Limited liability company77.808.140-7

Arriagada Y Henríquez Limitada

MODIFICACIÓN — Apr 20, 2026

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2026-04-20View PDF (CVE 2799637)

Corporate information

Ltda
Alaska Nº 1610
Administration: La administración y uso de la razón social seguirá correspondiendo a don Simón Eugenio Imbarack Henríquez con todas y cada una de las facultades señaladas en la escritura de constitución de sociedad.

Shareholders (2)

NameParticipation

Myriam de las Mercedes Arriagada Márquez

Socio

11.xxx.xxx-6

40%

Simón Eugenio Imbarack Henríquez

Socio

10.xxx.xxx-0

60%

Administrators (1)

Simón Eugenio Imbarack Henríquez

10.xxx.xxx-0Administrador

Corporate history on record

  1. Transfer of rights

    Yamile Alejandra Imbarack Arriagada cede la totalidad de sus derechos sociales equivalentes al 59% a Simón Eugenio Imbarack Henríquez

    Yamile Alejandra Imbarack Arriagada · Simón Eugenio Imbarack Henríquez

Official extract text

Ministerio del Interior CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa 1450, local 1, de esta ciudad, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, Repertorio N°1958-2026: MYRIAM DE LAS MERCEDES ARRIAGADA MÁRQUEZ, chilena, labores de hogar, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad Nº 11.489.420-6, domiciliada en Alaska Nº 1610, Comuna de Maipú; YAMILE ALEJANDRA IMBARACK ARRIAGADA, chilena, independiente, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad Nº 17.110.222-7, domiciliada en Alaska Nº 1610, Comuna de Maipú; y SIMÓN EUGENIO IMBARACK HENRÍQUEZ, chileno, técnico electrónico, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad Nº 10.201.014-0, domiciliado en Los Hualles Km 9, Comuna de Linares y de paso por esta ciudad, modificaron la sociedad denominada “ARRIAGADA Y HENRÍQUEZ LIMITADA” en el sentido que la socia YAMILE ALEJANDRA IMBARACK ARRIAGADA se retira, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales que equivalen al 59% en la sociedad indicada a don SIMÓN EUGENIO IMBARACK HENRÍQUEZ quien compra, acepta y adquiere para sí.- El precio de dicha cesión es la suma de $400.000.- En consecuencia, la composición de los socios queda establecida en un 60% para el socio don SIMÓN EUGENIO IMBARACK HENRÍQUEZ y en un 40% para la socia doña MYRIAM DE LAS MERCEDES ARRIAGADA MÁRQUEZ. Los actuales socios dejan constancia que la administración y uso de la razón social seguirá correspondiendo a don Simón Eugenio Imbarack Henríquez con todas y cada una de las facultades señaladas en la escritura de constitución de sociedad. En lo no modificado por escritura que se extracta, sigue vigente el pacto social constitutivo y sus modificaciones y rectificaciones correspondientes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de abril de 2026.-

AmendmentDiario Oficial · 2023-04-28View PDF (CVE 2307820)

Corporate information

Ltda

Official extract text

ABNER POZA MATUS, Abogado, Notario Público Titular de la 1° Notaria de Maipú, con oficio en calle General Ordoñez número 155, Oficina 203, comuna de Maipú, certifica: Por escritura pública de fecha 21 de abril de 2023, ante mí, MYRIAM DE LAS MERCEDES ARRIAGADA MARQUEZ, chilena, labores de hogar, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad Nº 11.489.420-6, domiciliada en Alaska Nº 1610, Comuna de Maipú; YAMILE ALEJANDRA IMBARACK ARRIAGADA, chilena, independiente, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad Nº 17.110.222-7, domiciliada en Alaska Nº 1610, Comuna de Maipú; y SIMON EUGENIO IMBARACK HENRÍQUEZ, chileno, técnico electrónico, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad Nº 10.201.014-0, domiciliado en Los Hualles Km 9, Comuna de Linares, de conformidad a lo dispuesto en la Ley 19.499, sanean vicio de nulidad formal respecto de la sociedad denominada “ARRIAGADA Y HENRÍQUEZ LIMITADA”, por no haberse practicado la inscripción de las escrituras de modificación y rectificación de modificación de fechas 26 de julio de 2021 y 26 de julio de 2022 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Linares, dentro de plazo legal.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de abril de 2023.

AmendmentDiario Oficial · 2022-09-07View PDF (CVE 2183185)

Corporate information

Ltda
Santiago, Región Metropolitana

Capital

Total capital

$100.000

Shareholders (3)

Corporate history on record

  1. Transfer of rights· July 26, 2021

    Se menciona una cesión de derechos sociales previa que determinó la composición societaria.

    Yamile Alejandra Imbarack Arriagada · María Del Rosario Henríquez Mejías · Simón Eugenio Imbarack Henríquez · Myriam De Las Mercedes Arriagada Márquez

Official extract text

LUIS GUILLERMO ALVAREZ DONOSO, abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Linares, domiciliado en calle Independencia número 566 Linares, certifica: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, MYRIAM DE LAS MERCEDES ARRIAGADA MÁRQUEZ, domiciliada en calle Alaska número mil seiscientos diez, Barrio Las Rosas, comuna de Maipú, Región Metropolitana, de paso en ésta; doña MARÍA ROSARIO o MARÍA DEL ROSARIO HENRÍQUEZ MEJÍAS, domiciliada en Avenida Los Molles cero trescientos sesenta y tres, comuna Recoleta, Región Metropolitana, de paso en ésta; doña YAMILE ALEJANDRA IMBARACK ARRIAGADA, domiciliada en Alaska mil seiscientos diez, comuna Maipú, Región Metropolitana, de paso en ésta; y don SIMÓN EUGENIO IMBARACK HENRÍQUEZ, domiciliado en Los Hualles, kilómetro 9, de Linares, rectificaron modificación de sociedad que gira bajo razón social “ARRIAGADA Y HENRIQUEZ LIMITADA”, con domicilio en Santiago, capital cien mil pesos; de fecha 26 de julio del año 2021, Repertorio N°2.018, otorgada ante el Notario Público Titular de Linares don Luis Guillermo Álvarez Donoso; La rectificación consiste en lo siguiente: Por error involuntario en la cláusula tercera de la escritura de modificación de sociedad de fecha veintiséis de julio del año dos mil veintiuno, se indicó lo siguiente: A consecuencia de la cesión de derechos sociales de que da cuenta la cláusula precedente, la composición de los socios queda establecida en 59% para la socia doña Yamile Alejandra Imbarack Arriagada, en 40% para la socia doña María Del Rosario Henríquez Mejías, y en 1% para el socio don Simón Eugenio Imbarack Henríquez, debiendo decir: “A consecuencia de la cesión de derechos sociales de que da cuenta la cláusula precedente, la composición de los socios queda establecida en 59% para la socia doña Yamile Alejandra Imbarack Arriagada, en 40% para la socia doña Myriam De Las Mercedes Arriagada Márquez, y en 1% para el socio don Simón Eugenio Imbarack Henríquez”.- En lo no rectificado por escritura que se extracta, permanece vigente pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Linares, 26 de julio de 2022.-

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    ARRIAGADA Y HENRÍQUEZ LIMITADA

    CVE 2799637

  2. MODIFICACIÓN

    ARRIAGADA Y HENRÍQUEZ LIMITADA

    CVE 2307820

  3. MODIFICACIÓN

    ARRIAGADA Y HENRIQUEZ LIMITADA

    CVE 2183185

Corporate relationships

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