la cláusula Quinta de la escritura de constitución de sociedad citada, indicando en el instrumento modificatorio que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a tres grupos de administradores, a saber: a) ADMINISTRADORES GRUPO A: Don Alejandro Manuel Silva Romero, cédula nacional de identidad número cuatro millones novecientos noventa y nueve mil doscientos noventa y tres guion nueve y don Alejandro Antonio Silva Barceló, cédula nacional de identidad número diez millones ochenta y cinco mil cuatrocientos veintinueve guion cinco; b) ADMINISTRADORES GRUPO B: Don Emilio Manuel Silva Romero, cédula nacional de identidad número seis millones trescientos nueve mil doscientos ochenta y siete guion ocho y don Emilio Sebastián Silva Manaut, cédula nacional de identidad número quince millones cincuenta seis mil trescientos catorce guion tres, y c) ADMINISTRADORES GRUPO C: Don José Luis Saavedra Silva, cédula nacional de identidad número diez millones ochenta y cinco mil cuatrocientos veintisiete guion nueve y don Daniel Andrés Saavedra Silva, cédula nacional de identidad número diez millones ochenta y cinco mil cuatrocientos treinta guion nueve. Agregan que para representar y obligar a la sociedad deberán, necesariamente, actuar conjuntamente dos cualesquiera de los apoderados recién designados, cada uno de ellos perteneciente a un grupo de administradores diferente, de entre los anteriormente señalados. Así, actuando conjuntamente dos mandatarios de la manera indicada, representarán y obligarán a la sociedad frente a terceros en toda clase de actos, contratos, asuntos y negocios, con las más amplias facultades.- En todo lo no modificado, siguen vigentes los anteriores estatutos de la compañía.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Coquimbo 02 de octubre de 2019.-
Recent filings
- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA PUNTA DEL SOL LIMITADA
CVE 1664126
