Limited liability company77.504.323-7

Sociedad Contreras Y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — Jun 25, 2026

Tax information (SII)

Entity type

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Company subtype

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Start of activities

No start of activities reported by the SII

Economic activities

No economic activities registered in the SII

Stamped documents

No stamped documents registered in the SII

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2026-06-25View PDF (CVE 2830106)

Corporate information

Ltda
Bulnes, Ñuble

Shareholders (2)

NameParticipation

IVY ANDREA CONTRERAS VILLAMIZAR

Socio

25.xxx.xxx-1

99%

SALOMON SAGAL CONTRERAS

Socio

26.xxx.xxx-8

1%

Official extract text

Ministerio del Interior Rodrigo Orlando Cantuarias Costa, Abogado, Notario Público Titular, de la segunda Notaria de Los Ángeles, y su territorio jurisdiccional, domiciliado en calle Lautaro número doscientos setenta y nueve, de esta ciudad, Certifico que por escritura pública celebrada hoy ante mí, comparecieron doña IVY ANDREA CONTRERAS VILLAMIZAR, de nacionalidad Colombiana, cédula de identidad para extranjero N° 25.923.363-1, domiciliada en calle Bulnes N° 280, de la ciudad de Los Angeles, doña GABRIELA SOLEDAD GOMEZ GONZALEZ, de nacionalidad chilena, cédula de identidad N° 18.668.443-5, domiciliada en calle Lientur N° 250, de la comuna de Quilleco, de paso en esta; y don SALOMON SALGAR CONTRERAS, de nacionalidad colombiano, cédula de identidad para extranjero N° 26.538.824-8, domiciliado en calle Bulnes N° 280 de la ciudad de Los Angeles, mayores de edad, quienes acreditaron sus identidades con las cédulas anotadas y expusieron que: Modificaron sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD CONTRERAS Y COMPAÑÍA LIMITADA” o “RESPISUEÑO LTDA.”, Rol único tributario N° 77.504.323-7, cuyo extracto se inscribió a fojas trescientos veintiocho número ciento ochenta y seis en el Registro de Comercio del año dos mil veintitrés; y que por este acto vinieron en modificar la cláusula quinta de la escritura pública celebrada con fecha nueve de mayo del año dos mil veintitrés, en el siguiente sentido: Que doña GABRIELA SOLEDAD GOMEZ GONZALEZ, vendió, cedió y transfirió el cien por ciento de sus derechos sociales, equivalentes al uno por ciento del haber social de “SOCIEDAD CONTRERAS Y COMPAÑÍA LIMITADA” o “RESPISUEÑO LTDA.” a don SALOMON SALGAR CONTRERAS, quien compró, aceptó y adquirió para sí, quedando como únicos socios de la “SOCIEDAD CONTRERAS Y COMPAÑÍA LIMITADA” o “RESPISUEÑO LTDA.”: a).- Doña IVY ANDREA CONTRERAS VILLAMIZAR, con el noventa y nueve por ciento del haber social, y b).- Don SALOMON SAGAR CONTRERAS, con el uno por ciento del haber social. Se mantiene la sociedad en todo lo demás que no ha sido modificado por los socios. Demás estipulaciones en escritura extractada”. Los Ángeles, diez de Junio 2026.

AmendmentDiario Oficial · 2023-05-19View PDF (CVE 2316170)

Corporate information

Ltda
calle Darío Barrueto número doscientos setenta y dos
Duration: DOS años contados desde la fecha de la presente escritura, prorrogable automática y sucesivamente por períodos iguales de UN AÑO
Administration: Corresponderá única y exclusivamente a la socia doña IVY ANDREA CONTRERAS VILLAMIZAR, quién actuando en forma separada y anteponiendo la razón social a su firma, la obligará y representará con las más amplias facultades de administración

Corporate purpose

A) SERVICIOS DE MÉDICOS PRESTADOS DE FORMA INDEPENDIENTE; y B) Cualquier otra que los socios acordaren y que esté directa o indirectamente relacionada con el giro principal.

