Sociedad Medica Omc Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
la prestación de servicios médicos en el área de la traumatología y dermatología; la promoción y asesorías médicas; la docencia e investigación en salud; la celebración de contratos o convenios con instituciones, solicitar créditos financieros; la participación en sociedades de cualquier tipo y administrar los recursos sociales
Capital
Total capital
$1.000.000
Paid-in capital
$1.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
JOAQUÍN RODRIGO ORIZOLA GOLDZVEIG Socio | - | 50% | $500.000 |
Socio | - | 50% | $500.000 |
Administrators (2)
JOAQUÍN RODRIGO ORIZOLA GOLDZVEIG
Official extract text
MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular 27° Notaria de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, señores JOAQUÍN RODRIGO ORIZOLA GOLDZVEIG y MARÍA ELENA Mc NAB CASTRO, ambos domiciliados en calle Santiago Rosas Número dos mil setecientos setenta y tres, Casa 48, Osorno, de paso en ésta, constituyen sociedad denominada “SOCIEDAD MEDICA OMC LIMITADA”, la que podrá utilizar como nombre de fantasía, para todos los efectos legales, el de “Sociedad Médica OMC LTDA.”. La sociedad tiene su domicilio en Santiago. El objeto de la sociedad es la prestación de servicios médicos en el área de la traumatología y dermatología; la promoción y asesorías médicas; la docencia e investigación en salud; la celebración de contratos o convenios con instituciones, solicitar créditos financieros; la participación en sociedades de cualquier tipo y administrar los recursos sociales. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000 que los socios aportan en partes iguales, que cada uno entera con $500.000 de contado. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán indistintamente a cualquiera de los socios. Sociedad rige desde hoy hasta el 31 de diciembre de 2025, plazo prorrogable tácita, automática y sucesivamente por períodos de cinco años cada uno, mientras ningún socio no señale su voluntad de ponerle fin al vencimiento del período original o de alguna de las prórrogas, para lo cual deberá dar aviso por escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento respectivo. Demás disposiciones en escritura extractada. SANTIAGO, 17 de agosto de 2022.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD MEDICA OMC LIMITADA
CVE 2178409
