Amasandería Delicias Le Petit Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$2.000.000
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
NATACHA DE LAS MERCEDES PARDO ESPINOZA Socio 5.xxx.xxx-9 | 5.xxx.xxx-9 | - | - |
Socio 12.xxx.xxx-4 | 12.xxx.xxx-4 | - | - |
Socio 7.xxx.xxx-4 | 7.xxx.xxx-4 | - | - |
Corporate history on record
- Incorporation· May 17, 2000
La sociedad fue constituida por escritura pública.
- Other act· March 20, 2017
Se otorgó una modificación previa de la sociedad.
NATACHA DE LAS MERCEDES PARDO ESPINOZA · YASMIN ALEJANDRA ZÚÑIGA PARDO · LUIS CARLOS MANZANO PARDO
Official extract text
ZARELLA ELENA CAMEROTTO MORAGA, Notario Público Suplente de la Titular de la 50° Notaria de Santiago, doña CLAUDIA MARCELA GÓMEZ LUCARES, oficio Teatinos 371, oficina 113, Santiago, certifico: por escritura pública, hoy ante mí, doña NATACHA DE LAS MERCEDES PARDO ESPINOZA, chilena, casada, empresaria, C.I. n° 5.123.788-9; doña YASMIN ALEJANDRA ZÚÑIGA PARDO, chilena, casada, empresaria, C.I. n° 12.460.502-4; y don LUIS CARLOS MANZANO PARDO, chileno, casado, empleado, C.I. n° 7.051192-4, todos domiciliados, para estos, efectos, en Avenida Portales 3153, Santiago, vienen en sanear modificación de la sociedad “AMASANDERÍA DELICIAS LE PETIT LIMITADA”, realizada por escritura pública, otorgada con fecha 20/03/2017, en este mismo oficio, repertorio 2768-2018. La sociedad fue constituida por escritura pública de fecha 17/05/2000, otorgada en la Notaría de doña María Gloria Acharán Toledo e inscrita a fojas 13.647 n° 11.120 Registro de Comercio año 2000 Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Un extracto de la modificación referida en esta cláusula se inscribió a fojas 39.239 n° 21.579 Registro de Comercio año 2017 Conservador de Bienes Raíces de Santiago.- RUT Nº 77.446.630-4. Capital social $2.000.000. Saneamiento: Por un error ciertamente involuntario, el extracto modificatorio no fue debidamente publicado en el Diario Oficial dentro del plazo establecido en la normativa vigente, constituyéndose, por tanto, un vicio formal de nulidad. Por este acto, los comparecientes, en virtud de lo prescrito por la ley número 19.499, vienen en sanear la nulidad producida al omitirse la correspondiente publicación, dentro de plazo legal, del extracto de la escritura de modificación indicada en la Cláusula Primera de este instrumento. En todo lo no modificado, rigen las estipulaciones de la escritura de constitución ya señalada. Santiago, 09/08/2018.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
AMASANDERÍA DELICIAS LE PETIT LIMITADA
CVE 1460580
