Constructora Nueva Quilicura SpA
Diario Oficial
Corporate information
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Accionista 77.193.892-2 | 77.193.892-2 | - | - |
Accionista 76.876.889-7 | 76.876.889-7 | - | - |
Accionista 6.xxx.xxx-0 | 6.xxx.xxx-0 | - | - |
Official extract text
EDUARDO DIEZ MORELLO, notario público titular de la Trigésimo Cuarta Notaría de Santiago, domiciliado en Luis Thayer Ojeda trescientos cincuenta y nueve, comuna de Providencia, Santiago, que con fecha 30 de agosto de 2023, Repertorio 14.823/2023, ante mí, se suscribió escritura pública de Modificación de sociedad Constructora Nueva Quilicura SpA en virtud de la cual por unanimidad de los accionistas, esto es, Inmobiliaria Circular SpA, RUT 77.193.892-2; Inversiones Enriqueta SpA, RUT 76.876.889-7; y don Oscar Mario Lorca Fredes, RUT 6.418.595-0, todos con domicilio Av. Apoquindo 3200, piso 2, Las Condes, Región Metropolitana, se acordó modificar los estatutos sociales en el sentido de cambiar el Titulo Tercero: De la Administración Social.- Artículo Séptimo, que quedó del siguiente tenor: “La administración, uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá a dos cualquiera de los apoderados, sin distinción alguna entre apoderados de clase A y clase B. Es decir, todos los apoderados serán de la única y misma clase. De este modo, dos cualquiera de los ocho apoderados, sin distinción alguna, deberán actuar conjuntamente anteponiendo sus firmas a la razón social, para representar a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, sin limitación alguna, ante cualquier persona natural o jurídica, autoridades civiles, judiciales, administrativas o municipales, instituciones u organismos fiscales, semifiscales u otras entidades de la administración pública y podrán ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos propios del giro de la Sociedad y los que sean necesarios o conducentes al cumplimiento de su objeto, todos los cuales se describen en el Artículo Octavo de los estatutos sociales. Asimismo, los administradores podrán designar uno o más gerentes o subgerentes y delegar todas o parte de sus facultades en ellos, en abogados de la Sociedad y, para objetos especialmente determinados, en otras personas, permaneciendo en todo caso, como responsables de la administración de la Sociedad, ante ella y sus Accionistas. Los administradores podrán ser remunerados por el desempeño de su función y en tal caso, la remuneración es fijada anualmente por los Accionistas que representen a lo menos, la mayoría simple de las acciones emitidas con derecho a voto”. Cada una de las facultades se encuentran contenidas en escritura extractada. De igual forma, las demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 11 de septiembre de 2023.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
Constructora Nueva Quilicura SpA
CVE 2378626
