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Jacimona & Franquito SpA

CONSTITUCIÓN — Apr 12, 2025

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2025-04-12View PDF (CVE 2633746)

Corporate information

SpA
Santiago, Región Metropolitana

Corporate purpose

El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina, otorgamiento de atención de salud, prestación de servicios educacionales y capacitación, dirigido principalmente a instituciones de educación superior, tales como Universidades, Institutos Profesionales, Centros de Formación Técnica y demás instituciones, así como personas naturales y jurídicas , centros de atención odontológicas, realización de exámenes, ventas de insumos odontológicos y la realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del Sector Público, municipal o privado. Se comprende también, dentro del objeto social, las actividades de los profesionales paramédicos; y todas aquellas actividades que sean necesarias para la consecución del giro anteriormente expuesto y cualquier otro objeto que los accionistas acuerden; y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, con este giro; y cualquier otro negocio o actividad que los accionistas estimen conveniente.

Capital

Total capital

$1.000.000

Paid-in capital

$1.000.000

Pending capital

$0

Shares

100

Shareholders (1)

NameParticipation

EMILIANO RAUL PERTOSSI ATALA

Accionista

100%

Official extract text

Ministerio del Interior CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, Notario Público Interino de la 7ª Notaría Santiago, Agustinas Nº1161, entrepiso, Certifica: Por escritura pública de 01/04/2025 ante mí: EMILIANO RAUL PERTOSSI ATALA, de nacionalidad chilena, casado bajo el régimen de separación de bienes, médico cirujano gineco- obstetra, con domicilio en San Antonio, número diecinueve, piso veinticinco, oficina dos mil quinientos tres, comuna de Santiago Centro, Región Metropolitana, constituyó una sociedad por acciones conforme a lo preceptuado en el párrafo ocho del Título Séptimo del Libro Segundo del Código de Comercio, la que tendrá el siguiente estatuto social. NOMBRE: El nombre de la sociedad será “Jacimona & Franquito SpA”, pudiéndola usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante Bancos, instituciones financieras y ante cualquier organismo públicos o privado.- DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que puedan establecerse en el resto del país o en el extranjero para lo cual estará expresamente facultada.- OBJETO: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina, otorgamiento de atención de salud, prestación de servicios educacionales y capacitación, dirigido principalmente a instituciones de educación superior, tales como Universidades, Institutos Profesionales, Centros de Formación Técnica y demás instituciones, así como personas naturales y jurídicas , centros de atención odontológicas, realización de exámenes, ventas de insumos odontológicos y la realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del Sector Público, municipal o privado. Se comprende también, dentro del objeto social, las actividades de los profesionales paramédicos; y todas aquellas actividades que sean necesarias para la consecución del giro anteriormente expuesto y cualquier otro objeto que los accionistas acuerden; y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, con este giro; y cualquier otro negocio o actividad que los accionistas estimen conveniente. CAPITAL: El capital de la sociedad, ascendente a un millón de pesos, a que se refiere el artículo sexto de los estatutos, dividido en cien acciones, de una misma y única serie y sin valor nominal; a) se suscriben cien acciones íntegramente por don EMILIANO RAUL PERTOSSI ATALA, equivalentes al cien por ciento del capital social y cien por ciento de las utilidades que paga en este acto en dinero en efectivo la cantidad de un millón de pesos, ya ingresado a caja social. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Las acciones serán nominativas y serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. La sociedad no reconoce ni admite fracciones de acciones. En caso que una o más acciones pertenezcan en común a dos o más personas, sus dueños deberán designar un apoderado común para que actúe por ellos ante la sociedad. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. SANTIAGO, 08 de Abril de 2025.

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  1. CONSTITUCIÓN

    Jacimona & Franquito SpA

    CVE 2633746

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