Limited liability company78.158.030-9

Farmacéutica San Antonio Limitada

MODIFICACIÓN — Jun 28, 2025

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2025-06-28View PDF (CVE 2665575)

Corporate information

Ltda
calle Meulin 8715, Condominio Ensenada
Administration: corresponderá en forma separada, indistinta e independientemente a doña CAMILA MURIEL VIEDMA GONZÁLEZ y a don JORGE ANDRES VARELA VALLEJOS

Capital

Total capital

$10.000.000

Paid-in capital

$10.000.000

Shareholders (3)

NameParticipation

TATIANA FIDELINA GONZÁLEZ GONZÁLEZ

Socio

40%

CAMILA MURIEL VIEDMA GONZÁLEZ

Socio

40%

JORGE ANDRÉS VARELA VALLEJOS

Socio

20%

Administrators (2)

SII representatives (2)

Corporate history on record

  1. Incorporation· October 14, 1991

    Se constituye FARMACÉUTICA SAN ANTONIO LIMITADA.

  2. Other act· June 24, 2022

    Primera modificación de la sociedad.

  3. Other act· November 16, 2023

    Segunda modificación de la sociedad.

Official extract text

Ministerio del Interior Nicole Parra Apablaza, Abogada, Notario Público Suplente de la Interina de la Segunda Notaría de Providencia doña Paulina Celis Maggi, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Providencia, Certifico: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, don IVAN SAIDE HERQUIÑIGO ROJAS, ambos domiciliados en calle Meulin 8715, Condominio Ensenada, comuna de Peñalolén, Santiago; Doña TATIANA FIDELINA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, domiciliada en calle Domingo Toro Herrera 1381, comuna de Ñuñoa, Santiago; don IVO HUMBERTO HERQUIÑIGO RECKMANN, domiciliado en calle Julio Prado 1855, depto. 819, comuna de Ñuñoa, Santiago; doña CAROLINA PIA HERQUIÑIGO RECKMANN, domiciliada en calle Lo Encalada 504, comuna de Ñuñoa, Santiago; doña CAMILA MURIEL VIEDMA GONZÁLEZ y don JORGE ANDRÉS VARELA VALLEJOS, ambos domiciliados en calle Armando Moock 3777, depto. 806, torre B, comuna de Macul, Santiago; modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “FARMACÉUTICA SAN ANTONIO LIMITADA”, Rut N° 78.158.030-9, la que se constituyó por escritura pública de fecha 14 de octubre de 1991, otorgada ante el Notario Público, Titular de la Séptima Notaría de Santiago don Arturo Carvajal Escobar, cuyo extracto se inscribió a fojas 32.121 número 16.296 en el Registro de Comercio, que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1991, y fue publicado en el Diario Oficial de la República de Chile edición N° 34.097 de fecha 22 de octubre de 1991. La sociedad fue modificada por primera vez, mediante escritura pública de fecha 24 de junio de 2022, otorgada ante el Notario Público, Titular de la Segunda Notaría de Providencia don Fernando Celis Urrutia, cuyo extracto se inscribió a fojas 52.084 número 23.278 en el Registro de Comercio, que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2022, y fue publicado en el Diario Oficial de la República de Chile edición N° 43.295 de fecha 06 de julio de 2022.- La sociedad fue modificada por segunda vez, mediante escritura pública de fecha 16 de noviembre de 2023, otorgada ante el Notario Público doña Paulina Celis Maggi, Suplente del Titular de la Segunda Notaría de Providencia don Fernando Celis Urrutia, cuyo extracto se inscribió a fojas 99.599, número 42.388, en el Registro de Comercio, que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2023, y fue publicado en el Diario Oficial de la República de Chile N° 43.709, de fecha 24 de noviembre de 2023.- Modificación consiste: a) Don Ivo Humberto Herquiñigo Reckmann, vende, cede y transfiere el 16% de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueño, a doña Tatiana Fidelina González González, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la cantidad de $12.800.000.- suma que la parte cesionaria paga en el acto al contado y en dinero en efectivo a la parte cedente. b) Don Ivo Humberto Herquiñigo Reckmann, vende, cede y transfiere el 4% de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueño, a doña Camila Muriel Viedma González, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la cantidad de $3.200.000.-, suma que la parte cesionaria paga en el acto al contado y en dinero en efectivo a la parte cedente. c) Don Iván Saide Herquiñigo Rojas vende, cede y transfiere el 10% de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueño, a doña Camila Muriel Viedma González, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la cantidad de $8.000.000.-, suma que la parte cesionaria paga y pagará de la siguiente manera: con la suma $4.000.000.- en el acto al contado y en dinero en efectivo a la parte cedente, y el saldo de $4.000.000.- se pagaran al contado y en dinero en efectivo, el día 10 de julio de 2025.- d) Doña Carolina Pía Herquiñigo Reckmann, vende, cede y transfiere el 20% de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueña, a don Jorge Andrés Varela Vallejos, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la cantidad de $16.000.000.-, suma que la parte cesionaria pagará al contado y en dinero en efectivo a la parte cedente, el día 10 de julio de 2025.- Como consecuencia de las cesiones, se retira de la sociedad don Iván Saide Herquiñigo Rojas, don Ivo Humberto Herquiñigo Reckmann y doña Carolina Pía Herquiñigo Reckmann, e ingresa como nuevo socio don Jorge Andrés Varela Vallejos, quedando las participaciones sociales del modo siguiente: a) Doña Tatiana Fidelina González González, con un 40% del capital social y propiedad de la sociedad; b) Doña Camila Muriel Viedma González, con un 40% del capital social y propiedad de la sociedad, y c) Don Jorge Andrés Varela Vallejos, con un 20% del capital social y propiedad de la sociedad.- Los actuales socios, ya señalados precedentemente, modifican la cláusula cuarta del pacto social primitivo, referente a la administración de la sociedad, quedando de la siguiente manera: “CUARTO: La administración, la representación y el uso de la razón social de la sociedad, corresponderá en forma separada, indistinta e independientemente a doña CAMILA MURIEL VIEDMA GONZÁLEZ y a don JORGE ANDRES VARELA VALLEJOS. Tales administradores, actuando en forma separada por la sociedad, estarán investidos de todas las facultades de administración, detalladas en escritura extractada.”.- Los actuales socios, ya señalados precedentemente, vienen en modificar la cláusula quinta del pacto social primitivo, referente al capital de la sociedad, quedando de la siguiente manera: “QUINTO: El capital de la sociedad será la suma de diez millones de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Doña TATIANA FIDELINA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, aporta la suma de cuatro millones de pesos, equivalentes al cuarenta por ciento del capital social, en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social; b) Doña CAMILA MURIEL VIEDMA GONZÁLEZ, aporta la suma de cuatro millones de pesos, equivalentes al cuarenta por ciento del capital social, en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social, y c) Don JORGE ANDRÉS VARELA VALLEJOS, aporta la suma de dos millones de pesos, equivalentes al veinte por ciento del capital social, en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social.”.- Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus aportes.- En todo lo no modificado rigen todas las cláusulas establecidas en el pacto social primitivo y sus modificaciones.- Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada.- Santiago, 19 de junio del año 2025.

