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Sociedad de Profesionales Palo Alto Limitada

MODIFICACIÓN — Feb 25, 2026

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2026-02-25View PDF (CVE 2775159)

Corporate information

Ltda
Administration: separada e indistintamente a cualquiera de los socios, salvo en las materias que especifican en la misma cláusula

Corporate purpose

servicios profesionales de ingeniería

Capital

Total capital

$1.000.000

Shareholders (2)

NameParticipation

Eduardo Eugenio Matta Velasco

Socio

50%

José Alejandro Moreno Fariña

Socio

50%

Administrators (2)

Official extract text

Ministerio del Interior CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular de la Décima Notaría de Santiago, VALERIA RONCHERA FLORES, con oficio en calle Agustinas N°1287, certifico: Que por escritura pública de fecha 9 de febrero de 2026, ante la Notario Titular de este oficio doña Valeria Ronchera Flores; don Eduardo Eugenio Matta Velasco, domiciliado en Camino La Huala N°5075, casa 14, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; don José Alejandro Moreno Fariña, domiciliado en calle Del Fósil número 85, La Herradura, comuna y Región de Coquimbo y don Rodrigo Soler Bolt, domiciliado en calle Almirante Simpson N°80 departamento 12, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso, acordaron modificar la Sociedad de Profesionales Palo Alto Limitada, del giro de servicios profesionales de ingeniería, inscrita a fs. 45.896, N°18.878 del Registro de Comercio del Conservador de Santiago del año 2024, en el siguiente sentido: Disminuir el capital social de $1.500.000 a $1.000.000, esto es en $500.000, con motivo del retiro del socio don Rodrigo Soler Bolt. En consecuencia, se reemplazó el artículo quinto por el siguiente. “El capital social asciende a la suma de un millón de pesos, que los socios han aportado en dinero efectivo en la siguiente proporción: a) don EDUARDO EUGENIO MATTA VELASCO aporta la suma de quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento de los derechos sociales, y b) don JOSÉ ALEJANDRO MORENO FARIÑA aporta la suma de quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento de los derechos sociales”. También se modificó el artículo 4° del pacto social referido a la administración de la sociedad, que en adelante corresponderá separada e indistintamente a cualquiera de los socios, salvo en las materias que especifican en la misma cláusula. Las demás estipulaciones constan en la escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago 13 de febrero de 2026.

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  1. MODIFICACIÓN

    Sociedad de Profesionales Palo Alto Limitada

    CVE 2775159

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