Limited liability company77.826.020-4

Inmobiliaria E Inversiones Fernández Y De Cea Limitada

MODIFICACIÓN — Dec 29, 2023

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2023-12-29View PDF (CVE 2429424)

Corporate information

Ltda

Capital

Total capital

$150.000.000

Paid-in capital

$150.000.000

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$0

Official extract text

PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Abogada, Notario Público, Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo número 3.076, oficina 601, Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 9 de noviembre del año 2023, Repertorio número 15.960-2023, ante mí: /i/ don JOSÉ ENRIQUE FERNÁNDEZ LARRAÑAGA, domiciliado para estos efectos en Guillermo Acuña dos mil quinientos setenta y cinco, comuna de Providencia, Región Metropolitana; /ii/ don MARGARITA MILLANA NALDA LÓPEZ, domiciliada para estos efectos en Guillermo Acuña dos mil quinientos setenta y cinco, comuna de Providencia, Región Metropolitana; /iii/ don JOSÉ MANUEL FERNÁNDEZ NALDA, domiciliado para estos efectos en Talinay diez mil seiscientos ochenta, Casa C, La Reina, Región Metropolitana; /iv/ don JOSÉ IGNACIO FERNÁNDEZ NALDA, domiciliado para estos efectos en Guillermo Acuña dos mil quinientos setenta y cinco, comuna de Providencia, Región Metropolitana; /v/ don JUAN JOSÉ FERNÁNDEZ NALDA, domiciliado para estos efectos en Pinot tres mil doscientos treinta y cuatro, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana; /vi/ don JOSÉ MIGUEL FERNÁNDEZ NALDA, domiciliado para estos efectos en Guillermo Acuña dos mil quinientos setenta y cinco, Providencia, Región Metropolitana; /vii/ don JOAQUÍN HIGINIO DE CEA CHICANO, por sí y en representación de /viii/ don JAVIER DE CEA PE, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesco número tres mil ochocientos cuarenta y cinco, departamento mil uno, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; /ix/ doña MAITE DE CEA PE, domiciliada para estos efectos en calle El Rey setecientos quince, comuna de Providencia, Región Metropolitana; y /x/ doña NEREA MIREN PE AZUMENDI, domiciliada para estos efectos en Avenida Presidente Riesco número tres mil ochocientos cuarenta y cinco, departamento mil uno, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; todos en calidad de únicos y actuales socios de INMOBILIARIA E INVERSIONES FERNÁNDEZ Y DE CEA LIMITADA, Rol Único Tributario número 77.826.020-4 (la “Sociedad”), inscrita a fojas 26.297, número 21.383, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2002, acordaron (1) modificar la Sociedad como consecuencia de las donaciones irrevocables que hicieron los socios i) don José Enrique Fernández Larrañaga; y, ii) don Joaquin De Cea Chicano, de una parte de los derechos sociales que les correspondían en la Sociedad; y (2) modificar el Artículo Quinto de los estatutos de la sociedad. (1) De este modo, los actuales socios de la Sociedad, acuerdan modificar la Sociedad, como consecuencia de las donacionesirrevocables antes mencionadas y autorizadas por sentencias definitivas dictadas tanto por el Décimo Primer Juzgado Civil de Santiago, causa Rol número V-265-2022, como por el Vigésimo Tercer Juzgado Civil de Santiago, causa Rol número V-268-2022. Así las cosas, don José Enrique Fernández Larrañaga autorizado a realizar, en lo pertinente, las siguientes donaciones: A/ a doña Margarita Millana Nalda López le donó el usufructo vitalicio del 25% del total de los derechos sociales de la Sociedad; B/ a don José Manuel Fernández Nalda le donó la nuda propiedad del 12,5 % del total de los derechos sociales de la Sociedad; C/ a don José Ignacio Fernández Nalda le donó la nuda propiedad del 12,5 Þl total de los derechos sociales de la Sociedad; D/ a don Juan José Fernández Nalda le donó la nuda propiedad del 12,5% del total de los derechos sociales de la Sociedad; E/ a don José Miguel Fernández Nalda le donó la nuda propiedad del 12,5% del total de los derechos sociales de la Sociedad; por su parte, y don Joaquin De Cea Chicano fue autorizado a realizar, en lo pertinente, las siguientes donaciones: F/ a doña Nerea Miren Pe Azumendi, le donó el usufructo vitalicio del 25% del total de los derechos sociales de la Sociedad; G/ a don Javier De Cea Pe le donó la nuda propiedad del 25% del total de los derechos sociales de la Sociedad; y, H/ a doña Maite De Cea Pe le donó la nuda propiedad del 25% del total de los derechos sociales de la Sociedad. Como consecuencia