Canales Fuentes y Cía. Abogados Servicios Profesionales Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
El objeto de la sociedad será la prestación, por cuenta propia o ajena, de servicios profesionales de abogados a personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, incluyendo los servicios legales de representación en todo tipo de procedimientos judiciales, arbitrales, administrativos, aduaneros y de cualquier otra naturaleza, como también la asesoría legal permanente o transaccional a sus clientes en todo tipo de operaciones comerciales y de inversión, y toda otra actividad relacionada a la prestación de esos servicios profesionales.
Capital
Total capital
$1.000.000
Paid-in capital
$1.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 13.xxx.xxx-7 | 13.xxx.xxx-7 | 95% | $950.000 |
Rodrigo Antonio Canales Fuentes Socio 17.xxx.xxx-5 | 17.xxx.xxx-5 | 5% | $50.000 |
Administrators (1)
Official extract text
VERÓNICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente, de la 33a Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos N° 979, oficina 501, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica que: por escritura pública de fecha 7 de noviembre de 2022, bajo el repertorio 22.292-2022, ante mí, Enzo Emilio Canales Fuentes, cédula nacional de identidad N° 13.688.780-7, y Rodrigo Antonio Canales Fuentes, cédula nacional de identidad número 17.301.169-5, ambos domiciliado para estos efectos en Reina Victoria N° 6.433, casa i, comuna de La Reina, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: “Canales Fuentes y Cia Abogados Servicios Profesionales Limitada”. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación, por cuenta propia o ajena, de servicios profesionales de abogados a personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, incluyendo los servicios legales de representación en todo tipo de procedimientos judiciales, arbitrales, administrativos, aduaneros y de cualquier otra naturaleza, como también la asesoría legal permanente o transaccional a sus clientes en todo tipo de operaciones comerciales y de inversión, y toda otra actividad relacionada a la prestación de esos servicios profesionales. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda ejercer sus actividades en cualquier lugar del territorio nacional y en el extranjero. Duración: La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la escritura y tendrá un plazo de duración de tres años, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de ponerle término por medio de escritura pública, de la que se tomará nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio con, a lo menos, seis meses de anticipación a la fecha de expiración del plazo o de cualquiera de sus prórrogas. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de $1.000.000, cantidad que los socios aportaron y pagaron en el acto de constitución, al contado y en dinero en efectivo, en la siguiente proporción: /i/ Enzo Emilio Canales Fuentes aportó y pagó la cantidad de $950.000, equivalente al 95% de los derechos sociales, a entera satisfacción del otro socio y de la sociedad; y /ii/ Rodrigo Antonio Canales Fuentes aportó y pagó la cantidad de $50.000, equivalente al 5% de los derechos sociales, a entera satisfacción del otro socio y de la sociedad. Los socios dieron por íntegramente enterado y pagado el capital. Administración y Uso de la Razón Social: La representación, administración y el uso de la razón social corresponderá a don Enzo Emilio Canales Fuentes, quien anteponiendo la razón social a su nombre y firma, podrá actuar a nombre de la sociedad representándola judicial y extrajudicialmente, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, con las más amplias facultades de administración y disposición. Responsabilidad de los socios limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de noviembre de 2022.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
Canales Fuentes y Cía. Abogados Servicios Profesionales Limitada
CVE 2219239