Capital

Total capital

$5.000.000

Paid-in capital

$3.050.000

Pending capital

$2.000.000

Shareholders (2)

NameParticipation

IVY ANDREA CONTRERAS VILLAMIZAR

Socio

25.xxx.xxx-1

99%

GABRIELA SOLEDAD GÓMEZ GONZÁLEZ

Socio

77.504.323-7

1%

Administrators (1)

IVY ANDREA CONTRERAS VILLAMIZAR

25.xxx.xxx-1Administrador

Corporate history on record

  1. Transfer of rights· May 9, 2023

    IVY ANDREA CONTRERAS VILLAMIZAR cede el 1% de su participación a GABRIELA SOLEDAD GÓMEZ GONZÁLEZ.

    IVY ANDREA CONTRERAS VILLAMIZAR · GABRIELA SOLEDAD GÓMEZ GONZÁLEZ

  2. Transformation· May 9, 2023

    La empresa individual se transforma en una sociedad de responsabilidad limitada denominada SOCIEDAD CONTRERAS Y COMPAÑIA LIMITADA.

    IVY ANDREA CONTRERAS VILLAMIZAR · GABRIELA SOLEDAD GÓMEZ GONZÁLEZ

  3. Name change· May 9, 2023

    La sociedad adopta el nombre SOCIEDAD CONTRERAS Y COMPAÑIA LIMITADA y la fantasía RESPISUEÑO LTDA.

    IVY ANDREA CONTRERAS VILLAMIZAR · GABRIELA SOLEDAD GÓMEZ GONZÁLEZ

  4. Capital change· May 9, 2023

    Se fija un capital social de $5.000.000, con $3.050.000 enterados y $2.000.000 pendientes.

    IVY ANDREA CONTRERAS VILLAMIZAR · GABRIELA SOLEDAD GÓMEZ GONZÁLEZ

  5. Change of administrator· May 9, 2023

    La administración queda a cargo exclusiva de IVY ANDREA CONTRERAS VILLAMIZAR.

