Limited liability company77.359.403-1

Inversiones El Ciruelo Limitada

MODIFICACIÓN — Jan 29, 2026

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2026-01-29View PDF (CVE 2762421)

Corporate information

Ltda
Avenida Andrés Bello 2.777, piso 4, oficina 402
Administration: La representación, administración y el uso de la razón social corresponderá a Inversiones Ventisquero Limitada, Inversiones Curaco Limitada, Inversiones Humboldt Limitada, Sierra Inversiones Limitada e Inversiones Casablanca Limitada, actuando uno cualquiera de ellos indistintamente.

Capital

Total capital

$6.179.035

Paid-in capital

$6.179.035

Pending capital

$0

Shareholders (5)

NameParticipation

Inversiones Curaco Limitada

Socio

77.136.657-0

0.02502%

Inversiones Ventisquero Limitada

Socio

77.136.659-7

0.024988%

Inversiones Humboldt Limitada

Socio

77.136.649-K

0.024988%

Sierra Inversiones Limitada

Socio

77.136.655-4

0.024988%

Inversiones Casablanca Limitada

Socio

77.359.331-0

99.900017%

Administrators (5)

Inversiones Ventisquero Limitada

77.136.659-7Administrador

Inversiones Curaco Limitada

77.136.657-0Administrador

Inversiones Humboldt Limitada

77.136.649-KAdministrador

Sierra Inversiones Limitada

77.136.655-4Administrador

Inversiones Casablanca Limitada

77.359.331-0Administrador

Official extract text

Ministerio del Interior FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Santiago, con domicilio en calle Alcántara número 107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 1 de diciembre de 2025, otorgada ante mí, y anotada bajo el repertorio N°107.418-2025, comparecieron, por sí o debidamente representadas: (i) don Jorge José Matetic Hartard, cédula de identidad N°8.546.637-2, (ii) doña María Carolina Matetic Hartard, cédula de identidad N°8.546.665-8, (iii) don Cristián Andrés Matetic Hartard, cédula de identidad N°9.005.417-1, (iv) don Andrés Eduardo Matetic Hartard, cédula de identidad N°15.636.234-4, (v) don Jorge José Ramón Matetic Riestra, cédula de identidad N°3.630.827-3, (vi) Inversiones Curaco Limitada, rol único tributario N°77.136.657-0 (“Curaco”), (vii) Inversiones Ventisquero Limitada, rol único tributario N°77.136.659-7 (“Ventisquero”), (viii) Inversiones Humboldt Limitada, rol único tributario N°77.136.649-K (“Humboldt”), (ix) Sierra Inversiones Limitada, rol único tributario N°77.136.655-4 (“Sierra”); y (x) Inversiones Casablanca Limitada, rol único tributario N°77.359.331-0 (“Casablanca”, y junto con Curaco, Ventisquero, Humboldt y Sierra, los “Socios”); todos domiciliados para estos efectos en Avenida Andrés Bello 2.777, piso 4, oficina 402, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago. Se acordó lo siguiente: /Uno/ Los Socios, en sus calidades de actuales, únicos y exclusivos socios de las sociedades de responsabilidad limitada: (i) Inversiones El Manzano Limitada, rol único tributario N°77.359.391- 4, inscrita a fojas 22.712, número 10.739, del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2021 (“El Manzano”), (ii) Inversiones El Nogal Limitada, rol único tributario N°77.359.361- 2, inscrita a fojas 22.710, número 10.738, del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2021 (“El Nogal”), (iii) Inversiones El Almendral Limitada, rol único tributario N°77.359.527- 5, inscrita a fojas 22.708, número 10.737, del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2021 (“El Almendral”, y junto con El Manzano y El Nogal, las “Sociedades Absorbidas”), y (iv) Inversiones El Ciruelo Limitada, rol único tributario N°77.359.403-1, inscrita a fojas 22.707, número 10.736, del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2021 (la “Sociedad Absorbente”), acordaron la fusión por absorción o incorporación de las Sociedades Absorbidas en la Sociedad Absorbente, con efecto a contar de la fecha de la escritura extractada (en adelante, la “Fusión”). De esta forma, producto de la Fusión, las Sociedades Absorbidas se disuelven de pleno derecho sin necesidad de liquidación alguna, y la Sociedad Absorbente sucede en todos los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas, incorporándose a la Sociedad Absorbente la totalidad del patrimonio de las Sociedades Absorbidas, e