Stock company by sharesDissolved77.938.379-2

Rivarmar SpA

DISOLUCIÓN — Jan 16, 2025

Diario Oficial

DissolutionDiario Oficial · 2025-01-16View PDF (CVE 2597615)

Corporate information

SpA

Capital

Total capital

$20.000.000.-

Shareholders (3)

NameParticipation

Valeria Loreto Cabezas Morgado

Accionista

10.xxx.xxx-1

-

Ricardo Andrés Gutiérrez Cabezas

Accionista

17.xxx.xxx-0

-

Carla Andrea Varas Espinoza

Accionista

17.xxx.xxx-0

-

Corporate history on record

  1. Incorporation· July 10, 2024

    Se constituye la sociedad RIVARMAR SPA.

  2. Change of administrator· December 23, 2024

    Los únicos accionistas acuerdan la disolución y liquidación anticipada de la sociedad.

    Valeria Loreto Cabezas Morgado · Ricardo Andrés Gutiérrez Cabezas · Carla Andrea Varas Espinoza

Official extract text

DAVID TORO IGLESIAS, Notario Público Iquique, Suplente del Titular don ANDRES CUEVAS OSSANDON, Luis Uribe Nº 330, CERTIFICA: por escritura pública de fecha 23 de diciembre del 2024, Valeria Loreto Cabezas Morgado, C.I. N° 10.953.223-1, domiciliada en El Pasaje El Almendral N°2536, comuna de Iquique, Ricardo Andrés Gutiérrez Cabezas, C.I. N° 17.798.879-0, domiciliado en calle Capitán Roberto Pérez N° 808, comuna de Iquique y Carla Andrea Varas Espinoza, C.I. N° 17.798.879-0, domiciliado en calle Capitán Roberto Pérez N° 808, comuna de Iquique, únicos accionistas de la sociedad RIVARMAR SPA, Rol único Tributario N° 77.938.379-2, capital social $20.000.000.- inscrita a fojas 791 número 394 correspondiente al año 2024, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, publicada en el Diario Oficial de la República de Chile, en su edición de fecha 10 de julio de 2024, en la que se acordó resolvieron disolver y liquidar anticipadamente la sociedad de la cual se extracta lo siguiente: 1) Disolución: acuerdan como únicos socios en forma unánime, la disolución anticipada de la sociedad, la que tiene efecto a contar de la fecha de la escritura extractada. 2) Liquidación: los socios retiran en este acto los respectivos aportes desembolsados en su oportunidad como devolución del capital, esto es, las sumas correspondientes a la porción de su participación en el capital, declarando que los reciben a su entera satisfacción y sin observaciones u objeciones que formular, no teniendo deudas ni otros bienes que repetir. Demás estipulaciones y acuerdos constan de escritura extractada.- Iquique, 14 de enero 2025.-

Recent filings

  1. DISOLUCIÓN

    RIVARMAR SpA

    CVE 2597615

Corporate relationships

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