Joyas Gansa Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La fabricación, confección, reparación, importación, exportación, compra y venta al por menor o al por mayor, de insumos y productos relacionados a la bisutería y joyería, pudiendo ser metales preciosos, piedras finas y semipreciosas, de fantasía, y toda aquella materia prima o producto que resulte necesario para el buen desempeño del giro de la Sociedad; la venta por cuenta de terceros, en consignación o intermediación de materia prima o productos finales relacionados al rubro de la bisutería y joyería; prestar toda clase y tipo de asesorías, capacitaciones, clases, y en especial en materias relacionadas a la bisutería y joyería; y en general, la Sociedad podrá desarrollar todo tipo de actividades que la administración o los socios resuelvan. Para el cumplimiento de los fines del negocio, la Sociedad podrá constituir por sí sola o en conjunto con otras personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, sociedades civiles o comerciales, de cualquier tipo o naturaleza.
Capital
Total capital
$1.000.000
Paid-in capital
$1.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Jerónimo Sebastián Jarpa Dufey Socio 17.xxx.xxx-5 | 17.xxx.xxx-5 | 50% | $500.000 |
Diego Antonio Icaran Pollarolo Socio 17.xxx.xxx-5 | 17.xxx.xxx-5 | 50% | $500.000 |
Administrators (2)
Jerónimo Sebastián Jarpa Dufey
Diego Antonio Icaran Pollarolo
Official extract text
EUGENIO ALBERTO SAN MARTIN TRUFFY, Abogado, Notario Suplente de EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Novena Notaría de Santiago, con oficio en Enrique Mac Iver doscientos veinticinco, piso tres, oficina trescientos dos, de esta ciudad, certifico que: por escritura pública de fecha 15 de noviembre de 2024, bajo el repertorio 5952-24, ante mí, don Jerónimo Sebastián Jarpa Dufey, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad N°17.744.759-5, y don Diego Antonio Icaran Pollarolo, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad N°17.702.253-5, ambos domiciliados en calle Martín de Zamora N°5.375, departamento 92 b, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: El nombre o razón social de la sociedad será JOYAS GANSA LIMITADA, pudiendo funcionar con el nombre fantasía de CASA GANSA LTDA. Domicilio: La Sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de lo cual la Sociedad podrá establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en otros lugares del país como en el extranjero. Duración: 10 años prorrogables tácita y sucesivamente por períodos de 5 años, según forma señalada en escritura extractada. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: UNO) La fabricación, confección, reparación, importación, exportación, compra y venta al por menor o al por mayor, de insumos y productos relacionados a la bisutería y joyería, pudiendo ser metales preciosos, piedras finas y semipreciosas, de fantasía, y toda aquella materia prima o producto que resulte necesario para el buen desempeño del giro de la Sociedad; DOS) La venta por cuenta de terceros, en consignación o intermediación de materia prima o productos finales relacionados al rubro de la bisutería y joyería; TRES) Prestar toda clase y tipo de asesorías, capacitaciones, clases, y en especial en materias relacionadas a la bisutería y joyería y; CUATRO) En general, la Sociedad podrá desarrollar todo tipo de actividades que la administración o los socios resuelvan. Para el cumplimiento de los fines del negocio, la Sociedad podrá constituir por sí sola o en conjunto con otras personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, sociedades civiles o comerciales, de cualquier tipo o naturaleza. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000.-, que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: UNO) Don Jerónimo Sebastián Jarpa Dufey, aporta la suma de $500.000.-, que entera en este mismo acto, al contado y en dinero en efectivo, que las partes avalúan de común acuerdo en un 50% de los derechos y capital social, suma ya ingresada a caja social y; DOS) Don Diego Antonio Icaran Pollarolo, aporta la suma de $500.000.-, que entera en este mismo acto, al contado y en dinero en efectivo, que las partes avalúan de común acuerdo en un 50% de los derechos y capital social, suma ya ingresada a caja social. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don Jerónimo Sebastián Jarpa Dufey y don Diego Antonio Icaran Pollarolo, quienes anteponiendo sus firmas a la razón social, y con las limitaciones referidas en la escritura extractada, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 15 de noviembre de 2024.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
JOYAS GANSA LIMITADA
CVE 2572730
