Limited liability company77.696.903-6

Sociedad De Inversiones Y Gastronomía Asturias Limitada

MODIFICACIÓN — Mar 18, 2026

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2026-03-18View PDF (CVE 2784453)

Corporate information

Ltda
calle Manantiales número mil noventa y dos
Administration: La administración y uso de la razón social corresponderá a don Héctor Alejandro Sotomayor Cancino y doña Jeannette del Pilar García Carrillo, quienes actuando en forma separada e indistintamente ejercerán todas y cada una de las facultades que se señalan en la cláusula Sexta de la escritura de constitución.

Capital

Total capital

$5.000.000

Shareholders (3)

NameParticipation

Hector Alejandro Sotomayor Cancino

Socio

10.xxx.xxx-k

50%

Jeannette del Pilar Garcia Carrillo

Socio

10.xxx.xxx-7

40%

Matias Alejandro Sotomayor Garcia

Socio

19.xxx.xxx-6

10%

Administrators (2)

Hector Alejandro Sotomayor Cancino

10.xxx.xxx-kAdministrador

Jeannette del Pilar Garcia Carrillo

10.xxx.xxx-7Administrador

Official extract text

Ministerio del Interior RICARDO MAURICIO SALGADO SEPULVEDA, Notario Público Titular, de la Primera Notaría de Concepción, con oficio en Barros Arana N°989, de la misma comuna, certifico: Por escritura pública de 03 de Marzo de 2026, ante mí, Repertorio Nº1152/2026, por una parte HECTOR ALEJANDRO SOTOMAYOR CANCINO, cédula nacional de identidad número 10.333.499-K, quien comparece por sí y en representación de don MATIAS ALEJANDRO SOTOMAYOR GARCIA, cédula nacional de identidad número 19.332.958-6, ambos domiciliados en calle Manantiales número mil noventa y dos, Chiguayante; JEANNETTE DEL PILAR GARCIA CARRILLO, cédula nacional de identidad número 10.005.853-7 domiciliada en calle Manantiales número mil noventa y dos, Chiguayante; PATRICIO EDUARDO ROSALES STANGER, cédula nacional de identidad 8.692.174-K, domiciliado en Autopista nueve mil local quince B, comuna de Hualpén; JACQUELINE SOLANGE PONCE SCHOITTGE, cédula nacional de identidad número 8.680.008-K, domiciliada en calle Freire número ochocientos tres, Concepción, y PAULINA JACQUELINE ROSALES PONCE, cédula nacional de identidad 19.090.284-6, domiciliado en calle La Capitanía número setenta, departamento mil seiscientos quince, Las Condes, Santiago; todos comparecientes mayores de edad, quienes acreditaron su identidad con sus respectivas cédulas, ya anotadas, y expresan que: modifican la Sociedad de Responsabilidad Limitada, “SOCIEDAD DE INVERSIONES Y GASTRONOMÍA ASTURIAS LIMITADA”, RUT N°77.696.903-6, Capital: $5.000.000, constituida por escritura pública de fecha veintiuno de diciembre del año dos mil veintidós, suscrita ante el Notario Público Titular de la Cuarta Notaria de Talcahuano con asiento en Hualpén, don Ricardo Salgado Sepúlveda, e inscrita a fojas 2141, número 1415, del año 2022 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, en el siguiente sentido: CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES: Uno) Don PATRICIO EDUARDO ROSALES STANGER, titular del diez por ciento de los derechos y acciones en la sociedad, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos y acciones a don HECTOR ALEJANDRO SOTOMAYOR CANCINO quien los acepta para sí. El valor de la cesión es la suma de cuatro millones ochocientos mil pesos, que el cesionario pagará al cedente en cuarenta y ocho cuotas iguales, mensuales y sucesivas de cien mil pesos cada una, los días veinte de cada mes, a contar del mes de marzo del año 2026, en adelante. Dos) Doña JACQUELINE SOLANGE PONCE SHOITTGE, titular del diez por ciento de los derechos y acciones en la sociedad, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos y acciones a doña JEANNETTE DEL PILAR GARCIA CARRILLO quien los acepta para sí. El valor de la cesión es la suma de cuatro millones ochocientos mil pesos, que la cesionaria pagará a la cedente en cuarenta y ocho cuotas iguales, mensuales y sucesivas de cien mil pesos cada una, los días veinte de cada mes, a contar del mes de marzo del año 2026, en adelante. Tres) Doña PAULINA JACQUELINE ROSALES PONCE, titular del treinta por ciento de derechos y acciones de la sociedad, vende, cede y transfiere el cien por ciento de sus derechos y acciones equivalente al treinta por ciento de los derechos y acciones en la sociedad a don HECTOR ALEJANDRO SOTOMAYOR CANCINO quien los acepta para sí. El valor de la cesión es la suma de catorce millones cuatrocientos mil pesos que el cesionario pagará a la cedente en cuarenta y ocho cuotas iguales, mensuales y sucesivas trescientos mil pesos cada una, los días veinte de cada mes, a contar del mes de marzo del año dos mil veintiséis, en adelante. Cuatro) Don MATIAS ALEJANDRO SOTOMAYOR GARCIA titular del treinta por ciento de derechos y acciones de la sociedad, vende, cede y transfiere el sesenta y seis coma seis periódico por ciento de sus derechos y acciones equivalente al veinte por ciento de los derechos y acciones en la sociedad a doña JEANNETTE DEL PILAR GARCIA CARRILLO quien los acepta para sí. El valor de la cesión es la suma de nueve millones seiscientos mil pesos que la cesionaria pagará al cedente en cuarenta y ocho cuotas iguales, mensuales y sucesivas doscientos mil pesos cada una, los días veinte de cada mes, a contar del mes de marzo del año dos mil veintiséis, en adelante. don PATRICIO EDUARDO ROSALES STANGER, doña JACQUELINE SOLANGE PONCE SHOITTGE, y doña PAULINA JACQUELINE ROSALES PONCE, dejan de ser socios de la sociedad. Conforme a lo señalado, los únicos socios de la sociedad y sus respectivos porcentajes en la misma, son los siguientes: a) don HÉCTOR ALEJANDRO SOTOMAYOR CANCINO titular de un cincuenta por ciento de las acciones y derechos en la sociedad; b) doña JEANNETTE DEL PILAR GARCÍA CARRILLO titular de un cuarenta por ciento de las acciones y derechos en la sociedad; y; c) don MATIAS ALEJANDRO SOTOMAYOR GARCÍA titular de un diez por ciento de las acciones y derechos en la sociedad. ADMINISTRACIÓN: La administración y uso de la razón social, corresponderá a don Héctor Alejandro Sotomayor Cancino y doña Jeannette del Pilar García Carrillo, quienes actuando en forma separada e indistintamente, ejercerán todas y cada una de las facultades que se señalan en la cláusula Sexta de la escritura de constitución de la sociedad. En todo lo demás no modificado por este instrumento quedan vigentes las estipulaciones del estatuto social con sus modificaciones. CONCEPCION, 06 de Marzo de 2026.-

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