Limited liability company77.743.300-8

Medicina Integral Limitada

MODIFICACIÓN — Dec 19, 2024

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2024-12-19View PDF (CVE 2585892)

Corporate information

Ltda
Las Acacias 13 A, Parque Residencial Los LLanos

Capital

Total capital

$800.000

Paid-in capital

$800.000

Pending capital

$0

Shareholders (3)

NameParticipation

SERGIO ANTONIO LOBOS MORAGA

Socio

7.xxx.xxx-4

35%

TEGUALDA LORENA POBLETE ALARCÓN

Socio

9.xxx.xxx-9

35%

SERGIO VICENTE LOBOS POBLETE

Socio

20.xxx.xxx-4

30%

Official extract text

CARLOS CRISTÓBAL AYLWIN DOMINGO, Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Los Andes con asiento en la comuna de San Esteban, con oficio en Avenida Alessandri N° 1609, Local 4-A, de esta comuna, certifico: Que por escritura pública de hoy, repertorio 706-2024, ante mí, don SERGIO ANTONIO LOBOS MORAGA, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, médico cirujano, cédula de identidad número siete millones ochocientos veintiséis mil quinientos veintiséis guion cuatro; doña TEGUALDA LORENA POBLETE ALARCÓN, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, esteticista, cédula de identidad número nueve millones seiscientos sesenta y seis mil trescientos cincuenta y siete guion nueve; don PABLO ANTONIO LOBOS POBLETE, chileno, soltero, ingeniero mecánico, cédula de identidad número dieciocho millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil novecientos sesenta y uno guion dos; doña JOSEFINA ANDREA LOBOS POBLETE, chilena, soltera, médico cirujano, cédula de identidad número diecinueve millones ochocientos cuarenta y dos mil doscientos veintidós guion tres; y don SERGIO VICENTE LOBOS POBLETE, chileno, soltero, estudiante de ingeniería mecánica, cédula de identidad número veinte millones doscientos noventa y ocho mil ciento cincuenta y tres guion cuatro, todos domiciliados en Las Acacias 13 A, Parque Residencial Los LLanos, comuna de Machalí, Región del Libertador Bernardo O’Higgins; modificaron la SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “MEDICINA INTEGRAL LIMITADA", R.U.T. N° 77.743.300-8, inscrita en el registro de Comercio de Rancagua del año 2001 a fojas 141 vuelta, bajo el número 160, en los siguientes aspectos: A.) Se retira de la sociedad la socia doña JOSEFINA ANDREA LOBOS POBLETE, quien vende, cede y transfiere el total de su participación y derechos en la sociedad "MEDICINA INTEGRAL LIMITADA", equivalentes al veintitrés por ciento del capital social a don SERGIO VICENTE LOBOS POBLETE, quien los compra, adquiere y acepta para sí. El precio de esta cesión asciende a la suma de ciento ochenta y cuatro mil pesos, pagados en la forma establecida en la escritura. B.) Se retira de la sociedad el socio don PABLO ANTONIO LOBOS POBLETE, quien vende, cede y transfiere el total de su participación y derechos en la sociedad "MEDICINA INTEGRAL LIMITADA", equivalentes al veinticuatro por ciento del capital social, en la forma que pasa a detallarse. Uno.) Cinco por ciento de los derechos sociales a don SERGIO ANTONIO LOBOS MORAGA, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión de derechos sociales es la cantidad de cuarenta mil pesos, pagados en la forma establecida en la escritura. Dos.) Doce por ciento de los derechos sociales a doña TEGUALDA LORENA POBLETE ALARCÓN, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión de derechos sociales es la cantidad de noventa y seis mil pesos, pagados en la forma establecida en la escritura. Tres.) Siete por ciento de los derechos sociales a don SERGIO VICENTE LOBOS POBLETE, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión de derechos sociales es la cantidad de cincuenta y seis mil pesos, pagados en la forma establecida en la escritura. Únicos y actuales socios introducen la siguiente modificación al pacto social: Modifican el artículo sexto en el sentido que el capital de la sociedad es la cantidad de $800.000 pesos, que se encuentra íntegramente aportado y enterado en dinero efectivo de la siguiente manera: A.) Don SERGIO ANTONIO LOBOS MORAGA, doscientos ochenta mil pesos, equivalente a treinta y cinco por ciento de los derechos sociales; B.) Doña TEGUALDA LORENA POBLETE ALARCON, doscientos ochenta mil pesos, equivalente a treinta y cinco por ciento de los derechos sociales; y C.) Don SERGIO VICENTE LOBOS POBLETE, doscientos cuarenta mil pesos, equivalente a treinta por ciento de los derechos sociales.- En todo lo no modificado rige el pacto social primitivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Esteban, 16 de diciembre de 2024.

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