AmendmentDiario Oficial · 2023-11-24View PDF (CVE 2410817)

Corporate information

Ltda
Meulin 8715, Condominio Ensenada
Administration: corresponderá en forma separada, indistinta e independientemente a don IVAN SAIDE HERQUIÑIGO ROJAS y a doña CAROLINA PÍA HERQUIÑIGO RECKMANN

Capital

Total capital

$10.000.000

Paid-in capital

$10.000.000

Shareholders (5)

NameParticipation

TATIANA FIDELINA GONZÁLEZ GONZÁLEZ

Socio

24%

IVAN SAIDE HERQUIÑIGO ROJAS

Socio

10%

IVO HUMBERTO HERQUIÑIGO RECKMANN

Socio

20%

CAROLINA PÍA HERQUIÑIGO RECKMANN

Socio

20%

CAMILA MURIEL VIEDMA GONZÁLEZ

Socio

26%

Administrators (2)

Corporate history on record

  1. Incorporation· October 14, 1991

    Constitución original de FARMACÉUTICA SAN ANTONIO LIMITADA.

  2. Other act· June 24, 2022

    Modificación social previa referida en el extracto.

  3. Transfer of rights

    Gilda Cecilia Reckmann Anselmo cede el 10% de sus derechos a Ivo Humberto Herquiñigo Reckmann.

    GILDA CECILIA RECKMANN ANSELMO · IVO HUMBERTO HERQUIÑIGO RECKMANN

  4. Transfer of rights

    Gilda Cecilia Reckmann Anselmo cede el 10% de sus derechos a Carolina Pía Herquiñigo Reckmann.

    GILDA CECILIA RECKMANN ANSELMO · CAROLINA PÍA HERQUIÑIGO RECKMANN

  5. Partner withdrew

    Gilda Cecilia Reckmann Anselmo se retira de la sociedad.

