Asesorías Tributarias Wmg Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$1.000.000
Paid-in capital
$1.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 10.xxx.xxx-2 | 10.xxx.xxx-2 | 69% | $690.000 |
ALEJANDRO JONATHAN VALENZUELA MUÑOZ Socio 13.xxx.xxx-8 | 13.xxx.xxx-8 | 1% | $10.000 |
Socio 20.xxx.xxx-8 | 20.xxx.xxx-8 | 30% | $300.000 |
Corporate history on record
- Transfer of rights
FELIPE ANDRÉS ROSSÉ INFANTE cede el 30% de sus derechos sociales a MARTINA ROSSÉ VICUÑA
Official extract text
FELIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaria de Santiago, con domicilio en Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, Uno) Don FELIPE ANDRÉS ROSSÉ INFANTE, cédula nacional de identidad número diez millones seiscientos sesenta y siete mil seiscientos noventa y nueve guion dos; Dos) Don ALEJANDRO JONATHAN VALENZUELA MUÑOZ, cédula nacional de identidad número trece millones cuatrocientos ochenta y tres mil novecientos noventa y ocho guion ocho; y Tres) Doña MARTINA ROSSÉ VICUÑA, cédula nacional de identidad número veinte millones doscientos ochenta y tres mil doscientos sesenta y dos guion ocho, todos domiciliados, para estos efectos, en calle Cerro El Plomo número cinco mil cuatrocientos veinte, oficina mil ciento cinco, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; quienes modifican la sociedad “ASESORÍAS TRIBUTARIAS WMG LIMITADA”, Rol único Tributario número 77.656.062-6, cuyo capital estatutario es de $1.000.000 pesos totalmente suscrito y pagado, e inscrita a fojas 80.857, Nº 35.380 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2022, en lo siguiente: Uno. El socio don FELIPE ANDRÉS ROSSÉ INFANTE vende, cede y transfiere el 30% de los derechos sociales de que es dueño en “ASESORÍAS TRIBUTARIAS WMG LIMITADA”, a doña MARTINA ROSSÉ VICUÑA. Comparecen a este acto, la totalidad de los socios de la Sociedad quienes aceptan pura y simplemente la cesión de derechos sociales previamente realizadas. Dos. Producto de lo anterior, los actuales y únicos socios vienen en modificar la CLÁUSULA QUINTO de los estatutos sociales, relativo al CAPITAL, y se reemplazó por la siguiente nueva cláusula: ““ARTÍCULO QUINTO: El capital social es la suma de un millón de pesos, que los socios aportan y pagan a la caja social del modo siguiente: i) Don FELIPE ANDRÉS ROSSÉ INFANTE aportó la suma de seiscientos noventa mil pesos equivalentes al sesenta y nueve por ciento del capital social; ii) Don ALEJANDRO JONATHAN VALENZUELA MUÑOZ aportó la suma de diez mil pesos equivalentes al uno por ciento del capital social y; iii) Doña MARTINA ROSSÉ VICUÑA, aportó la suma de trescientos mil pesos equivalentes al treinta por ciento del capital social. En consecuencia, el capital social se encuentra íntegramente pagado”. Los socios de la Sociedad limitan su responsabilidad al capital efectivamente aportado. En todo lo no modificado, permanecen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 30 de Agosto de 2023. Félix Jara Cadot. N.P.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
ASESORÍAS TRIBUTARIAS WMG LIMITADA
CVE 2378961
