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Panadería Hecho A Mano SpA

CONSTITUCIÓN — Dec 30, 2024

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2024-12-30View PDF (CVE 2590625)

Corporate information

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duration: Indefinida
Administration: La administración de la sociedad corresponderá a don SERGIO EDUARDO VEGA MUNIZAGA, quien la representará tanto dentro como fuera del giro ordinario y sin que la enumeración sea taxativa o limitativa en sentido alguno, sino meramente ilustrativa, con las facultades que se indican en artículo décimo tercero de escritura que se extracta.

Corporate purpose

El objeto social es: a) La construcción, instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, centros de eventos, o cualquier clase de establecimiento público donde se sirvan comidas preparadas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar. Así como para la explotación de pastelerías, panaderías, reposterías, bollerías, cafeterías; y organización de servicios de banquete y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos. b) La realización de todos aquellos actos o contratos que se relacionen directa o indirectamente en la actualidad o en el futuro, con todo lo dicho anteriormente, y cualquier otro objeto que acordaren los socios de común acuerdo.

Capital

Total capital

$3.000.000

Paid-in capital

$3.000.000

Pending capital

$0

Shares

3,000

Shareholders (2)

NameParticipation

SERGIO EDUARDO VEGA MUNIZAGA

Accionista

13.xxx.xxx-0

95%

JOSÉ IGNACIO MULET BARRERA

Accionista

19.xxx.xxx-2

5%

Administrators (1)

SERGIO EDUARDO VEGA MUNIZAGA

13.xxx.xxx-0Administrador

Official extract text

GLORIA PAREDES DIAZ, Abogado, Notario Público Suplente del Titular Jesús Osses Reveco, de la Segunda Notaría de La Serena, con oficio en esta ciudad, en calle Cordovez N° 317, certifico: Por escritura pública de fecha de hoy, ante mí, SERGIO EDUARDO VEGA MUNIZAGA, C.N.I. N°13.424.763-0, domiciliado en Calle Waldo Alcalde, Parcela veintinueve B, Coquimbo, y don JOSÉ IGNACIO MULET BARRERA, C.N.I. 19.154.746-2, domiciliado en Parcela número trece, Condominio Los Aromos, Pan de Azúcar, Coquimbo, constituyeron una sociedad por acciones, de la cual se extractan los siguientes antecedentes: NOMBRE: “PANADERÍA HECHO A MANO SpA.”. OBJETO SOCIAL: El objeto social es: a) La construcción, instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, centros de eventos, o cualquier clase de establecimiento público donde se sirvan comidas preparadas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar. Así como para la explotación de pastelerías, panaderías, reposterías, bollerías, cafeterías; y organización de servicios de banquete y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos. b) La realización de todos aquellos actos o contratos que se relacionen directa o indirectamente en la actualidad o en el futuro, con todo lo dicho anteriormente, y cualquier otro objeto que acordaren los socios de común acuerdo. CAPITAL: $3.000.000.- dividido en 3000.- acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan en la forma que a continuación se señala: Uno) Don SERGIO EDUARDO VEGA MUNIZAGA, entera y paga su aporte, ascendente a la suma de $2.850.000.-, correspondientes a la suscripción de 2.850.- acciones, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que pagó, en dinero en efectivo, ingresados a la caja social. Dos) Don JOSÉ IGNACIO MULET BARRERA, entera y paga su aporte, ascendente a la suma de $150.000.- correspondientes a la suscripción de 150.- acciones, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que paga en este acto, en dinero en efectivo, ingresados a la caja social. Demás antecedentes se encuentra en escritura extractada. DOMICILIO: Ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o en el extranjero. DURACIÓN: Indefinida. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad corresponderá a don SERGIO EDUARDO VEGA MUNIZAGA, quien la representará tanto dentro como fuera del giro ordinario y sin que la enumeración sea taxativa o limitativa en sentido alguno, sino meramente ilustrativa, con las facultades que se indican en artículo décimo tercero de escritura que se extracta. DE LA RESPONSABILIDAD PERSONAL DE LOS ACCIONISTAS: Los accionistas limitan expresamente su responsabilidad personal en los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada.- La Serena, 26 de diciembre de 2024.

Recent filings

  1. CONSTITUCIÓN

    PANADERÍA HECHO A MANO SpA

    CVE 2590625

Corporate relationships

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