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Fbf Inversiones SpA

CONSTITUCIÓN — Aug 16, 2025

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2025-08-16View PDF (CVE 2686362)

Corporate information

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duration: Cinco años, renovable automática y sucesivamente por períodos de cinco años
Administration: Le corresponderá a Javier Ignacio Bastidas Espinoza y María Ignacia Fernández Bravo, en la forma y con las facultades indicadas en la escritura extractada.

Corporate purpose

Adquirir y enajenar a cualquier título, arrendar y explotar en cualquier forma bienes raíces; estudiar, desarrollar, organizar y ejecutar todo tipo de proyectos inmobiliarios. Subdividir, lotear y/o urbanizar por cuenta propia o ajena toda clase de predios urbanos o rústicos de propiedad de la sociedad o no, con fines habitacionales, comerciales, industriales o agrícolas, enajenarlos, administrarlos y/o explotarlos, bajo la forma de arrendamientos medierías u otros. Participar en todo tipo de proyectos de inversión, consorcios, joint ventures, comunidades o asociaciones, cualquiera que sea el objeto de las mismas. Administrar toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena; y en general, todo tipo de actividades que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, así como, en general, todo tipo de negocios que estén relacionados directa o indirectamente con el giro y que los socios determinen de común acuerdo. La realización de todo tipo de inversiones en toda clase de bienes, en especial en bienes inmuebles y muebles, corporales e incorporales, tales como acciones en sociedades anónimas y en comanditas por acciones, promesa de acciones, bonos, debentures; cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, de personas y en comandita simples, comunidades o asociaciones en toda clase de títulos o valores mobiliarios, cuotas de fondos mutuos, de inversión, de capital de riesgo, planes de ahorro y, en general, la realización, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de inversiones en el mercado de capitales. La inversión en bienes raíces, su subdivisión, remodelación, fusión, entrega en arrendamiento o en cualquier otra forma de cesión temporal, y administrar y explotar esas inversiones. Toda otra actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores y que acuerden los socios.

Capital

Total capital

$500.000

Paid-in capital

$500.000

Pending capital

$0

Shares

1,000

Shareholders (2)

NameParticipation

Javier Ignacio Bastidas Espinoza

Accionista

17.xxx.xxx-9

-

María Ignacia Fernández Bravo

Accionista

17.xxx.xxx-9

-

Administrators (2)

Javier Ignacio Bastidas Espinoza

17.xxx.xxx-9Administrador

María Ignacia Fernández Bravo

17.xxx.xxx-9Administrador

Official extract text

Ministerio del Interior JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, abogado, Notario Público, Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, comuna de Santiago, Región Metropolitana, por escritura pública de 07 de agosto de 2025, repertorio N°22.948-2025, ante mí: JAVIER IGNACIO BASTIDAS ESPINOZA, CNI N°17.215.051-9; y, MARÍA IGNACIA FERNÁNDEZ BRAVO, CNI N°17.088.401-9, ambos domiciliados para estos efectos en calle Albacete N°4.544, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; constituyeron la sociedad denominada “FBF INVERSIONES SpA”, siendo las siguientes materias objeto de extracto: Nombre: “FBF INVERSIONES SpA”. Objeto: El objeto de la Sociedad será: Uno) Adquirir y enajenar a cualquier título, arrendar y explotar en cualquier forma bienes raíces; estudiar, desarrollar, organizar y ejecutar todo tipo de proyectos inmobiliarios. Dos) Subdividir, lotear y/o urbanizar por cuenta propia o ajena toda clase de predios urbanos o rústicos de propiedad de la sociedad o no, con fines habitacionales, comerciales, industriales o agrícolas, enajenarlos, administrarlos y/o explotarlos, bajo la forma de arrendamientos medierías u otros. Tres) Participar en todo tipo de proyectos de inversión, consorcios, joint ventures, comunidades o asociaciones, cualquiera que sea el objeto de las mismas. Cuatro) Administrar toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena; y en general, todo tipo de actividades que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, así como, en general, todo tipo de negocios que estén relacionados directa o indirectamente con el giro y que los socios determinen de común acuerdo. Cinco) La realización de todo tipo de inversiones en toda clase de bienes, en especial en bienes inmuebles y muebles, corporales e incorporales, tales como acciones en sociedades anónimas y en comanditas por acciones, promesa de acciones, bonos, debentures; cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, de personas y en comandita simples, comunidades o asociaciones en toda clase de títulos o valores mobiliarios, cuotas de fondos mutuos, de inversión, de capital de riesgo, planes de ahorro y, en general, la realización, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de inversiones en el mercado de capitales. La inversión en bienes raíces, su subdivisión, remodelación, fusión, entrega en arrendamiento o en cualquier otra forma de cesión temporal, y administrar y explotar esas inversiones. Y, Seis) Toda otra actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores y que acuerden los socios. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $500.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie y valor, que se encuentra íntegramente suscrito y pagado conforme a lo establecido en el Artículo Primero Transitorio de la escritura extractada. Domicilio: En la comuna de Santiago, sin perjuicio de las agencias, oficinas, o sucursales que acuerde establecer en otras comunas del país o en el extranjero. Administración y uso de la razón social: Le corresponderá a Javier Ignacio Bastidas Espinoza y María Ignacia Fernández Bravo, en la forma y con las facultades indicadas en la escritura extractada. Duración: La Sociedad rige desde esta fecha y durará cinco años, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por periodos de cinco años cada uno. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 08 de agosto de 2025.

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