incorporándose como socios de la Sociedad Absorbente la totalidad de los socios de las Sociedades Absorbidas, de acuerdo a la relación de canje aprobada en la escritura extractada. Como consecuencia de la Fusión, los Socios son los únicos, actuales y exclusivos socios de la Sociedad Absorbente; y /Dos/ Con el objeto de materializar la Fusión, los Socios acordaron: /i/ Aumentar el capital de la Sociedad Absorbente de la suma de $1.544.437, a la cantidad de $6.179.035, esto es, en la cantidad de $4.634.598, la cual se da por pagada mediante el aporte a la Sociedad Absorbente de la totalidad de los derechos sociales y de los activos y pasivos de las Sociedades Absorbidas, en virtud de la Fusión, y de acuerdo con la relación de participación estipulada en la escritura extractada; /ii/ Modificar los estatutos de la Sociedad Absorbente, reemplazando íntegramente el Artículo Quinto por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de seis millones ciento setenta y nueve mil treinta y cinco pesos, íntegramente pagado y enterado en arcas sociales con anterioridad a la fecha del presente instrumento de conformidad a lo siguiente: a) INVERSIONES CURACO LIMITADA ha aportado y pagado en dinero efectivo la suma de mil quinientos cuarenta y seis pesos, equivalente al cero coma cero dos cinco cero dos cero por ciento del capital social; b) INVERSIONES VENTISQUERO LIMITADA ha aportado y pagado en dinero efectivo la suma de mil quinientos cuarenta y cuatro pesos, equivalente al cero coma cero dos cuatro nueve ocho ocho por ciento del capital social; c) INVERSIONES HUMBOLDT LIMITADA ha aportado y pagado en dinero efectivo la suma de mil quinientos cuarenta y cuatro pesos, equivalente al cero coma cero dos cuatro nueve ocho ocho por ciento del capital social; d) SIERRA INVERSIONES LIMITADA, ha aportado y pagado en dinero efectivo la suma de mil quinientos cuarenta y cuatro pesos, equivalente al cero coma cero dos cuatro nueve ocho ocho por ciento del capital social; y e) INVERSIONES CASABLANCA LIMITADA, ha aportado y pagado en dinero efectivo la suma de seis millones ciento setenta y dos mil ochocientos cincuenta y siete pesos, equivalente al noventa y nueve coma nueve cero cero cero uno siete por ciento del capital social.”; /iii/ Modificar los estatutos de la Sociedad Absorbente, a fin de actualizar a los socios a quienes corresponde la administración y el uso de la razón social, reemplazando íntegramente el Artículo Séptimo por el siguiente: “ARTÍCULO SÉPTIMO: Administración y Uso de la Razón Social. La representación, administración y el uso de la razón social corresponderá a Inversiones Ventisquero Limitada, Inversiones Curaco Limitada, Inversiones Humboldt Limitada, Sierra Inversiones Limitada e Inversiones Casablanca Limitada, actuando uno cualquiera de ellos indistintamente /cada uno denominado indistintamente “Administrador”/, quien individual e indistintamente representará judicial y extrajudicialmente a la Sociedad, con las más amplias facultades, lo que no será necesario acreditar ante terceros. El Administrador podrá actuar por intermedio de sus propios apoderados o mandatarios designados por escritura pública, o por medio de uno o más apoderados que designe especialmente para representar a la Sociedad mediante escritura pública. Los apoderados designados por el Administrador para dicho efecto se entenderán facultados para representar a la Sociedad y hacer uso de su nombre y razón social, de acuerdo a las facultades que se especifiquen para tales efectos, desde la fecha de la escritura de su designación. La designación o revocación de dichos apoderados, así como el otorgamiento de facultades y determinación de su forma de actuación y estructura de poderes de la Sociedad, no forma parte de los estatutos sociales y, en consecuencia, cualquier modificación al respecto, no constituye una reforma de estatutos de la Sociedad, por lo que NO es necesario cumplir las formalidades aplicables a una reforma de estatutos.”; y /iv/ Modificar los estatutos de la Sociedad Absorbente, en otras materias que no son objeto de extracto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular, 2ª Notaría de Santiago. Santiago, 23 de enero de 2026.

