Inmobiliaria E Inversiones Alicanto Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
a) la inversión en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, acciones, bonos, letras de crédito, debentures, cuotas, derechos reales y/o personales, valores mobiliarios, efectos de comercio y en cualquier otro título de crédito o de inversión, comprendiéndose su adquisición, enajenación, administración, y la percepción de sus frutos y rentas; b) la adquisición, enajenación, arrendamiento concesión, administración y explotación, a cualquier título de todo tipo de inmuebles, urbanos, mineros y/o agrícolas; c) la compra, venta importación, exportación, producción, elaboración, fabricación, manufacturación, comercialización, distribución, explotación en cualquier forma de toda clase de productos, subproductos, e insumos y sus derivados, ya sean de naturaleza agrícola, ganadera, forestal, pesquera y/o minera; d) la prestación de toda clase de servicios, especialmente servicios de administración, informática, computación y procesamiento automático de datos, ya sea por cuenta propia o ajena; el estudio, planificación, proyección, gestión, ejecución, coordinación, supervisión y asesoría técnica y profesional, comercial y financiera, en todo tipo de negocios y proyectos obras materiales e inmateriales; e) la formación y/o incorporación en toda clase de sociedades, comunidades y asociaciones de todo tipo o naturaleza; f) la representación o agencia de toda clase de empresas o sociedades nacionales o extranjeras. La sociedad podrá desarrollar las actividades antes indicadas actuando por cuenta propia o ajena.
Capital
Total capital
$20.000.000
Paid-in capital
$12.000.000
Pending capital
$8.000.000
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
SEBASTIÁN ALONSO CASTILLO GÁLVEZ Socio | - | 10% | $2.000.000 |
JONATHAN ALEXANDER CASTILLO GÁLVEZ Socio | - | 10% | $2.000.000 |
AMÉRICO JUAN CASTILLO AVENDAÑO Socio | - | 80% | $16.000.000 |
Administrators (1)
AMERICO JUAN CASTILLO AVENDAÑO
Official extract text
RUBEN REINOSO HERRERA, Abogado, Notario Público Titular, 4ta Notaría de La Serena, Cordovez 405, certifica: Por escritura pública de fecha 16-06-2022, ante el notario suplente Gonzalo Oñate Miranda, de esta Notaria, JONATHAN ALEXANDER CASTILLO GÁLVEZ; SEBASTIÁN ALONSO CASTILLO GÁLVEZ y AMÉRICO JUAN CASTILLO AVENDAÑO, todos domiciliados en Pasaje J número 423, Tierras blancas, Coquimbo, constituyen sociedad de responsabilidad limitada, cuyo nombre o razón social de la Sociedad es "INMOBILIARIA E INVERSIONES ALICANTO LIMITADA ", la que podrá actuar y funcionar, inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía “INVERSIONES ALICANTO LTDA.”.- Objeto: a) la inversión en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, acciones, bonos, letras de crédito, debentures, cuotas, derechos reales y/o personales, valores mobiliarios, efectos de comercio y en cualquier otro título de crédito o de inversión, comprendiéndose su adquisición, enajenación, administración, y la percepción de sus frutos y rentas; b) la adquisición, enajenación, arrendamiento concesión, administración y explotación, a cualquier título de todo tipo de inmuebles, urbanos, mineros y/o agrícolas; c) la compra, venta importación, exportación, producción, elaboración, fabricación, manufacturación, comercialización, distribución, explotación en cualquier forma de toda clase de productos, subproductos, e insumos y sus derivados, ya sean de naturaleza agrícola, ganadera, forestal, pesquera y/o minera; d) la prestación de toda clase de servicios, especialmente servicios de administración, informática, computación y procesamiento automático de datos , ya sea por cuenta propia o ajena; el estudio, planificación, proyección, gestión, ejecución, coordinación, supervisión y asesoría técnica y profesional, comercial y financiera, en todo tipo de negocios y proyectos obras materiales e inmateriales; e) la formación y/o incorporación en toda clase de sociedades, comunidades y asociaciones de todo tipo o naturaleza; f) la representación o agencia de toda clase de empresas o sociedades nacionales o extranjeras. La sociedad podrá desarrollar las actividades antes indicadas actuando por cuenta propia o ajena. Domicilio: comuna y ciudad de Coquimbo, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. Duración: 10 años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 10 años, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente.- Capital: $20.000.000, que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: A) SEBASTIÁN ALONSO CASTILLO GÁLVEZ se obliga a enterar la suma de $2.000.000, equivalentes al 10% del capital social, de los cuales entera en este acto $1.000.000 de contado y en dinero efectivo que han ingresado a la caja social, y el saldo lo enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del plazo de 5 años contado desde la fecha de esta escritura y en la medida que lo requieran las necesidades sociales; B) JONATHAN ALEXANDER CASTILLO GÁLVEZ, se obliga a enterar la suma de $2.000.000, equivalentes al 10% del capital social, de los cuales entera en este acto $1.000.000 de contado y en dinero efectivo que han ingresado a la caja social y el saldo lo enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del plazo de 5 años contado desde la fecha de esta escritura y en la medida que lo requieran las necesidades sociales; y C) AMÉRICO JUAN CASTILLO AVENDAÑO se obliga a enterar la suma de $16.000.000, equivalentes al 80% del capital social, de los cuales entera en este acto $10.000.000 de contado y en dinero efectivo que han ingresado a la caja social y el saldo lo enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del plazo de 5 años contado desde la fecha de esta escritura y en la medida que lo requieran las necesidades sociales. Administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá en forma exclusiva y excluyente al socio AMERICO JUAN CASTILLO AVENDAÑO, con las más amplias facultades señaladas en clausula séptima escritura social. Demás estipulaciones consta en escritura extractada. La Serena, 22 de julio de 2022.
Corporate information
Corporate purpose
a) la inversión en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, acciones, bonos, letras de crédito, debentures, cuotas, derechos reales y/o personales, valores mobiliarios, efectos de comercio y en cualquier otro título de crédito o de inversión comprendiéndose su adquisición, enajenación, administración, y la percepción de sus frutos y rentas; b) la adquisición, enajenación, arrendamiento concesión, administración y explotación, a cualquier título de todo tipo de inmuebles, urbanos, mineros y/o agrícolas; c) la compra, venta importación, exportación, producción, elaboración, fabricación, manufacturación, comercialización, distribución, explotación en cualquier forma de toda clase de productos, subproductos, e insumos y sus derivados, ya sean de naturaleza agrícola, ganadera, forestal, pesquera y/o minera; d) la prestación de toda clase de servicios, especialmente servicios de administración, informática, computación y procesamiento automático de datos , ya sea por cuenta propia o ajena; el estudio, planificación, proyección, gestión, ejecución, coordinación, supervisión y asesoría técnica y profesional, comercial y financiera, en todo tipo de negocios y proyectos obras materiales e inmateriales; e) la formación y/o incorporación en toda clase de sociedades, comunidades y asociaciones de todo tipo o naturaleza; f) la representación o agencia de toda clase de empresas o sociedades nacionales o extranjeras. La sociedad podrá desarrollar las actividades antes indicadas actuando por cuenta propia o ajena
Capital
Total capital
$20.000.000
Paid-in capital
$12.000.000
Pending capital
$8.000.000
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
SEBASTIÁN ALONSO CASTILLO GÁLVEZ Socio | - | 50% | $2.000.000 |
JONATHAN ALEXANDER CASTILLO GÁLVEZ Socio | - | 50% | $2.000.0000 |
AMÉRICO JUAN CASTILLO AVENDAÑO Socio | - | 50% | $18.000.000 |
Administrators (1)
AMERICO JUAN CASTILLO AVENDAÑO
Official extract text