    GILDA CECILIA RECKMANN ANSELMO

  6. Change of administrator

    La administración pasa a ser ejercida separadamente por Iván Saide Herquiñigo Rojas y Carolina Pía Herquiñigo Reckmann.

    IVAN SAIDE HERQUIÑIGO ROJAS · CAROLINA PÍA HERQUIÑIGO RECKMANN

  7. Capital change

    Se fija el capital social en $10.000.000 con participaciones de los socios actuales.

Official extract text

Paulina Celis Maggi, Abogada, Notario Público de Santiago, Suplente del Notario Titular de la Segunda Notaría de Providencia don Fernando Celis Urrutia, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Providencia, Certifico: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, doña GILDA CECILIA RECKMANN ANSELMO y don IVAN SAIDE HERQUIÑIGO ROJAS, ambos domiciliados en calle Meulin 8715, Condominio Ensenada, Peñalolén, Santiago; Doña TATIANA FIDELINA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, domiciliada en calle Domingo Toro Herrera 1381, Ñuñoa, Santiago; don IVO HUMBERTO HERQUIÑIGO RECKMANN, domiciliado en calle Julio Prado 1855, depto. 819, comuna de Ñuñoa, Santiago; doña CAROLINA PIA HERQUIÑIGO RECKMANN, domiciliada en calle Lo Encalada 504, Ñuñoa, Santiago; y doña CAMILA MURIEL VIEDMA GONZÁLEZ, domiciliada en calle Armando Moock 3777, depto. 806, torre B, Macul, Santiago; modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “FARMACÉUTICA SAN ANTONIO LIMITADA”, Rut N° 78.158.030-9, la que se constituyó por escritura pública de fecha 14 de octubre de 1991, otorgada ante el Notario Público, Titular de la Séptima Notaría de Santiago don Arturo Carvajal Escobar; un extracto de la referida Escritura Pública de Constitución Social se inscribió a fojas 32121 número 16296 en el Registro de Comercio, que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1991; y un extracto fue publicado en el Diario Oficial de la República de Chile edición N° 34097 de fecha 22 de octubre de 1991. La sociedad fue modificada mediante escritura pública de fecha 24 de junio de 2022, otorgada ante el Notario Público, Titular de la Segunda Notaría de Providencia don Fernando Celis Urrutia, un extracto de la referida escritura pública de modificación social se inscribió a fojas 52084 número 23278 en el Registro de Comercio, que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2022, y un extracto fue publicado en el Diario Oficial de la República de Chile edición N° 43295 de fecha miércoles 06 de julio de 2022.- Modificación consiste: a) doña Gilda Cecilia Reckmann Anselmo, vende, cede y transfiere el 10% de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueña, a don Ivo Humberto Herquiñigo Reckmann, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la cantidad de $1.000.000.- suma que la parte cesionaria paga en el acto al contado y en dinero en efectivo a la parte cedente, quien lo recibe conforme y a su entera satisfacción.- b) doña Gilda Cecilia Reckmann Anselmo, vende, cede y transfiere el 10% de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueña, a doña Carolina Pía Herquiñigo Reckmann, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la cantidad de $1.000.000.- suma que la parte cesionaria paga en el acto al contado y en dinero en efectivo a la parte cedente, quien lo recibe conforme y a su entera satisfacción.- Como consecuencia de las cesiones antes estipuladas, se retira de la sociedad doña Gilda Cecilia Reckmann Anselmo, quedando las participaciones sociales del modo siguiente: Doña Tatiana Fidelina González González, con un 24% del capital social y propiedad de la sociedad; Don Iván Saide Herquiñigo Rojas, con un 10% del capital social y propiedad de la sociedad; Don Ivo Humberto Herquiñigo Reckmann, con un 20% del capital social y propiedad de la sociedad; Doña Carolina Pía Herquiñigo Reckmann, con un 20% del capital social y propiedad de la sociedad; y doña Camila Muriel Viedma González, con un 26% del capital social y propiedad de la sociedad.- Los actuales socios, ya señalados precedentemente, modifican la cláusula cuarta del pacto social primitivo, referente a la administración de la sociedad, quedando de la siguiente manera: CUARTO: La administración, la representación y el uso de la razón social de la sociedad, corresponderá en forma separada, indistinta e independientemente a don IVAN SAIDE HERQUIÑIGO ROJAS y a doña CAROLINA PÍA HERQUIÑIGO RECKMANN. Tales administradores, actuando en forma separada por la sociedad, estarán investidos de todas las facultades de administración, detalladas en escritura extractada. Los actuales socios, ya señalados precedentemente, vienen en modificar la cláusula quinta del pacto social primitivo, referente al capital de la sociedad, quedando de la siguiente manera: “QUINTO: El capital de la sociedad será la suma de diez millones de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Doña TATIANA FIDELINA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, aporta la suma de dos millones cuatrocientos mil pesos, equivalentes al veinticuatro por ciento del capital social, en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social; b) Don IVAN SAIDE HERQUIÑIGO ROJAS, aporta la suma de un millón de pesos, equivalentes al diez por ciento del capital social, en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social; c) Don IVO HUMBERTO HERQUIÑIGO RECKMANN, aporta la suma de dos millones de pesos, equivalentes al veinte por ciento del capital social, en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social; d) Doña CAROLINA PIA HERQUIÑIGO RECKMANN, aporta la suma de dos millones de pesos, equivalentes al veinte por ciento del capital social, en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social; y e) Doña CAMILA MURIEL VIEDMA GONZÁLEZ, aporta la suma de dos millones seiscientos mil pesos, equivalentes al veintiséis por ciento del capital social, en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social.”.- Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus aportes.- En todo lo no modificado rigen todas las cláusulas establecidas en el pacto social primitivo y sus modificaciones.- Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada.- Santiago, 16 de noviembre del año 2023.-

