Bababu Corredores De Seguros Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 14.xxx.xxx-1 | 14.xxx.xxx-1 | 90% | $2.160.000 |
Socio 21.xxx.xxx-1 | 21.xxx.xxx-1 | 10% | $240.000 |
Corporate history on record
- Incorporation· June 29, 2021
Se constituyó la sociedad BABABU CORREDORES DE SEGUROS LIMITADA.
- Transfer of rights· December 26, 2022
ODOVICO MAXIMILIANO INZUNZA HIDALGO cede su participación social a BEATRIZ DEL PILAR BARRA BARRA y SOFÍA MAGDALENA MENA BARRA.
ODOVICO MAXIMILIANO INZUNZA HIDALGO · BEATRIZ DEL PILAR BARRA BARRA · SOFÍA MAGDALENA MENA BARRA
Official extract text
ROBERTO ARNOLDO COOPER AGUILERA, Abogado, Notario Público, Conservador de Bienes Raíces y Archivero Judicial Titular de Agrupación de Comunas de Purén y Los Sauces, con oficio en calle Urrutia Nº 470, Comuna de Purén, certifico: Por Escritura Pública de Cesión de Derechos Sociales y Modificación de Sociedad de Responsabilidad Limitada otorgada ante mí, de fecha 26 de diciembre de 2022, doña BEATRIZ DEL PILAR BARRA BARRA, C.N.I. N° 14.101.402-1, domiciliada en calle Urrutia N° 570, Purén; don ODOVICO MAXIMILIANO INZUNZA HIDALGO, C.N.I. N° 7.866.273-5, domiciliado en Pasaje Los Avellanos N° 27, Población Ignacio Carrera Pinto, Purén y doña SOFÍA MAGDALENA MENA BARRA, C.N.I. N° 21.714.713-1, domiciliada en calle Urrutia N° 570, Purén.- Celebraron Cesión de Derechos Sociales y Modifican la Escritura de Constitución de Sociedad, celebrada ante el Notario Público, Conservador de Bienes Raíces y Archivero Judicial titular de la Agrupación de Comunas de Purén y Los Sauces, Don Roberto Cooper Aguilera, 29 de Junio del año 2021, Repertorio N° 746, actualmente “BABABU CORREDORES DE SEGUROS LIMITADA”.- El Extracto Social de Constitución y los Extractos de Rectificación y Saneamiento y de Saneamiento, Modificación y Rectificación se encuentran inscritos a fojas 20, N° 7; fojas 25 , N° 9 y a fojas 33 vuelta, N° 14, todos ellos del Registro de Comercio del 2021 del Conservador de Bienes Raíces de Purén.- Los comparecientes modificaron la escritura, ya individualizada, en el siguiente sentido: I) CESIÓN DE DERECHOS: A) El socio ODOVICO MAXIMILIANO INZUNZA HIDALGO con el consentimiento de su consocia, vende, cede y transfiere a: i) doña BEATRIZ DEL PILAR BARRA BARRA quien compra, acepta y adquiere para sí la parte de su participación social correspondiente al 40% por la suma de $960.000 los que se pagaron en dinero efectivo y al contado con anterioridad al presente acto.- El cedente declara haber recibido el precio de manera anticipada a la celebración de este acto a su entera y total satisfacción ; ii) doña SOFÍA MAGDALENA MENA BARRA quien compra, acepta y adquiere para sí la parte de su participación social correspondiente al 10% por la suma de $240.000, que se pagaron en dinero efectivo y al contado con anterioridad al presente acto.- El cedente declara haber recibido el precio de manera anticipada a la celebración de este acto a su entera y total satisfacción.- Como consecuencia de la presente cesión de derechos, la participación social queda conformada de la siguiente forma: doña BEATRIZ DEL PILAR BARRA BARRA con un aporte de $2.160.000 que equivale al 90%; doña SOFÍA MAGDALENA MENA BARRA con un aporte de $240.000 que equivale al 10%; en virtud de lo anteriormente descrito, don ODOVICO MAXIMILIANO INZUNZA HIDALGO cesa su participación social en la referida Sociedad y se retira de dicho pacto, cesando también su calidad de socio.- Como consecuencia de la presente cesión de derechos la participación social queda conformada de la siguiente forma: doña BEATRIZ DEL PILAR BARRA BARRA con un 90% y doña SOFÍA MAGDALENA MENA BARRA con una participación del 10%;.- El resto de las estipulaciones constan en escritura extractada.- Repertorio N° 1127.- Purén, 26 de diciembre de 2022.2
Corporate information
Corporate purpose
La intermediación remunerada de contratos de seguros generales y de vida, con cualquier entidad aseguradora nacional radicada en el país, servicios relacionados a la evaluación y planeación de riesgos patrimoniales y de vida, asesoría y planeación financiera, asesoría de inversiones y ahorro, respecto a toda clase de personas naturales y jurídicas.
