Limited liability company77.852.900-9

García Y Opazo Ingeniería Y Construcción Limitada

MODIFICACIÓN — Apr 2, 2025

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2025-04-02View PDF (CVE 2628884)

Corporate information

Ltda
Volcán Parinacota N°277

Capital

Total capital

$6.000.000

Paid-in capital

$6.000.000

Pending capital

$0

Shareholders (4)

NameParticipation

SAMUEL ROLANDO GARCIA CERDA

Socio

8.xxx.xxx-6

62%

FABIOLA DEL CARMEN OPAZO POBLETE

Socio

10.xxx.xxx-5

20%

DAVID ROLANDO GARCIA OPAZO

Socio

18.xxx.xxx-2

10%

CLAUDIO MATIAS GUTIERREZ BRICEÑO

Socio

15.xxx.xxx-1

8%

Official extract text

Ministerio del Interior GASTÓN ARIEL SANTIBÁÑEZ TORRES, Notario Público y Conservador de Minas Titular de Talcahuano, con oficio en Avenida Jorge Alessandri N° 3177, Local G 103, Boulevard Mall Plaza del Trébol, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 20.02.2025, Rep. N°426/2025, otorgada ante mí suplente Jaime Trujillo Espinoza, don SAMUEL ROLANDO GARCIA CERDA, empresario,C.I.N°8.706.190-6, domiciliado en Volcán Parinacota N°277, Talcahuano; doña FABIOLA DEL CARMEN OPAZO POBLETE, secretaria, C.I.N° 10.036.120-5, domiciliada en Volcán Parinacota N°277, Talcahuano; don DAVID ROLANDO GARCIA OPAZO, ingeniero civil químico, C.I.N° 18.302.265-2, domiciliado en Barros Arana N°1672, smarttower, departamento 1309, Concepción y don CLAUDIO MATIAS GUTIERREZ BRICEÑO, ingeniero eléctrico,C.I.N°15.222.851-1, domiciliado en calle La Roda N°626, alto costanera, Hualpén; modifican la Sociedad “GARCÍA Y OPAZO INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA”, RUT: 77.852.900-9, Capital Inicial de seis millones de pesos, constituida por escritura pública de fecha 09.09.2002, ante Notario de Concepción, don RAMON GARCÍA CARRASCO, inscrita a fojas 328 vta, N°296 del Registro de Comercio de Talcahuano de 2002, en los siguientes términos:Cesión de derechos: El Cedente Samuel Rolando García Cerda, dueño del 85% por ciento del total de los derechos sociales de la Sociedad, vende, cede y transfiere a la CesionariaFabiola del Carmen Opazo Poblete, socia vigente de la sociedad, quien actualmente posee el 1% del total de los derechos sociales de la Sociedad, la cantidad de 19% del total de los derechos sociales de la Sociedad; y al Cesionario Claudio Matías Gutiérrez Briceño, la cantidad de 4% del total de los derechos sociales de la Sociedad. El precio de esta cesión de derechos, respecto de la CesionariaFabiola del Carmen Opazo Poblete, es la suma de $1.140.000; y respecto del Cesionario Claudio Matías Gutiérrez Briceño, es la suma de $240.000. Los Cesionarios pagan en este acto al Cedente, al contado y en dinero en efectivo, declarando el Cedente recibirlo a su entera satisfacción. Modificando los estatutos de la siguiente forma: Uno. Reemplazar el artículo quinto de los estatutos por el siguiente: “El capital de la Sociedad es la suma de seis millones de pesos, que los socios han enterado y pagado de la siguiente forma: a/ Samuel Rolando García Cerda, la suma de $3.720.000, equivalente al 62% del total del interés social; /b Fabiola Del Carmen Opazo Poblete, la suma de $1.200.000, equivalente al 20% del total del interés social; c/ David Rolando García Opazo, la suma de $600.000, equivalente al 10% del total del interés social; y d/ Claudio Matías Gutiérrez Briceño, la suma de $480.000, equivalente al 8% del total del interés social” Dos. Los socios comparecientes acuerdan introducir el artículo quinto bis a los estatutos sociales, redactado en los siguientes términos: “En caso de que cualquiera de los socios decida vender, ceder, transferir, gravar o de cualquier otra forma disponer de sus acciones de la sociedad, los demás socios tendrán un derecho de preferencia para adquirir dichas acciones en las mismas condiciones y precio que el Socio Vendedor haya acordado con un tercero. El Socio Vendedor deberá notificar por escrito a los Socios Preferentes su intención de vender, ceder, transferir o gravar sus acciones, indicando el número de acciones objeto de la Transacción, el precio y las condiciones bajo las cuales el Socio Vendedor ha acordado vender o transferir sus acciones al Tercero Propuesto. La notificación deberá realizarse con una antelación mínima de 2meses antes de la Transacción. Los Socios Preferentes podrán ejercer su derecho preferente para adquirir las acciones ofrecidas en las mismas condiciones y por el mismo precio establecido por el Socio Vendedor para el Tercero Propuesto, dentro de un plazo de 30 días hábiles a partir de la recepción de la notificación mencionada en el párrafo anterior. En todo lo no modificado seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. EN TALCAHUANO, a 31 de Marzo del 2025.

