Asesorias Computacionales Mac Pro Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 75% | - |
Socio | - | 5% | - |
Socio | - | 20% | $400.000 |
Corporate history on record
- Transfer of rights· June 28, 2001
Jimena Perotti Vega cede la totalidad de sus derechos sociales a Arié Husid Messina y Abraham Husid Lerner, quedando ambos como únicos socios.
Jimena Perotti Vega · ARIÉ HUSID MESSINA · ABRAHAM HUSID LERNER
- Incorporation· March 30, 2022
Se otorga la escritura de la sociedad Asesorías Computacionales Mac Pro Limitada.
- Transfer of rights· April 21, 2023
Arié Husid Messina cede el 20% de sus derechos a Regina Yael Husid Perotti.
Official extract text
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, titular 34ª Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, CERTIFICO: Por escritura pública 21 abril 2023, Repertorio N°6.603, ante mí, don ARIÉ HUSID MESSINA, domiciliado en calle General del Canto N°105, oficina N°1101, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, don ABRAHAM HUSID LERNER, domiciliados en Avenida Presidente Riesco N°2984 departamento 102, doña REGINA YAEL HUSID PEROTTI, domiciliada en calle General José Artigas N°3124, departamento N°33, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, Región Metropolitana don DAN MOISÉS HUSID PEROTTI domiciliado en Línea vieja sin número, casa 2, comuna y ciudad de Puerto Varas, Región de los Lagos y doña ROMINA DANIELA HUSID PEROTTI, domiciliada en Camino Lomas de Pinares N°340-G de la comuna de Pichilemu, región del Libertador Bernardo O´Higgins, sanearon la escritura de modificación de de la sociedad ASESORIAS COMPUTACIONALES MAC PRO LIMITADA otorgada con fecha 30 de marzo de 2022 ante el Notario don Claudio Andrés Salvador Cabezas, Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa N°1450, local 1 de la ciudad de Santiago, Repertorio N°1566-2022, respecto de la cual un extracto fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago con fecha 03 de mayo de 2022, a fojas 33806 número 15635 correspondiente al año 2022, y publicado en el Diario Oficial N°43248 con fecha lunes 09 de mayo de 2022 CVE 2125372, en el siguiente sentido: a) Se indicó erróneamente en la cláusula segunda punto Dos de la referida modificación, el porcentaje que doña Jimena Perotti Vega cedió respecto de la totalidad de sus derechos a don Arié Husid Messina y a don Abraham Husid Lerner, indicando en resumen que ambos y únicos socios quedaban en la siguiente proporción: “Don Arié Husid Messina con un 75%, y don Abraham Husid Lerner con un 25%”, En circunstancia que el porcentaje correcto a consecuencia de la cesión de doña Jimena Perotti Vega corresponde al siguiente: “Don Arié Husid Messina con un 95%, y don Abraham Husid Lerner con un 5%”. Como consecuencia de lo anterior se corrigió la cláusula Segunda número Dos, en el sentido antes indicado, quedando del siguiente tenor: “Por escritura pública de fecha veintiocho de Junio del año dos mil uno otorgada en la Décimo novena Notaría de Santiago de don Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, Repertorio número nueve mil trescientos catorce, e inscrita a fojas veinte mil setecientos treinta y cuatro número dieciséis mil setecientos catorce del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil uno, la escritura individualizada precedentemente fue modificada en cuanto doña Jimena Perotti Vega cedió la totalidad de sus derechos sociales a don Arié Husid Messina y a don Abraham Husid Lerner, quedando ambos como únicos socios en la siguiente proporción: Don Arié Husid Messina con un noventa y cinco por ciento, y don Abraham Husid Lerner con un cinco por ciento”.- b) Se indicó erróneamente que don Abraham Husid Lerner vendió, cedió y transfirió a doña Regina Yael Husid Perotti el 20% de sus derechos en el activo y pasivo que posee en la Sociedad, en circunstancia que fue el socio don Arié Husid Messina el que vendió, cedió y transfirió a doña Regina Yael Husid Perotti el 20% de sus derechos en el activo y pasivo que posee en la Sociedad. Como consecuencia de lo anterior se corrigió la cláusula Tercera número Uno, en el sentido antes indicado, quedando del siguiente tenor: “Por el presente instrumento y acto jurídico, don ARIÉ HUSID MESSINA vende, cede y transfiere a doña REGINA YAEL HUSID PEROTTI el veinte por ciento de sus derechos en el activo y pasivo que posee en la Sociedad. El precio de esta venta es la suma de cuatrocientos mil pesos, los cuales son pagados al contado, en un solo acto por la compradora, dinero que el vendedor declara recibir a entera satisfacción, sin tener cargo alguno que formular”. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 24 de abril 2023.-
Recent filings
- MODIFICACIÓN
Asesorias Computacionales Mac Pro Limitada
CVE 2312731