Capital
Total capital
$2.400.000
Paid-in capital
$1.200.000
Pending capital
$1.200.000
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 14.xxx.xxx-1 | 14.xxx.xxx-1 | 50% | $1.200.000 |
ODOVICO MAXIMILIANO INZUNZA HIDALGO Socio 7.xxx.xxx-5 | 7.xxx.xxx-5 | 50% | $1.200.000 |
Legal representation (2)
ODOVICO MAXIMILIANO INZUNZA HIDALGO
Corporate history on record
- Incorporation
Se inscribe la constitución original de la sociedad de responsabilidad limitada y su saneamiento y rectificación previo.
BEATRIZ DEL PILAR BARRA BARRA · ODOVICO MAXIMILIANO INZUNZA HIDALGO
Official extract text
ROBERTO ARNOLDO COOPER AGUILERA, Abogado, Notario, Conservador y Archivero Judicial de las comunas de Purén y los Sauces, con el oficio en calle Urrutia N° 470, de la comuna de Purén, certifico: Que por escritura pública otorgada hoy ante mi, comparecieron doña BEATRIZ DEL PILAR BARRA BARRA, chilena C.N.I. 14.101.402-1, soltera, Técnico en Seguros, domiciliada en calle Urrutia N° 570, comuna de Purén, y don ODOVICO MAXIMILIANO INZUNZA HIDALGO, chileno, C.N.I. Nº 7.866.273-5, jubilado, casado, domiciliado en Pasaje Los Avellanos N° 27 Población Ignacio Carrera Pinto, de la comuna de Purén, quienes comparecen en representación de la sociedad “BABABU CORREDORES DE SEGUROS LIMITADA” o “BABABU CORREDORES DE SEGUROS LTDA.”, lo anterior consta en el inscripción de constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada inscrita a fojas 20, N° 07 del Registro de Comercio del año 2021; y saneamiento y rectificación inscrita a fojas 25, N° 09 del Registro de Comercio del año 2021; en virtud de lo dispuesto en la ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve que establece normas sobre saneamiento de vicios de sociedades los comparecientes vienen en subsanar dicho vicio, saneado y modificado, la cláusula segunda de la escritura e inscripción, el cual saneaba la cláusula Quinta del referido contrato de constitución social por la que sigue: “QUINTO: El capital de la sociedad es de DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS, que los socios aportan de la siguiente forma: a) doña BEATRIZ DEL PILAR BARRA BARRA, con la suma de seiscientos mil pesos.- en este acto, al contado y en dinero efectivo, ingresado a caja social, y la suma de seiscientos mil pesos.- con cargo a futuras utilidades en un plazo de dos años; y b) ODOVICO MAXIMILIANO INZUNZA HIDALGO, con la suma de seiscientos mil pesos.- en este acto, al contado y en dinero efectivo, ingresado a caja social, y la suma de seiscientos mil pesos.- con cargo a futuras utilidades en un plazo de dos años.-, A su vez, modificaron el objeto y giro social señalado en la cláusula segunda y la cláusula duodécimo, en relación al balance e inventario ambas cláusulas de la escritura de constitución de sociedad de responsabilidad limitada en el siguiente sentido: SEGUNDO: El objeto y giro social, será la intermediación remunerada de contratos de seguros generales, y de vida, con cualquier entidad aseguradora nacional radicada en el país, servicios relacionados a la evaluación y planeación de riesgos patrimoniales y de vida, asesoría y planeación financiera, asesoría de inversiones y ahorro, respecto a toda clase de personas naturales y jurídicas.- y clausula DUODÉCIMO: La sociedad practicará balance e inventario el día treinta y uno de diciembre de cada año. Sin embargo, los socios podrán acordar retiros parciales con cargos a futuras utilidades, en los montos y procedimientos que ellos mismos fijen y acuerden.- La junta ordinaria de accionista nombrará anualmente a una empresa de auditoría externa, inscrita en el Registro de Empresa de Auditoría Externa de la Comisión para el Mercado Financiero, regidas por el Titulo Vigésimo Octavo de la Ley número dieciocho mil cuarenta y cinco de Mercados de Valores, a fin de que examinen la contabilidad, inventario y balance y estados de resultados de la sociedad, vigilen las operaciones sociales e informen por escrito a la próxima junta ordinaria sobre el cumplimiento de su mandato.- Demás estipulaciones en escritura que se extracta.- Repertorio 1296/2021.- Purén, 10 de Diciembre del 2021.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
BABABU CORREDORES DE SEGUROS LIMITADA
CVE 2246507
- MODIFICACIÓN
BABABU CORREDORES DE SEGUROS LIMITADA
CVE 2065131
