Limited liability company77.963.195-8

Agrícola Los Tres Limitada

MODIFICACIÓN — Dec 16, 2024

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2024-12-16View PDF (CVE 2584706)

Corporate information

Ltda

Capital

Total capital

$5.500.000

Paid-in capital

$5.500.000

Pending capital

$0

Shareholders (3)

NameParticipation

María Jesús Domper Casale

Socio

33.34%

Catalina Domper Casale

Socio

33.33%

Cristóbal Domper Casale

Socio

33.33%

Official extract text

DE PERMUTA AGRÍCOLA LOS TRES LIMITADA EVELYN CAROLINA SÁNCHEZ TAPIA, Notario Público Titular de la 44° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Vitacura 3.724, comuna de Vitacura, certifico que: mediante escritura pública de fecha 8 de noviembre de 2024, Rep. N°1537-2024 ante mí, doña CATALINA DOMPER CASALE, domiciliada en calle Luz 2.959, departamento 24, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, por sí y en representación de doña MARIA JESÚS DOMPER CASALE, domiciliada en calle Yerbatero 51, Condominio Altos de Zapallar, comuna de Curicó, Región del Maule; de don ENEAS JAVIER CASALE MORRISON, domiciliado en Parque Ivian, casa 126 A, Puerto Varas, Región de Los Lagos; de don BRUNO ENEAS CASALE MORRISON, domiciliado en Putinque S/N, comuna de Quinchao, Región de Los Lagos; y de don CRISTÓBAL DOMPER CASALE, domiciliado en calle Luz 2.959, departamento 24, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, modificaron la sociedad “Agrícola Los Tres Limitada” inscrita a fojas 78.760, número 31.517, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2024, en el siguiente sentido: (1) Eneas Javier Casale Morrison y Bruno Eneas Casale Morrison, dieron en permuta, cedieron y transfirieron a María Jesús Domper Casale, a Catalina Domper Casale y a Cristóbal Domper Casale, en partes iguales, todos los derechos sociales que tenían en la sociedad Agrícola Los Tres Limitada, quienes los recibieron en permuta, aceptaron y adquirieron para sí, en partes iguales; 2) El precio total de los derechos sociales cedidos por Eneas Javier Casale Morrison y de Bruno Eneas Casale Morrison en la sociedad Agrícola Los Tres Limitada, en conjunto, ascendía a $74.379.660, que correspondía al valor proporcional de la participación de ambos socios, en relación al patrimonio de la sociedad mencionada. Dicho precio fue pagado, en partes iguales, por María Jesús Domper Casale, Catalina Domper Casale y Cristóbal Domper Casale, mediante la permuta y cesión de derechos sociales en la sociedad Agrícola Santa Marta Limitada, inscrita a a fojas 78.759, número 31.516, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2024, valorizados en la suma de $74.399.440, existiendo por tanto una diferencia de $19.780 que fue pagada al contado, en dinero efectivo por los cedentes a los cesionarios, por lo que el precio total se entiende pagado y recibido a entera satisfacción. 3) Se modifica, por tanto, el estatuto social de la sociedad Agrícola Los Tres Limitada, reemplazándose la cláusula Quinta del estatuto social. De esta forma, se reemplaza la cláusula Quinta de la escritura de constitución del estatuto social de AGRÍCOLA LOS TRES LIMITADA de la siguiente: “QUINTO: Capital: El capital de la sociedad es la suma de cinco millones quinientos mil pesos, el cual se encuentra compuesto de la siguiente manera: a) María Jesús Domper Casale aportó la suma de un millón ochocientos treinta y tres mil trescientos treinta y cuatro pesos equivalentes aproximadamente al treinta y tres coma treinta y cuatro por ciento de los derechos sociales; b) doña Catalina Domper Casale, aportó la suma de un millón ochocientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres pesos, equivalentes aproximadamente al treinta y tres coma treinta y tres por ciento de los derechos sociales; c) don Cristóbal Domper Casale aportó la suma de un millón ochocientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres pesos equivalentes aproximadamente al treinta y tres coma treinta y tres por ciento de los derechos sociales. El capital se encuentra totalmente suscrito y pagado”. En todo lo no modificado siguen vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 03 de diciembre de 2024.

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  1. MODIFICACIÓN

    AGRÍCOLA LOS TRES LIMITADA

    CVE 2584706

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