Limited liability company77.704.676-4

Romero Izquierdo Abogados Limitada

CONSTITUCIÓN — Jan 5, 2023

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2023-01-05View PDF (CVE 2247244)

Corporate information

Ltda
calle Nueva Tajamar, número 481, oficina 1601
Duration: 4 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará, automática y sucesivamente, por períodos iguales de 4 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio de Santiago; todo ello dentro de los 3 meses anteriores al vencimiento del plazo convenido o de la prórroga que se encuentre en curso
Administration: Administración y uso de la razón social por SERGIO ROMERO GUZMÁN, LEÓN IZQUIERDO LEHMANN, DIEGO CORREA PERRY, ALEJANDRO IZQUIERDO GARCÉS y JUAN FRANCISCO VICUÑA LARRAÍN, actuando separadamente y anteponiendo la razón social a sus respectivas firmas, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos.

Corporate purpose

La prestación de servicios profesionales de asesoría jurídica. La sociedad puede celebrar toda clase de actos y contratos conducentes, que faciliten o que permitan el cumplimiento de su objeto.

Capital

Total capital

$500.000

Paid-in capital

$500.000

Pending capital

$0

Shareholders (5)

NameParticipation

SERGIO ROMERO GUZMÁN

Socio

20%

LEÓN IZQUIERDO LEHMANN

Socio

20%

DIEGO CORREA PERRY

Socio

20%

ALEJANDRO IZQUIERDO GARCÉS

Socio

20%

JUAN FRANCISCO VICUÑA LARRAÍN

Socio

20%

Administrators (5)

SII representatives (2)

Elías Núñez Cáceres

12.xxx.xxx-4Representante

Roxana Osorio Guzmán

13.xxx.xxx-1Representante

Official extract text

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular 36ª Notaría Santiago, oficio en La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia y ciudad de Santiago, certifico: por escritura pública del 26 de diciembre de 2022, ante mí, SERGIO ROMERO GUZMÁN, LEÓN IZQUIERDO LEHMANN, DIEGO CORREA PERRY, ALEJANDRO IZQUIERDO GARCÉS y JUAN FRANCISCO VICUÑA LARRAÍN, todos domiciliados en calle Nueva Tajamar, número 481, oficina 1601, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada denominada “ROMERO IZQUIERDO ABOGADOS LIMITADA”.- Administración y uso de la razón social: SERGIO ROMERO GUZMÁN, LEÓN IZQUIERDO LEHMANN, DIEGO CORREA PERRY, ALEJANDRO IZQUIERDO GARCÉS y JUAN FRANCISCO VICUÑA LARRAÍN, actuando separadamente y anteponiendo la razón social a sus respectivas firmas, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos.- Capital: $500.000.- íntegramente pagado, en el acto de constitución, en dinero efectivo, y que corresponde a los socios de la siguiente manera: a) SERGIO ROMERO GUZMÁN, $100.000, lo que representa el 20% del interés social; b) LEÓN IZQUIERDO LEHMANN, $100.000, lo que representa el 20% del interés social; c) DIEGO CORREA PERRY, $100.000, lo que representa el 20% del interés social; d) ALEJANDRO IZQUIERDO GARCÉS, $100.000, lo que representa el 20% del interés social; y e) JUAN FRANCISCO VICUÑA LARRAÍN, $100.000, lo que representa el 20% del interés social.- Objeto: El objeto de la sociedad es la prestación de servicios profesionales de asesoría jurídica. La sociedad puede celebrar toda clase de actos y contratos conducentes, que faciliten o que permitan el cumplimiento de su objeto.- Duración: 4 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará, automática y sucesivamente, por períodos iguales de 4 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio de Santiago; todo ello dentro de los 3 meses anteriores al vencimiento del plazo convenido o de la prórroga que se encuentre en curso.- Responsabilidad de los socios: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- PODER: Sin que forme parte integrante de los estatutos de ROMERO IZQUIERDO ABOGADOS LIMITADA, en su escritura pública de constitución se otorga poder especial a don Elías Núñez Cáceres, cédula de identidad número 12.906.809-4; y a doña Roxana Osorio Guzmán, cédula de identidad número 13.935.106-1, para que uno cualquiera de ellos represente a ROMERO IZQUIERDO ABOGADOS LIMITADA ante el Servicio de Impuestos Internos, con las más amplias facultades y sin limitación alguna, y con todas las atribuciones determinadas en el artículo 9° del Código Tributario, incluyendo especialmente la facultad para obtener el rol único tributario e iniciar actividades. Todo lo cual se entiende sin perjuicio de la facultad de los administradores de la sociedad, los cuales tienen la calidad de representantes de la misma frente al Servicio de Impuestos Internos. En uso de estas facultades, los apoderados podrán efectuar toda clase de presentaciones, declaraciones o peticiones, modificarlas o desistirse de ellas, presentar formularios, elevar solicitudes y, en general, tramitar ante dicho Servicio todo lo relacionado con materias tributarias. Se deja expresa constancia que los apoderados podrán delegar en todo o parte el presente poder, revocar las delegaciones y reasumir en cualquier momento. Para que la extinción de este poder surta efectos frente al Servicio de Impuestos Internos, deberá comunicársele por escrito. El otorgamiento de los presentes poderes no forma parte del estatuto de la sociedad, por lo que podrá ser revocado por los administradores de la misma, sin cumplir con las solemnidades exigidas en la ley para modificar los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 26 de diciembre de 2022.

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  1. CONSTITUCIÓN

    ROMERO IZQUIERDO ABOGADOS LIMITADA

    CVE 2247244

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