GONZALO OÑATE MIRANDA, abogado, Notario Público suplente, del titular Ruben Reinoso Herrera, 4ta notaría de La Serena, Cordovez 405, certifica: Por escritura pública de fecha de hoy, ante mí Rep. 4929-2022, JONATHAN ALEXANDER CASTILLO GÁLVEZ; SEBASTIÁN ALONSO CASTILLO GÁLVEZ, y AMÉRICO JUAN CASTILLO AVENDAÑO, todos domiciliados en Pasaje J número 423, Tierras blancas, Coquimbo, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada denominada INMOBILIARIA E INVERSIONES ALICANTO LIMITADA, pudiendo actuar con el nombre de fantasía, ante bancos o instituciones públicas y privadas, con el nombre de fantasía de INVERSIONES ALICANTO LTDA.- Capital: $20.000.000.- que los constituyentes aportan por iguales partes de la siguiente forma: a).- SEBASTIÁN ALONSO CASTILLO GÁLVEZ se obliga a enterar la suma de $2.000.000 de los cuales entera en este acto $1.000.000 de contado y en dinero efectivo que han ingresado a la caja social, y el saldo lo enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del plazo de 5 años contado desde la fecha de esta escritura y en la medida que lo requieran las necesidades sociales; b) JONATHAN ALEXANDER CASTILLO GÁLVEZ, se obliga a enterar la suma de $2.000.0000, de los cuales entera en este acto $1.000.000 de contado y en dinero efectivo que han ingresado a la caja social y el saldo lo enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del plazo de 5 años contado desde la fecha de esta escritura y en la medida que lo requieran las necesidades sociales; y C) AMÉRICO JUAN CASTILLO AVENDAÑO se obliga a enterar la suma de $18.000.000, de los cuales entera en este acto $10.000.000 de contado y en dinero efectivo que han ingresado a la caja social y el saldo lo enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del plazo de 5 años contado desde la fecha de esta escritura y en la medida que lo requieran las necesidades sociales;. Objeto: a) la inversión en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, acciones, bonos, letras de crédito, debentures, cuotas, derechos reales y/o personales, valores mobiliarios, efectos de comercio y en cualquier otro título de crédito o de inversión comprendiéndose su adquisición, enajenación, administración, y la percepción de sus frutos y rentas; b) la adquisición, enajenación, arrendamiento concesión, administración y explotación, a cualquier título de todo tipo de inmuebles, urbanos, mineros y/o agrícolas; c) la compra, venta importación, exportación, producción, elaboración, fabricación, manufacturación, comercialización, distribución, explotación en cualquier forma de toda clase de productos, subproductos, e insumos y sus derivados, ya sean de naturaleza agrícola, ganadera, forestal, pesquera y/o minera; d) la prestación de toda clase de servicios, especialmente servicios de administración, informática, computación y procesamiento automático de datos , ya sea por cuenta propia o ajena; el estudio, planificación, proyección, gestión, ejecución, coordinación, supervisión y asesoría técnica y profesional, comercial y financiera, en todo tipo de negocios y proyectos obras materiales e inmateriales; e) la formación y/o incorporación en toda clase de sociedades, comunidades y asociaciones de todo tipo o naturaleza; f) la representación o agencia de toda clase de empresas o sociedades nacionales o extranjeras. La sociedad podrá desarrollar las actividades antes indicadas actuando por cuenta propia o ajena Domicilio: Será la ciudad de La Serena, sin perjuicio sucursales resto país o extranjero. Duración: será de 10 años contados desde la fecha de esta escritura. Administración y Uso Razón Social: administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá en forma exclusiva y excluyente al socio don AMERICO JUAN CASTILLO AVENDAÑO, amplias facultades clausula séptima escritura extractada. Demás estipulaciones escritura extractada. La Serena, 16 de junio de 2022.
Corporate information
Official extract text
RUBEN REINOSO HERRERA, Abogado, Notario Público titular, 4ta notaría de La Serena, Cordovez 405, certifica: Por escritura pública ante mí de fecha de hoy, ante mí, repertorio 2582-2022; PATRICIO HERNAN JEREZ GUTIÉRREZ, abogado, RUT 14.310.691-8, debidamente facultado, rectifica escritura de rectificación, suscrita con fecha tres de marzo del presente año, ante Notario Público de La Serena, don RUBÉN REINOSO HERRERA, anotada bajo el repertorio número mil cuatrocientos setenta guión dos mil veintidós del repertorio, en lo siguiente: Donde dice: “INMOBILIARIA E INVERSIONES ALICANTO LIMITADA” debe decir: “SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES ALICANTO LIMITADA. Asimismo, se rectifica el extracto de publicación de la escritura de constitución, CVE 2095866, Diario Oficial de fecha 05 de marzo de 2022; donde dice: “Duración: será de 10 años contados desde la fecha de esta escritura.”, debe decir: “Duración: será de 10 años contados desde la fecha de esta escritura, prorrogable en la forma señalada en la escritura social”. La Serena, 31 de marzo del año 2022.