de los procesos de donación llevados a cabo por: i/ la participación del socio don José Enrique Fernández Larrañaga ha disminuido de un 50%, a un usufructo por el 25% del total de los derechos sociales en la Sociedad; y ii/ la participación del socio don Joaquin Higinio De Cea Chicano ha disminuido de un 50%, a un usufructo por el 25% del total de los derechos sociales en la Sociedad. Consecuencia de las donaciones anteriores, y del consecuente cambio en la distribución de las participaciones sociales, se deja constancia que los nuevos, actuales y únicos socios de la Sociedad son: i/ don José Enrique Fernández Larrañaga, con un usufructo vitalicio de 25% del total de los derechos sociales; ii/ doña Margarita Millana Nalda López, con un usufructo vitalicio de un 25% del total de los derechos sociales; iii/ don José Manuel Fernández Nalda con la nuda propiedad del 12,5% del total de los derechos sociales; iv/ don José Ignacio Fernández Nalda, con la nuda propiedad del 12,5% por ciento del total de los derechos sociales; v/ don Juan José Fernández Nalda, con la nuda propiedad del 12,5% del total de los derechos sociales; vi/ don José Miguel Fernández Nalda, con la nuda propiedad del 12,5% del total de los derechos sociales; vii/ don Joaquín Higinio De Cea Chicano, con un usufructo vitalicio de un 25% del total de los derechos sociales; viii/ doña Nerea Miren Pe Azumendi, con un usufructo vitalicio de un 25% del total de los derechos sociales; ix/ don Javier De Cea Pe, con la nuda propiedad del 25% del total de los derechos sociales; y, x/ doña Maite De Cea Pe, con la nuda propiedad del 25% del total de los derechos sociales. (2) Modificar el Artículo Cuarto de los estatutos de la sociedad sustituyéndolo por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: El capital social es la suma de ciento cincuenta millones de pesos que los socios han aportado y enterado, según el siguiente detalle: i/ José Enrique Fernández Larrañaga, es titular del usufructo vitalicio por un veinticinco por ciento del capital y derechos sociales, los cuales se encuentran pagados y enterados en caja social con anterioridad a esta fecha; ii/ Margarita Millana Nalda López, es titular del usufructo vitalicio por un veinticinco por ciento del capital y derechos sociales, los cuales se encuentran pagados y enterados en caja social con anterioridad a esta fecha; iii/ José Manuel Fernández Nalda es titular de la nuda propiedad de un doce coma cinco por ciento del capital y derechos sociales, los cuales se encuentran pagados y enterados en caja social con anterioridad a esta fecha; iv/ José Ignacio Fernández Nalda, es titular de la nuda propiedad de un doce coma cinco por ciento del capital y derechos sociales, los cuales se encuentran pagados y enterados en caja social con anterioridad a esta fecha; v/ Juan José Fernández Nalda, es titular de la nuda propiedad de un doce coma cinco por ciento del capital y derechos sociales, los cuales se encuentran pagados y enterados en caja social con anterioridad a esta fecha; vi/ José Miguel Fernández Nalda, es titular de la nuda propiedad de un doce coma cinco por ciento del capital y derechos sociales, los cuales se encuentran pagados y enterados en caja social con anterioridad a esta fecha; vii/ don Joaquín Higinio De Cea Chicano, es titular del usufructo vitalicio por un veinticinco por ciento del capital y derechos sociales, los cuales se encuentran pagados y enterados en caja social con anterioridad a esta fecha; viii/ doña Nerea Miren Pe Azumendi, es titular del usufructo vitalicio por un veinticinco por ciento del capital y derechos sociales, los cuales se encuentran pagados y enterados en caja social con anterioridad a esta fecha; ix/ don Javier De Cea Pe, es titular de la nuda propiedad de un veinticinco por ciento del capital y derechos sociales, los cuales se encuentran pagados y enterados en caja social con anterioridad a esta fecha; y, x/ doña Maite De Cea Pe, es titular de la nuda propiedad de un veinticinco por ciento del capital y derechos sociales, los cuales se encuentran pagados y enterados en caja social con anterioridad a esta fecha.” En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales, especialmente respecto a la limitación de la responsabilidad de los socios hasta por el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones y modificaciones constan de escritura extractada. Santiago, 28 de noviembre de 2023.

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