AmendmentDiario Oficial · 2022-07-06View PDF (CVE 2152182)

Corporate information

Ltda
calle Meulin número ocho mil setecientos quince, Condominio Ensenada
Administration: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá en forma separada, indistinta e independientemente a doña GILDA CECILIA RECKMANN ANSELMO, y a don IVAN SAIDE HERQUIÑIGO ROJAS.

Capital

Total capital

$10.000.000

Shareholders (6)

NameParticipation

GILDA CECILIA RECKMANN ANSELMO

Socio

20%

TATIANA FIDELINA GONZÁLEZ GONZÁLEZ

Socio

24%

IVAN SAIDE HERQUIÑIGO ROJAS

Socio

10%

IVO HUMBERTO HERQUIÑIGO RECKMANN

Socio

10%

CAROLINA PIA HERQUIÑIGO RECKMANN

Socio

10%

CAMILA MURIEL VIEDMA GONZÁLEZ

Socio

26%

Administrators (2)

Corporate history on record

  1. Incorporation· October 14, 1991

    Constitución original de FARMACÉUTICA SAN ANTONIO LIMITADA.

    ARTURO CARVAJAL ESCOBAR

Official extract text

Fernando Celis Urrutia, Notario de Santiago, Titular de la Segunda Notaría de Providencia, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Providencia, Certifica: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, doña GILDA CECILIA RECKMANN ANSELMO, domiciliada en calle Meulin número ocho mil setecientos quince, Condominio Ensenada, comuna de Peñalolén, Santiago; Doña TATIANA FIDELINA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, domiciliada en calle Domingo Toro Herrera número mil trescientos ochenta y uno, comuna de Ñuñoa, Santiago; don IVAN SAIDE HERQUIÑIGO ROJAS, domiciliado en calle Meulin número ocho mil setecientos quince, Condominio Ensenada, comuna de Peñalolén, Santiago; don IVO HUMBERTO HERQUIÑIGO RECKMANN, domiciliado en calle Julio Prado número mil ochocientos cincuenta y cinco, departamento ochocientos diecinueve, comuna de Ñuñoa, Santiago; doña CAROLINA PIA HERQUIÑIGO RECKMANN, domiciliada en calle Lo Encalada número quinientos cuatro, comuna de Ñuñoa, Santiago; y doña CAMILA MURIEL VIEDMA GONZÁLEZ, domiciliada en calle Armando Moock número tres mil setecientos setenta y siete, departamento ochocientos seis, torre B, comuna de Macul, Santiago; modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “FARMACÉUTICA SAN ANTONIO LIMITADA”, Rol Único Tributario número setenta y ocho millones ciento cincuenta y ocho mil treinta guion nueve, la que se constituyó por escritura pública de fecha catorce de octubre del año mil novecientos noventa y uno, otorgada ante el Notario Público, Titular de la Séptima Notaría de Santiago don Arturo Carvajal Escobar; un extracto de la referida Escritura Pública de Constitución Social se inscribió a fojas treinta y dos mil ciento veintiuno, número dieciséis mil doscientos noventa y seis, en el Registro de Comercio, que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año mil novecientos noventa y uno; y un extracto fue publicado en el Diario Oficial de la República de Chile edición número treinta y cuatro mil noventa y siete, de fecha veintidós de octubre del año mil novecientos noventa y uno. La sociedad no ha sido modificada.- Modificación consiste: a) Socia doña Tatiana Fidelina González González, vende, cede y transfiere el 10% de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueña, a don Iván Saide Herquiñigo Rojas, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la cantidad de $1.000.000.- suma que la parte cesionaria paga en el acto al contado y en dinero en efectivo a la parte cedente, quien a su vez declara recibirlos conforme y a su entera satisfacción.- b) Socia doña Gilda Cecilia Reckmann Anselmo, vende, cede y transfiere el 10% de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueña, a don Ivo Humberto Herquiñigo Reckmann, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la cantidad de $1.000.000.- suma que la parte cesionaria paga en el acto al contado y en dinero en efectivo a la parte cedente, quien a su vez declara recibirlos conforme y a su entera satisfacción.- c) Socia doña Gilda Cecilia Reckmann Anselmo, vende, cede y transfiere el 10% de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueña, a doña Carolina Pía Herquiñigo Reckmann, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la cantidad de $1.000.000.