AmendmentDiario Oficial · 2023-03-09View PDF (CVE 2282875)

Corporate information

Ltda
Administration: La representación, administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponden a Samuel Rolando García Cerda, Fabiola del Carmen Opazo Poblete, David Rolando García Opazo y Claudio Matías Gutiérrez Briceño, actuando uno cualquiera de ellos, de forma separada e indistinta.

Capital

Total capital

$6.000.000

Paid-in capital

$6.000.000

Pending capital

$0

Shareholders (4)

NameParticipation

Samuel Rolando Garcia Cerda

Socio

8.xxx.xxx-6

85%

Fabiola Del Carmen Opazo Poblete

Socio

10.xxx.xxx-5

1%

David Rolando Garcia Opazo

Socio

18.xxx.xxx-2

10%

Claudio Matías Gutiérrez Briceño

Socio

15.xxx.xxx-1

4%

Administrators (4)

Samuel Rolando Garcia Cerda

8.xxx.xxx-6Administrador

Fabiola del Carmen Opazo Poblete

10.xxx.xxx-5Administrador

David Rolando Garcia Opazo

18.xxx.xxx-2Administrador

Claudio Matias Gutierrez Briceño

15.xxx.xxx-1Administrador

Corporate history on record

  1. Incorporation· September 9, 2002

    Constitución de la sociedad García y Opazo Ingeniería Limitada.

  2. Transfer of rights· January 27, 2023

    Samuel Rolando García Cerda cede 9% a David Rolando García Opazo y 4% a Claudio Matías Gutiérrez Briceño; además se modifica la razón social y la administración.

    Samuel Rolando Garcia Cerda · David Rolando Garcia Opazo · Claudio Matias Gutierrez Briceño