AmendmentDiario Oficial · 2025-11-28View PDF (CVE 2734785)

Corporate information

Ltda
Avenida Andrés Bello 2777, piso 4, oficina 402

Capital

Total capital

$1.544.437

Paid-in capital

$1.544.437

Pending capital

$0

Shareholders (2)

NameParticipation

Inversiones Casablanca Limitada

Socio

77.359.331-0

99.9%

Inversiones Humboldt Limitada

Socio

77.136.649-K

0.1%

Corporate history on record

  1. Transfer of rights· September 30, 2025

    Jorge José Ramón Matetic Riestra cede la totalidad de sus derechos sociales a Inversiones Casablanca Limitada.

    Jorge José Ramón Matetic Riestra · Inversiones Casablanca Limitada

  2. Transfer of rights· September 30, 2025

    Cristián Andrés Matetic Hartard cede la totalidad de sus derechos sociales a Inversiones Humboldt Limitada.

    Cristián Andrés Matetic Hartard · Inversiones Humboldt Limitada

Official extract text

Ministerio del Interior FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago, con domicilio en Alcántara 107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico que: por escritura pública de fecha 30 de septiembre de 2025, otorgada ante mí, bajo el repertorio número 91.364/2025, comparecieron, personalmente o representados: (i) Inversiones Casablanca Limitada, rol único tributario N°77.359.331-0, (ii) Inversiones Humboldt Limitada, rol único tributario N°77.136.649-K, (iii) don Jorge José Matetic Riestra, cédula de identidad N°3.630.827-3, y (iv) don Cristián Andrés Matetic Hartard, cédula de identidad N°9.005.417-1; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Andrés Bello 2777, piso 4, oficina 402, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; acordaron modificar los estatutos de INVERSIONES EL CIRUELO LIMITADA, rol único tributario N°77.359.403-1, inscrita a fojas 22.707, número 10.736, del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2021 (la “Sociedad”), para dar cuenta de: /A/ el aporte y cesión de la totalidad de los derechos sociales en la Sociedad de don Jorge José Ramón Matetic Riestra, equivalentes aproximadamente a un 99,9% de participación en los derechos sociales de la Sociedad, a Inversiones Casablanca Limitada, por escritura pública otorgada en la misma fecha y Notaría, bajo repertorio N°91.358/2025; y /B/ el aporte y cesión de la totalidad de los derechos sociales en la Sociedad de don Cristián Andrés Matetic Hartard, equivalentes aproximadamente a un 0,1% de participación en los derechos sociales de la Sociedad, a Inversiones Humboldt Limitada, por escritura pública otorgada en la misma fecha y Notaría, bajo repertorio N°91.360/2025. Para dar cuenta de las indicadas cesiones de derechos sociales, se acordó modificar el artículo Quinto de los estatutos sociales, reemplazando su texto íntegramente, por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de un millón quinientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y siete pesos, íntegramente pagado y enterado en arcas sociales de conformidad a lo siguiente: /a/ Inversiones Casablanca Limitada pagó la suma de un millón quinientos cuarenta y dos mil ochocientos noventa y tres pesos, equivalentes aproximadamente a una participación del noventa y nueve coma nueve por ciento en el capital de la Sociedad, y /b/ Inversiones Humboldt Limitada pagó la suma de mil quinientos cuarenta y cuatro pesos, equivalentes aproximadamente a una participación del cero coma uno por ciento en el capital de La Sociedad.”. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. La responsabilidad de los socios de la Sociedad continúa limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de noviembre de 2025. Francisco Javier Leiva Carvajal. Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago.

IncorporationDiario Oficial · 2021-03-25View PDF (CVE 1916222)

Corporate information

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duration: 5 años renovables automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno
Administration: La representación, administración y el uso de la razón social corresponderá a cualquiera de don Cristián Andrés Matetic Hartard y a don Jorge José Ramón Matetic Riestra, actuando uno cualquiera de ellos indistintamente, quien individual e indistintamente representará judicial y extrajudicialmente a la Sociedad, con las más amplias facultades.