- suma que la parte cesionaria paga en el acto al contado y en dinero en efectivo a la parte cedente, quien a su vez declara recibirlos conforme y a su entera satisfacción.- d) socia doña Gilda Cecilia Reckmann Anselmo, vende, cede y transfiere el 26% de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueña, a doña Camila Muriel Viedma González, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la cantidad de $2.600.000.-, suma que la parte cesionaria paga en el acto al contado y en dinero en efectivo a la parte cedente, quien a su vez declara recibirlos conforme y a su entera satisfacción.- Como consecuencia de las cesiones antes estipuladas, quedan las participaciones sociales del modo siguiente: Doña Gilda Cecilia Reckmann Anselmo, con un 20% del capital social y propiedad de la sociedad; Doña Tatiana Fidelina González González, con un 24% del capital social y propiedad de la sociedad; Don Iván Saide Herquiñigo Rojas, con un 10% del capital social y propiedad de la sociedad; Don Ivo Humberto Herquiñigo Reckmann, con un 10% del capital social y propiedad de la sociedad; Doña Carolina Pía Herquiñigo Reckmann, con un 10% del capital social y propiedad de la sociedad; y Doña Camila Muriel Viedma González, con un 26% del capital social y propiedad de la sociedad.- Los actuales socios, ya señalados precedentemente, modifican la cláusula cuarta del pacto social primitivo, referente a la administración de la sociedad, quedando de la siguiente manera: CUARTO: La administración, la representación y el uso de la razón social de la sociedad, corresponderá en forma separada, indistinta e independientemente a doña GILDA CECILIA RECKMANN ANSELMO, y a don IVAN SAIDE HERQUIÑIGO ROJAS. Tales administradores, actuando en forma separada por la sociedad, estarán investidos de todas las facultades de administración, detalladas en escritura extractada.- Los actuales socios, ya señalados precedentemente, vienen en modificar la cláusula quinta del pacto social primitivo, referente al capital de la sociedad, quedando de la siguiente manera: “QUINTO: El capital de la sociedad será la suma de diez millones de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Doña GILDA CECILIA RECKMANN ANSELMO, aporta y entera la suma de dos millones de pesos, equivalentes al veinte por ciento del capital social, en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social; b) Doña TATIANA FIDELINA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, aporta la suma de dos millones cuatrocientos mil pesos, equivalentes al veinticuatro por ciento del capital social, en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social; c) Don IVAN SAIDE HERQUIÑIGO ROJAS, aporta la suma de un millón de pesos, equivalentes al diez por ciento del capital social, en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social; d) Don IVO HUMBERTO HERQUIÑIGO RECKMANN, aporta la suma de un millón de pesos, equivalentes al diez por ciento del capital social, en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social; e) Doña CAROLINA PIA HERQUIÑIGO RECKMANN, aporta la suma de un millón de pesos, equivalentes al diez por ciento del capital social, en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social; y f) Doña CAMILA MURIEL VIEDMA GONZÁLEZ, aporta la suma de dos millones seiscientos mil pesos, equivalentes al veintiséis por ciento del capital social, en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social.”.- Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus aportes.- En todo lo no modificado rigen todas las cláusulas establecidas en el pacto social primitivo.- Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada.- Santiago, 24 de junio del año 2022.-

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    FARMACÉUTICA SAN ANTONIO LIMITADA

    CVE 2665575

  2. MODIFICACIÓN

    FARMACÉUTICA SAN ANTONIO LIMITADA

    CVE 2410817

  3. MODIFICACIÓN

    FARMACÉUTICA SAN ANTONIO LIMITADA

    CVE 2152182

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