Official extract text

GASTÓN ARIEL SANTIBÁÑEZ TORRES, Notario Público y Conservador de Minas Titular de Talcahuano, con oficio en Avenida Jorge Alessandri N° 3177, Local G 103, Boulevard Mall Plaza del Trébol, CERTIFICA: Por escritura pública, de fecha 27.01.2023, Rep. N° 279/2023, otorgada ante mí, don SAMUEL ROLANDO GARCIA CERDA, empresario, C.I.N° 8.706.190-6, domiciliado en Volcán Parinacota N°277, Talcahuano; doña FABIOLA DEL CARMEN OPAZO POBLETE, secretaria, C.I.N° 10.036.120-5, domiciliada en Volcán Parinacota N°277, Talcahuano; don DAVID ROLANDO GARCIA OPAZO, ingeniero civil químico, C.I.N° 18.302.265-2, domiciliado en Barros Arana N°1672, smart tower, departamento 1309, Concepción y don CLAUDIO MATIAS GUTIERREZ BRICEÑO, ingeniero electrico, C.I.N°15.222.851-1, domiciliado en calle La Roda N°626, alto costanera, Hualpén; modifican la Sociedad “GARCÍA Y OPAZO INGENIERÍA LIMITADA”, RUT: 77.852.900-9, Capital Inicial de seis millones de pesos, constituida por escritura pública de fecha 09.09.2002, ante Notario de Concepción, don RAMON GARCÍA CARRASCO, inscrita a fojas 328 vta, N°296 del Registro de Comercio de Talcahuano de 2002, en los siguientes términos: Cesión de derechos: El Cedente Samuel Rolando García Cerda, dueño del 98% por ciento del total de los derechos sociales de la Sociedad, vende, cede y transfiere al Cesionario David Rolando García Opazo, socio vigente de la sociedad, quien actualmente posee el 1% del total de los derechos sociales de la Sociedad, la cantidad de 9% del total de los derechos sociales de la Sociedad; y al Cesionario Claudio Matías Gutiérrez Briceño, la cantidad de 4% del total de los derechos sociales de la Sociedad. El precio de esta cesión de derechos, respecto del Cesionario David Rolando García Opazo, es la suma de $540.000; respecto del Cesionario Claudio Matías Gutiérrez Briceño, es la suma de $240.000. Los Cesionarios pagan en este acto al Cedente, al contado y en dinero en efectivo, declarando el Cedente recibirlo a su entera satisfacción. Modificando los estatutos de la siguiente forma: Uno. Reemplazar el artículo tercero por el siguiente: La razón social será "GARCIA Y OPAZO INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA”. Dos. Reemplazar el artículo quinto de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la suma de $6.000.000, que los socios han enterado y pagado de la siguiente forma: a/ Samuel Rolando Garcia Cerda, la suma de $5.100.000, equivalente al 85% por ciento del total del interés social; /b Fabiola Del Carmen Opazo Poblete, la suma de $60.000, equivalente al 1% del total del interés social; c/ David Rolando Garcia Opazo, la suma de $600.000, equivalente al 10% del total del interés social; y d/ Claudio Matías Gutiérrez Briceño, la suma de $240.000, equivalente al 4% del total del interés social. Todas las sumas han sido enteradas y pagadas en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, a entera satisfacción de la Sociedad.” Tres. Reemplazar el artículo cuarto de los estatutos, relativo a la administración social, por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: La representación, administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponden a Samuel Rolando García Cerda, Fabiola del Carmen Opazo Poblete, David Rolando García Opazo y Claudio Matías Gutiérrez Briceño, actuando uno cualquiera de ellos, de forma separada e indistinta. En todo lo no modificado seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. EN TALCAHUANO, a 07 de Marzo del 2023.

AmendmentDiario Oficial · 2023-02-04View PDF (CVE 2267008)

Corporate information

Ltda
Administration: La representación, administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponden a Samuel Rolando García Cerda, Fabiola del Carmen Opazo Poblete, David Rolando García Opazo y Claudio Matías Gutiérrez Briceño, actuando uno cualquiera de ellos, de forma separada e indistinta.

Capital

Total capital

$6.000.000

Paid-in capital

$6.000.000

Pending capital

$0

Shareholders (4)

NameParticipation

Samuel Rolando García Cerda

Socio

8.xxx.xxx-6

85%

Fabiola Del Carmen Opazo Poblete

Socio

10.xxx.xxx-5

1%

David Rolando Garcia Opazo

Socio

18.xxx.xxx-2

10%

Claudio Matías Gutiérrez Briceño

Socio

15.xxx.xxx-1

4%

Administrators (4)

Samuel Rolando García Cerda

8.xxx.xxx-6Administrador

Fabiola del Carmen Opazo Poblete

10.xxx.xxx-5Administrador

David Rolando García Opazo

18.xxx.xxx-2Administrador

Claudio Matías Gutiérrez Briceño

15.xxx.xxx-1Administrador

Corporate history on record

  1. Incorporation· September 9, 2002

    Se constituyó la sociedad García y Opazo Ingeniería Limitada.

  2. Transfer of rights

    Samuel Rolando García Cerda cede 9% de sus derechos a David Rolando García Opazo y 4% a Claudio Matías Gutiérrez Briceño.