Corporate purpose

La Sociedad tendrá por objeto, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: /i/ la realización de toda clase de inversiones y negocios por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes o derechos, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización o administración, comprendiéndose especialmente la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, o de cualquier valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; /ii/ constituir o integrar toda clase de sociedades cualquiera sea su objeto, civiles o comerciales, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada, sociedades por acciones u otras, joint ventures, asociaciones gremiales y profesionales, y todo tipo de asociaciones en general, incluso sin fines de lucro; y /iii/ en general ejecutar toda clase de actos civiles y comerciales autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, incluyendo la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal.

Capital

Total capital

$1.544.437

Paid-in capital

$1.544.437

Pending capital

$0

Shareholders (2)

NameParticipation

Jorge José Ramón Matetic Riestra

Socio

99.9%

Cristián Andrés Matetic Hartard

Socio

0.1%

Official extract text

ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, Notario Público Titular de la 48 Notaría Santiago, Avenida Apoquindo número 3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 27 de enero de 2021, ante Notario Suplente don Gustavo Montero Martí, don Cristián Andrés Matetic Hartard y don Jorge José Ramón Matetic Riestra, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Andrés Bello número 2.777, piso 4, oficina 402, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos extracto: Razón Social: La razón social de la Sociedad es “Inversiones El Ciruelo Limitada”. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer domicilios especiales, o de otras agencias, sucursales u oficinas que puedan establecerse en un lugar distinto dentro de la República de Chile o en el extranjero. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: /i/ la realización de toda clase de inversiones y negocios por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes o derechos, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización o administración, comprendiéndose especialmente la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, o de cualquier valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; /ii/ constituir o integrar toda clase de sociedades cualquiera sea su objeto, civiles o comerciales, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada, sociedades por acciones u otras, joint ventures, asociaciones gremiales y profesionales, y todo tipo de asociaciones en general, incluso sin fines de lucro; y /iii/ en general ejecutar toda clase de actos civiles y comerciales autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, incluyendo la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de 1.544.437 pesos que los socios contribuyen y pagan en las siguientes proporciones: i/ Jorge José Ramón Matetic Riestra, el monto de 1.542.893 pesos, correspondiente al 99,9% del capital social; y ii/ Cristián Andrés Matetic Hartard, el monto de 1.544 pesos, correspondiente al 0,1% del capital social. El capital indicado anteriormente fue pagado en el acto de constitución de la Sociedad. Duración: La duración de la Sociedad será de 5 años renovables automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que uno de los socios manifieste su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social con al menos 6 meses de anticipación al término del plazo original o de la renovación respectiva. Administración y Uso Razón Social: La representación, administración y el uso de la razón social corresponderá a cualquiera de don Cristián Andrés Matetic Hartard y a don Jorge José Ramón Matetic Riestra, actuando uno cualquiera de ellos indistintamente (cada uno denominado indistintamente “Administrador”), quien individual e indistintamente representará judicial y extrajudicialmente a la Sociedad, con las más amplias facultades, lo que no será necesario acreditar ante terceros. El Administrador podrá actuar por sí o por medio de uno o más apoderados que designe especialmente para este efecto mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social. No obstante, se deja constancia que los apoderados designados por el Administrador para dicho efecto, se entenderán facultados para representar a la Sociedad y hacer uso de su nombre y razón social, de acuerdo a las facultades que se especifiquen para tales efectos, desde la fecha de la escritura de su designación, aún antes de que se tome nota de dicha escritura al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio respectivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de marzo de 2021. Roberto Antonio Cifuentes Allel, Notario Público.

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    Inversiones El Ciruelo Limitada

    CVE 2762421

  2. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES EL CIRUELO LIMITADA

    CVE 2734785

  3. CONSTITUCIÓN

    Inversiones El Ciruelo Limitada

    CVE 1916222

Corporate relationships

CompanyPersonDiario OficialFormer relationship (ended)