Corporate information
Capital
Total capital
$22.000.000
Legal representation (1)
PATRICIO HERNAN JEREZ GUTIÉRREZ
Official extract text
RUBEN REINOSO HERRERA, Notario Público de la cuarta notaría de La Serena, Cordovez 405, La Serena, certifica: Por escritura pública ante mí de fecha de hoy, ante mí, repertorio 2234-2022; PATRICIO HERNAN JEREZ GUTIÉRREZ, abogado, RUT 14.310.691-8, debidamente facultado, rectifica cláusula QUINTA de escritura de constitución de INMOBILIARIA E INVERSIONES ALICANTO LIMITADA O INVERSIONES ALICANTO LTDA, suscrita con fecha 24-02-2021, ante Notario Público de La Serena, don RUBÉN REINOSO HERRERA, anotada bajo el repertorio número mil cuatrocientos setenta guión dos mil veintidós del repertorio, en lo siguiente: Donde dice: “QUINTO: El capital de la Sociedad es la cantidad de VEINTE MILLONES DE PESOS”, debe decir “QUINTO: El capital de la Sociedad es la cantidad de VEINTIDOS MILLONES DE PESOS”. En los aportes personales de cada socio no hay modificaciones. La Serena, 22 de marzo del año 2022.-
Corporate information
Corporate purpose
La inversión en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, acciones, bonos, letras de crédito, debentures, cuotas, derechos reales y/o personales, valores mobiliarios, efectos de comercio y en cualquier otro título de crédito o de inversión, comprendiéndose su adquisición, enajenación, administración, y la percepción de sus frutos y rentas; la adquisición, enajenación, arrendamiento concesión, administración y explotación, a cualquier título de todo tipo de inmuebles, urbanos, mineros y/o agrícolas; la compra, venta importación, exportación, producción, elaboración, fabricación, manufacturación, comercialización, distribución, explotación en cualquier forma de toda clase de productos, subproductos, e insumos y sus derivados, ya sean de naturaleza agrícola, ganadera, forestal, pesquera y/o minera; la prestación de toda clase de servicios, especialmente servicios de administración, informática, computación y procesamiento automático de datos, ya sea por cuenta propia o ajena; el estudio, planificación, proyección, gestión, ejecución, coordinación, supervisión y asesoría técnica y profesional, comercial y financiera, en todo tipo de negocios y proyectos obras materiales e inmateriales; la formación y/o incorporación en toda clase de sociedades, comunidades y asociaciones de todo tipo o naturaleza; la representación o agencia de toda clase de empresas o sociedades nacionales o extranjeras. La sociedad podrá desarrollar las actividades antes indicadas actuando por cuenta propia o ajena.