    Samuel Rolando García Cerda · David Rolando Garcia Opazo · Claudio Matías Gutiérrez Briceño

Official extract text

GASTÓN ARIEL SANTIBÁÑEZ TORRES, Notario Público y Conservador de Minas Titular de Talcahuano, con oficio en Avenida Jorge Alessandri N° 3177, Local G 103, Boulevard Mall Plaza del Trébol, CERTIFICA: Por escritura pública, de fecha 27.01.2023, Rep. N° 279/2023, otorgada ante mí, don SAMUEL ROLANDO CERDA GARCIA, empresario, C.I.N° 8.706.190-6, domiciliado en Volcán Parinacota N°277, Talcahuano; doña FABIOLA DEL CARMEN OPAZO POBLETE, secretaria, C.I.N° 10.036.120-5, domiciliada en Volcán Parinacota N°277, Talcahuano; don DAVID ROLANDO GARCIA OPAZO, ingeniero civil químico, C.I.N° 18.302.265-2, domiciliado en Barros Arana N°1672, smart tower, departamento 1309, Concepción y don CLAUDIO MATIAS GUTIERREZ BRICEÑO, ingeniero electrico, C.I.N°15.222.851-1, domiciliado en calle La Roda N°626, alto costanera, Hualpén; modifican la Sociedad “GARCÍA Y OPAZO INGENIERÍA LIMITADA”, RUT: 77.852.900-9, Capital Inicial de seis millones de pesos, constituida por escritura pública de fecha 09.09.2002, ante Notario de Concepción, don RAMON GARCÍA CARRASCO, inscrita a fojas 328 vta, N°296 del Registro de Comercio de Talcahuano de 2002, en los siguientes términos: Cesión de derechos: El Cedente Samuel Rolando García Cerda, dueño del 98% por ciento del total de los derechos sociales de la Sociedad, vende, cede y transfiere al Cesionario David Rolando García Opazo, socio vigente de la sociedad, quien actualmente posee el 1% del total de los derechos sociales de la Sociedad, la cantidad de 9% del total de los derechos sociales de la Sociedad; y al Cesionario Claudio Matías Gutiérrez Briceño, la cantidad de 4% del total de los derechos sociales de la Sociedad. El precio de esta cesión de derechos, respecto del Cesionario David Rolando García Opazo, es la suma de $540.000; respecto del Cesionario Claudio Matías Gutiérrez Briceño, es la suma de $240.000. Los Cesionarios pagan en este acto al Cedente, al contado y en dinero en efectivo, declarando el Cedente recibirlo a su entera satisfacción. Modificando los estatutos de la siguiente forma: Uno. Reemplazar el artículo tercero por el siguiente: La razón social será "GARCIA Y OPAZO INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA”. Dos. Reemplazar el artículo quinto de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la suma de $6.000.000, que los socios han enterado y pagado de la siguiente forma: a/ Samuel Rolando Garcia Cerda, la suma de $5.100.000, equivalente al 85% por ciento del total del interés social; /b Fabiola Del Carmen Opazo Poblete, la suma de $60.000, equivalente al 1% del total del interés social; c/ David Rolando Garcia Opazo, la suma de $600.000, equivalente al 10% del total del interés social; y d/ Claudio Matías Gutiérrez Briceño, la suma de $240.000, equivalente al 4% del total del interés social. Todas las sumas han sido enteradas y pagadas en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, a entera satisfacción de la Sociedad.” Tres. Reemplazar el artículo cuarto de los estatutos, relativo a la administración social, por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: La representación, administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponden a Samuel Rolando García Cerda, Fabiola del Carmen Opazo Poblete, David Rolando García Opazo y Claudio Matías Gutiérrez Briceño, actuando uno cualquiera de ellos, de forma separada e indistinta. En todo lo no modificado seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. EN TALCAHUANO, a 02 de Febrero del 2023.

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  1. MODIFICACIÓN

    GARCÍA Y OPAZO INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA

    CVE 2628884

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    CVE 2282875

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    GARCÍA Y OPAZO INGENIERÍA LIMITADA

    CVE 2267008

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