Limited liability company77.960.700-3

Servicios De Ingenieria Y Desarrollo Limitada

MODIFICACIÓN — Oct 5, 2019

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2019-10-05View PDF (CVE 1663611)

Corporate information

Ltda
Vicuña, Coquimbo
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don EDUARDO MARTÍN HERNÁNDEZ VALDEBENITO

Capital

Total capital

$1.000.000

Paid-in capital

$1.000.000

Pending capital

$0

Shareholders (2)

NameParticipation

EDUARDO MARTÍN HERNÁNDEZ VALDEBENITO

Socio

99%

DAVID EDUARDO HERNANDEZ GONZALEZ

Socio

1%

Administrators (1)

Corporate history on record

  1. Incorporation· June 23, 2003

    Constitución original de la sociedad SERVICIOS DE INGENIERIA Y DESARROLLO LIMITADA.

  2. Transfer of rights· September 24, 2019

    David Eduardo Hernández González cede el 49% de sus derechos sociales a Eduardo Martín Hernández Valdebenito.

    DAVID EDUARDO HERNANDEZ GONZALEZ · EDUARDO MARTÍN HERNÁNDEZ VALDEBENITO

  3. Change of administrator· September 24, 2019

    Se modifica la administración, quedando a cargo de Eduardo Martín Hernández Valdebenito.

    EDUARDO MARTÍN HERNÁNDEZ VALDEBENITO

  4. Capital change· September 24, 2019

    Se fija el capital social en $1.000.000, totalmente enterado.

    EDUARDO MARTÍN HERNÁNDEZ VALDEBENITO · DAVID EDUARDO HERNANDEZ GONZALEZ

Official extract text

PABLO VALENZUELA PEREZ, abogado, Notario Interino de la Primera Notaría de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 24 de septiembre de 2019, ante mí, Repertorio 4580/2019: don EDUARDO MARTIN HERNANDEZ VALDEBENITO, domiciliado en Avenida Vicuña Mackenna número seis mil ciento ochenta, departamento quinientos uno B, comuna de La Florida; y don DAVID EDUARDO HERNANDEZ GONZALEZ, domiciliado en Avenida Vicuña Mackenna número seis mil ciento ochenta, departamento quinientos uno B, comuna de La Florida, modificaron sociedad SERVICIOS DE INGENIERIA Y DESARROLLO LIMITADA, rol único tributario número setenta y siete millones novecientos sesenta mil setecientos guion tres, constituida por escritura pública de fecha veintitrés de junio del año dos mil tres, otorgada en la notaría de Santiago de don Fernando Opazo Larraín, inscrita a fojas diecisiete mil novecientos cuarenta y tres número trece mil setecientos cuarenta y siete del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año dos mil tres, en lo siguiente: 1) don David Eduardo Hernández González, cede a don Eduardo Martín Hernández Valdebenito, el cuarenta y nueve por ciento de los derechos sociales, quien los compra y acepta para sí, en la suma de siete millones de pesos.- Como consecuencia de la cesión referida, la sociedad queda integrada por don Eduardo Martín Hernández Valdebenito, con un noventa y nueve por ciento del haber social y por don David Eduardo Hernández González, con un uno por ciento del haber social, quienes acuerdan introducir las siguientes modificaciones al estatuto social.- 2) Reemplazan la cláusula cuarta del estatuto social estableciendo que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don EDUARDO MARTÍN HERNÁNDEZ VALDEBENITO; 3) Reemplazan la cláusula quinta del pacto social, por la siguiente: "Quinto.- El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos que los socios enteran y pagan de la siguiente manera: a) don EDUARDO MARTIN HERNANDEZ VALDEBENITO, aporta la suma de novecientos noventa mil pesos, equivalentes al noventa y nueve por ciento del haber social, ya enterados en dinero efectivo a la sociedad; y b) don DAVID EDUARDO HERNANDEZ GONZALEZ, aporta la suma de diez mil pesos, equivalentes al uno por ciento del haber social, ya enterados en dinero efectivo a la sociedad”.- 4) Reemplazan la cláusula séptima del pacto social, por la siguiente: "Séptimo.- Distribución de Utilidades y Perdidas. Las utilidades y las eventuales pérdidas se repartirán entre los socios en proporción o hasta la concurrencia de sus respectivos aportes.- En lo no modificado, rigen íntegramente las estipulaciones contenidas en las escrituras anteriores, especialmente en cuanto dice relación con la responsabilidad de los socios la que queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Santiago, 24 de septiembre de 2019.-cr.

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    SERVICIOS DE INGENIERIA Y DESARROLLO LIMITADA

    CVE 1663611

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