    IVY ANDREA CONTRERAS VILLAMIZAR

Official extract text

JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, ABOGADO, NOTARIO PUBLICO TITULAR DE LA CUARTA NOTARÍA DE LOS ÁNGELES y su territorio jurisdiccional, con domicilio en calle Caupolicán N°355, de esta ciudad, certifico: por escritura pública de fecha 09-05-2023, Repertorio Nº2072-2023, ante mí, doña IVY ANDREA CONTRERAS VILLAMIZAR, cédula de identidad para extranjero número veinticinco millones novecientos veintitrés mil trescientos sesenta y tres guion uno, domiciliada en avenida Oriente número setecientos veinte, comuna de Los Ángeles; y doña GABRIELA SOLEDAD GÓMEZ GONZÁLEZ, cédula de identidad número dieciocho millones seiscientos sesenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y tres guion cinco, domiciliada en calle Lientur número doscientos cincuenta, comuna de Quilleco, acordaron lo siguiente: PRIMERO: Que, doña IVY ANDREA CONTRERAS VILLAMIZAR, vende, cede y transfiere el uno por ciento de su participación del haber total empresarial de “IVY ANDREA CONTRERAS VILLAMIZAR SERVICIOS DE MÉDICOS PRESTADOS DE FORMA INDEPENDIENTE EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, o “DOCTORA CONTRERAS VILLAMIZAR E.I.R.L.” a doña GABRIELA SOLEDAD GÓMEZ GONZÁLEZ, Rut. N°77.504.323-7, quien compra y acepta para sí.- SEGUNDO: El precio de esta cesión o compraventa es la suma de cincuenta mil pesos que doña GABRIELA SOLEDAD GÓMEZ GONZÁLEZ paga a doña IVY ANDREA CONTRERAS VILLAMIZAR, del modo siguiente: con la suma de cincuenta mil pesos, que paga en este acto en dinero efectivo, a la cedente, quien declara haberlo recibido a su entera conformidad y satisfacción, no teniendo reclamo alguno que formular en su contra.- TERCERO: Asimismo, doña IVY ANDREA CONTRERAS VILLAMIZAR viene en Transformar la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada “IVY ANDREA CONTRERAS VILLAMIZAR SERVICIOS DE MÉDICOS PRESTADOS DE FORMA INDEPENDIENTE EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” o “DOCTORA CONTRERAS VILLAMIZAR E.I.R.L.”, en una SOCIEDAD DE INVERSIONES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, en la forma, condiciones y estipulaciones que se indican: UNO: Las comparecientes doña IVY ANDREA CONTRERAS VILLAMIZAR y doña GABRIELA SOLEDAD GÓMEZ GONZÁLEZ, ambas ya individualizadas en este instrumento, vienen en constituir una SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se regirá por las estipulaciones que se establecen en las cláusulas siguientes, y en lo no previsto en ellas, por las disposiciones que de conformidad con las prescripciones de la Ley número tres mil novecientos dieciocho, de catorce de marzo de mil novecientos veintitrés y Ley número seis mil ciento cincuenta y seis y sus modificaciones, teniendo, además, presente las disposiciones de los Códigos Civil y de Comercio que versan sobre la materia, en todo lo que no se hubiere estipulado en este contrato.- En consecuencia, el texto del nuevo pacto social es el siguiente: PRIMERO: Del nombre y razón social: Será “SOCIEDAD CONTRERAS Y COMPAÑIA LIMITADA”. Sin embargo la sociedad y/o las socios podrán funcionar ante todo organismo o autoridad e incluso ante los Bancos y con capacidad para obligarla, bajo el nombre de Fantasía de “RESPISUEÑO LTDA”.- SEGUNDO: Del objeto social: Seguirá siendo: A) SERVICIOS DE MÉDICOS PRESTADOS DE FORMA INDEPENDIENTE; y B) Cualquier otra que los socios acordaren y que esté directa o indirectamente relacionada con el giro principal.- TERCERO: Del domicilio social: Será en calle Darío Barrueto número doscientos setenta y dos de la ciudad y comuna de Los Ángeles, Región del Bio-Bío, sin perjuicio de abrir sucursales en cualquier lugar del país o en el extranjero.- CUARTO: De la Administración y uso de la razón social: Corresponderá única y exclusivamente a la socia doña IVY ANDREA CONTRERAS VILLAMIZAR, quién actuando en forma separada y anteponiendo la razón social a su firma, la obligará y representará con las más amplias facultades de administración, pudiendo intervenir en todo acto o contrato en que sea parte o tenga interés la sociedad y convenir en las cláusulas de la esencia, de la naturaleza o meramente accidentales a dichos actos.- QUINTO: Del capital: El Capital social asciende a la suma de cinco millones de pesos, que se aporta y paga por las socias de la siguiente forma: UNO) La socia doña IVY ANDREA CONTRERAS VILLAMIZAR con la suma de cuatro millones novecientos cincuenta mil pesos, que se entera y paga del modo siguiente: A) con la suma de tres millones de pesos, que entera en este acto en dinero efectivo, valores que han ingresado a la caja social.- Y B) con la suma de dos millones de pesos, que se ingresarán a la caja empresarial a la medida que las necesidades empresariales lo requieran dentro del plazo de cinco años a contar de la presente escritura.- Que corresponde al noventa y nueve por ciento del total aportado y enterado por el compareciente a la Sociedad de Responsabilidad Limitada descrita en la cláusula Primera.- DOS) La socia doña GABRIELA SOLEDAD GÓMEZ GONZÁLEZ con la suma de cincuenta mil pesos, que se entera y paga del modo siguiente: con la suma de cincuenta mil pesos, que entera en este acto correspondiente al uno por ciento del total aportado, en dinero efectivo, valores que han ingresado a la caja social, a la cesión de acciones y derechos descritas en las cláusulas Segunda y Tercera.- SEXTO: Del plazo y renovación automática: La sociedad se pacta por un plazo de DOS años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá prorrogado en forma tácita, automática y sucesiva por períodos iguales de UN AÑO, si ninguno de los socios manifiesta su intención de poner término a la sociedad por escritura pública anotada al margen de la Inscripción social, con una anticipación a lo menos de un año al vencimiento del período respectivo o de la prórroga que estuviera vigente.- SÉPTIMO: De la responsabilidad: Las socias declaran que su responsabilidad personal en las deudas sociales quedan limitada al monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. LOS ANGELES, 17 de mayo de 2023.-

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD CONTRERAS Y COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 2830106

  2. MODIFICACIÓN

    IVY ANDREA CONTRERAS VILLAMIZAR SERVICIOS DE MÉDICOS PRESTADOS DE FORMA INDEPENDIENTE EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

    CVE 2316170

Corporate relationships

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