Limited liability company77.748.113-4

Asesorías HADE Limitada

MODIFICACIÓN — Apr 19, 2024

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2024-04-19View PDF (CVE 2481866)

Corporate information

Ltda
calle Alonso de Córdova N°3788, oficina 33-B
Administration: En caso de ausencia o incapacidad de Evelyn Solange Sepúlveda Soto, podrá actuar individual y separadamente Lily Carmen Gloria Valladares Moyano

Capital

Total capital

$205.015

Paid-in capital

$205.015

Pending capital

$0

Shareholders (2)

NameParticipation

Evelyn Solange Sepúlveda Soto

Socio

99%

Lily Carmen Gloria Valladares Moyano

Socio

1%

Administrators (2)

Corporate history on record

  1. Transfer of rights· March 25, 2024

    Benjamín Ambrosio Salas Urzúa cede el 1% de sus derechos sociales a Lily Carmen Gloria Valladares Moyano

    Benjamín Ambrosio Salas Urzúa · Lily Carmen Gloria Valladares Moyano

  2. Partner withdrew· March 25, 2024

    Benjamín Ambrosio Salas Urzúa se retira como socio de la sociedad

    Benjamín Ambrosio Salas Urzúa

  3. Partner joined· March 25, 2024

    Lily Carmen Gloria Valladares Moyano ingresa como socia de la sociedad

    Lily Carmen Gloria Valladares Moyano

  4. Change of administrator· March 25, 2024

    Se modifica la administración para permitir que Lily Carmen Gloria Valladares Moyano actúe ante la ausencia o incapacidad de Evelyn Solange Sepúlveda Soto

    Evelyn Solange Sepúlveda Soto · Lily Carmen Gloria Valladares Moyano

  5. Capital change· March 25, 2024

    Se sustituye el artículo quinto para reflejar el capital social de $205.015 íntegramente pagado

    Evelyn Solange Sepúlveda Soto · Lily Carmen Gloria Valladares Moyano

Official extract text

Juan Ricardo San Martín Urrejola, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 25 de marzo de 2024, repertorio número 8.857-2024, ante mí don Benjamín Ambrosio Salas Urzúa, Evelyn Solange Sepúlveda Soto, ambos en su calidad de únicos socios, y Lily Carmen Gloria Valladares Moyano, todos domiciliados para estos efectos en calle Alonso de Córdova N°3788, oficina 33 -B, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; modificaron la sociedad ASESORÍAS HADE LIMITADA, inscrita a fojas 18.484, número 8.751 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2023 (la “Sociedad”), en el siguiente sentido: UNO) Don Benjamín Ambrosio Salas Urzúa vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, ascendentes al 1% del capital e interés social, a doña Lily Carmen Gloria Valladares Moyano, quien los adquiere para sí. El precio de la cesión asciende a la suma única y total de $2.050. DOS) Producto de lo anterior, don Benjamín Ambrosio Salas Urzúa se retira como socio de la Sociedad, e ingresa como socia doña Lily Carmen Gloria Valladares Moyano. TRES) Se modifica el párrafo final del artículo séptimo del título tercero, relativo a la administración, en el sentido siguiente, en caso de ausencia o incapacidad de Evelyn Solange Sepúlveda Soto, podrá actuar individual y separadamente Lily Carmen Gloria Valladares Moyano, en los términos que dispone la escritura extractada. CUATRO) Con el objeto de dar cuenta de la cesión de derechos, se sustituyó el artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de doscientos cinco mil quince pesos, íntegramente pagado, aportado e ingresado en arcas sociales por los socios en la siguiente proporción: Doña Evelyn Solange Sepúlveda Soto, aportó la cantidad de doscientos dos mil novecientos sesenta y cinco pesos, equivalente al noventa y nueve por ciento del capital social de la Sociedad; y Lily Carmen Gloria Valladares Moyano aportó la cantidad de dos mil cincuenta pesos, equivalente al uno por ciento del capital social de la Sociedad.” En todo lo no modificado, se mantienen vigentes las demás estipulaciones de los estatutos de la Sociedad, en especial que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Se facultó al portador de copia autorizada de ese extracto para su legalización. Santiago 12 de abril de 2024.

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  1. MODIFICACIÓN

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