Capital
Total capital
$20.000.000
Paid-in capital
$12.000.000
Pending capital
$8.000.000
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
SEBASTIÁN ALONSO CASTILLO GÁLVEZ Socio 17.xxx.xxx-8 | 17.xxx.xxx-8 | - | $2.000.000 |
JONATHAN ALEXANDER CASTILLO GÁLVEZ Socio 16.xxx.xxx-5 | 16.xxx.xxx-5 | - | $2.000.000 |
AMÉRICO JUAN CASTILLO AVENDAÑO Socio 10.xxx.xxx-7 | 10.xxx.xxx-7 | - | $18.000.000 |
Administrators (1)
AMERICO JUAN CASTILLO AVENDAÑO
Official extract text
RUBEN REINOSO HERRERA, Notario Público de la cuarta notaría de La Serena, Cordovez 405, La Serena, certifica: Por escritura pública ante mí de fecha 24 de febrero del presente año, 2022 Rep. 1470-2022. JONATHAN ALEXANDER CASTILLO GÁLVEZ, chileno, soltero, industrial minero, cédula nacional de identidad número dieciséis millones trescientos seis novecientos siete guión cinco; don SEBASTIÁN ALONSO CASTILLO GÁLVEZ, chileno, soltero, industrial minero, cédula nacional de identidad número diecisiete millones setecientos veintidós mil quinientos setenta y tres guión ocho; y don AMÉRICO JUAN CASTILLO AVENDAÑO, chileno, soltero , industrial minero, cédula nacional de identidad número diez millones novecientos cincuenta y ocho mil novecientos veintiuno guión siete, todos domiciliados en Pasaje J número cuatrocientos veintitrés, Tierras blancas, Coquimbo, constituyeron INMOBILIARIA E INVERSIONES ALICANTO LIMITADA, pudiendo actuar con el nombre de fantasía, ante bancos o instituciones públicas y privadas, con el nombre de fantasía de INVERSIONES ALICANTO LTDA.- Capital: $20.000.000.- que los constituyentes aportan por iguales partes de la siguiente forma: a).- SEBASTIÁN ALONSO CASTILLO GÁLVEZ se obliga a enterar la suma de dos millones de pesos de los cuales entera en este acto un millón de pesos de contado y en dinero efectivo que han ingresado a la caja social, y el saldo lo enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del plazo de cinco años contado desde la fecha de esta escritura y en la medida que lo requieran las necesidades sociales; b) JONATHAN ALEXANDER CASTILLO GÁLVEZ, se obliga a enterar la suma de dos millones de pesos, de los cuales entera en este acto un millón de pesos de contado y en dinero efectivo que han ingresado a la caja social y el saldo lo enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del plazo de cinco años contado desde la fecha de esta escritura y en la medida que lo requieran las necesidades sociales; y C)Don AMÉRICO JUAN CASTILLO AVENDAÑO se obliga a enterar la suma de diez y ocho millones de Pesos, de los cuales entera en este acto diez millones de pesos de contado y en dinero efectivo que han ingresado a la caja social y el saldo lo enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del plazo de cinco años contado desde la fecha de esta escritura y en la medida que lo requieran las necesidades sociales;. Objeto: a) la inversión en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, acciones, bonos, letras de crédito, debentures, cuotas, derechos reales y/o personales, valores mobiliarios, efectos de comercio y en cualquier otro título de crédito o de inversión, comprendiéndose su adquisición, enajenación, administración, y la percepción de sus frutos y rentas; b) la adquisición, enajenación, arrendamiento concesión, administración y explotación, a cualquier título de todo tipo de inmuebles, urbanos, mineros y/o agrícolas; c) la compra, venta importación, exportación, producción, elaboración, fabricación, manufacturación, comercialización, distribución, explotación en cualquier forma de toda clase de productos, subproductos, e insumos y sus derivados, ya sean de naturaleza agrícola, ganadera, forestal, pesquera y/o minera; d) la prestación de toda clase de servicios, especialmente servicios de administración, informática, computación y procesamiento automático de datos , ya sea por cuenta propia o ajena; el estudio, planificación, proyección, gestión, ejecución, coordinación, supervisión y asesoría técnica y profesional, comercial y financiera, en todo tipo de negocios y proyectos obras materiales e inmateriales; e) la formación y/o incorporación en toda clase de sociedades, comunidades y asociaciones de todo tipo o naturaleza; f) la representación o agencia de toda clase de empresas o sociedades nacionales o extranjeras. La sociedad podrá desarrollar las actividades antes indicadas actuando por cuenta propia o ajena Domicilio: Será la ciudad de La Serena, sin perjuicio sucursales resto país o extranjero. Duración: será de 10 años contados desde la fecha de esta escritura. Administración y Uso Razón Social: administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá en forma exclusiva y excluyente al socio don AMERICO JUAN CASTILLO AVENDAÑO. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. La Serena, 02 de marzo de 2021.
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CVE 2104204
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