Olivares Y Compañía Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$5.000.000
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 13.xxx.xxx-7 | 13.xxx.xxx-7 | 95% | $4.750.000 |
Socio 15.xxx.xxx-4 | 15.xxx.xxx-4 | 5% | $250.000 |
Administrators (2)
Official extract text
JUAN ENRIQUE MELO FIGUEROA, Abogado, Notario Público Interino de Viña del Mar, con oficio en esta comuna, Avenida Libertad 1155-A, certifico: Por escritura de fecha 18 de junio de 2019, ante mí: doña NOEMI DEL CARMEN OLIVARES OLIVARES, chilena, casada, factor de comercio, cédula nacional de identidad número nueve millones trescientos noventa y un mil setecientos ochenta y dos guion cero; don MAURICIO JOSE SAAVEDRA CARVAJAL, chileno, casado, empleado, cédula de identidad para número nueve millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil trescientos treinta y uno guion cinco, ambos domiciliados en Avenida Borgoño número catorce mil seiscientos treinta y cinco, Reñaca, Comuna de Viña del Mar; don LUIS ARTURO PINOCHET MORALES, chileno, soltero, empresario, cédula nacional de identidad número trece millones quinientos cuarenta y cinco mil doscientos setenta y siete guion siete, y don CARLOS ANDRES LOPEZ PEREZ, chileno, soltero, factor de comercio, cédula nacional de identidad número quince millones quinientos cincuenta y siete mil seiscientos cuarenta y seis guion cuatro, ambos domiciliados en Calle Los Conquistadores número mil novecientos sesenta y dos, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; Modificaron “OLIVARES Y COMPAÑÍA LIMITADA”. Modificaciones consisten: Uno.- Se retira de la sociedad la socia doña NOEMI DEL CARMEN OLIVARES OLIVARES, quien vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en el capital social, equivalentes al noventa y cinco por ciento del total de los derechos sociales, a don LUIS ARTURO PINOCHET MORALES, quien compra, adquiere y acepta para sí dichos derechos. Esta cesión se pacta en el precio de dos millones quinientos mil pesos, suma que el cesionario paga al contado en este acto, a entera conformidad del cedente. El cedente y el cesionario renuncian expresamente a la acción resolutoria que pudiere corresponderles en relación con esta cesión de derechos. Dos.- Se retira de la sociedad el socio don MAURICIO JOSE SAAVEDRA CARVAJAL, quien vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en el capital social, equivalentes al cinco por ciento del total de los derechos sociales, a don CARLOS ANDRES LOPEZ PEREZ, quien compra, adquiere y acepta para sí dichos derechos. Esta cesión se pacta en el precio de quinientos mil pesos, suma que el cesionario paga al contado en este acto, a entera conformidad del cedente. El cedente y el cesionario renuncian expresamente a la acción resolutoria que pudiere corresponderles en relación con esta cesión de derechos. A consecuencia de las cesiones de derechos que preceden, don CARLOS ANDRES LOPEZ PEREZ queda con el cinco por ciento del total de los derechos sociales, y don LUIS ARTURO PINOCHET MORALES, con el noventa y cinco por ciento restante. Tres.- Los actuales y únicos socios ratifican que limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Cuatro.- Igualmente, los actuales y únicos socios convienen en modificar la cláusula tercera del pacto social, en el sentido que la administración, uso de la razón social y representación legal de la sociedad corresponderá indistintamente a ambos socios, quienes, anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades y atribuciones, entre ellas las que se señalan a vía ejemplar en la citada cláusula tercera del estatuto social, las que se dan por reproducidas aquí expresamente, una a una, sin limitaciones. Sin perjuicio de lo anterior, las facultades de administración y uso de la razón social, así como la representación legal de la sociedad, podrá ser delegada, total o parcialmente, en una o más personas, sin limitaciones. Cinco.- Los actuales socios, convienen modificar la cláusula de la razón social, en el sentido que la sociedad se denominará “COMERCIAL PIN Y LOP LIMITADA”.-DECLARACIÓN DE CAPITAL : El capital permanecerá no modificado por éste acto, en la suma de cinco millones de pesos, como al momento de la constitución.- En todo lo que no se modifica, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. VIÑA DEL MAR, 27 Junio 2019.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
OLIVARES Y COMPAÑÍA LIMITADA
CVE 1618083
