Limited liability company77.350.859-3

Inversiones El Encanto Limitada

MODIFICACIÓN — Oct 3, 2022

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2022-10-03View PDF (CVE 2196765)

Corporate information

Ltda
calle La Represa número 4.998, casa 17

Capital

Total capital

$1.000.000

Shareholders (4)

NameParticipation

RODOLFO ERRÁZURIZ MONTT

Socio

42%

MARÍA IGNACIA GUZMÁN LE - BERT

Socio

38%

MARÍA IGNACIA ERRÁZURIZ GUZMÁN

Socio

10%

JOSEFA ERRÁZURIZ GUZMÁN

Socio

10%

Corporate history on record

  1. Transfer of rights· September 15, 2022

    MARÍA IGNACIA ERRÁZURIZ GUZMÁN cede el 50% de sus derechos sociales a JOSEFA ERRÁZURIZ GUZMÁN

    MARÍA IGNACIA ERRÁZURIZ GUZMÁN · JOSEFA ERRÁZURIZ GUZMÁN

Official extract text

MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, abogado, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1161, entrepiso, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 15 de septiembre de 2022, Repertorio N° 9.228-2022, otorgada ante mí, RODOLFO ERRÁZURIZ MONTT, MARÍA IGNACIA GUZMÁN LE - BERT, MARÍA IGNACIA ERRÁZURIZ GUZMÁN y JOSEFA ERRÁZURIZ GUZMÁN, todos domiciliados en calle La Represa número 4.998, casa 17, Comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, modificaron la sociedad INVERSIONES EL ENCANTO LIMITADA, Rol Único Tributario N° 77.350.859-3, inscrita a fojas 23.605 N° 11.059 del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 2021, capital estatutario a esta fecha de $1.000.000 (la “Sociedad”), en el siguiente sentido: MARÍA IGNACIA ERRÁZURIZ GUZMÁN, vende, cede y transfiere a JOSEFA ERRÁZURIZ GUZMÁN el 50% de sus derechos sociales, equivalentes al 10% del haber social, a un precio de $100.000. Como consecuencia de lo anterior, quedan como únicos y exclusivos socios de INVERSIONES EL ENCANTO LIMITADA, RODOLFO ERRÁZURIZ MONTT, con el 42% de los derechos sociales, MARÍA IGNACIA GUZMÁN LE - BERT, con el 38% de los derechos sociales, MARÍA IGNACIA ERRÁZURIZ GUZMÁN, con el 10% de los derechos sociales y JOSEFA ERRÁZURIZ GUZMÁN, con el restante 10% de los derechos sociales. En función de lo anterior, se modificó el artículo cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Cuarto: Capital Social: El capital de la sociedad es la cantidad de un millón de pesos, que los socios aportan de la siguiente forma: A) Don RODOLFO ERRÁZURIZ MONTT aporta la suma de cuatrocientos veinte mil pesos, esto es, un cuarenta y dos por ciento del interés social, que entera e ingresa en este acto, en dinero efectivo, a la caja social; B) Doña MARÍA IGNACIA GUZMÁN LE - BERT aporta la suma de trescientos ochenta mil pesos, esto es, un treinta y ocho por ciento del interés social, que entera e ingresa en este acto, en dinero efectivo, a la caja social; C) Doña MARÍA IGNACIA ERRÁZURIZ GUZMÁN aporta la suma de cien mil pesos, esto es, un diez por ciento del interés social, que entera e ingresa en este acto, en dinero efectivo, a la caja social; y, D) Doña JOSEFA ERRÁZURIZ GUZMÁN aporta la suma de cien mil pesos, esto es, un diez por ciento del interés social, que entera e ingresa en este acto, en dinero efectivo, a la caja social”. El precio y su forma de pago constan en la escritura extractada. En lo no modificado se mantiene inalterado el pacto social, especialmente en cuanto a la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Se facultó al portador del presente extracto para su legalización. Santiago, 21 de septiembre del año 2022. MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ.

IncorporationDiario Oficial · 2021-03-27View PDF (CVE 1918273)

Corporate information

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duration: 5 años, prorrogable tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de cinco años
Administration: Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a RODOLFO ERRÁZURIZ MONTT.

Corporate purpose

La realización, mantención, administración y eventual enajenación de todo tipo de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, ya sea por cuenta propia o ajena; la adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento y cualquiera otra forma de explotación de toda clase de bienes raíces; la inversión en todo tipo de bienes y valores y, en particular, la adquisición y enajenación de toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, acciones, bonos, debentures, derechos, cuotas, certificados de depósitos, etcétera y, en general, toda clase de valores mobiliarios y efectos de comercio; la formación y participación en toda clase de sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro; la prestación de todo tipo de asesorías y servicios; la construcción por cuenta propia o ajena de todo tipo de edificaciones; y en general, cualquier actividad relacionada con las anteriores o que sea necesaria para el cumplimiento del objeto social y que acuerden los socios, sin limitación alguna.

Capital

Total capital

$1.000.000

Paid-in capital

$1.000.000

Pending capital

$0

Shareholders (3)

NameParticipation

RODOLFO ERRÁZURIZ MONTT

Socio

42%

MARÍA IGNACIA GUZMÁN LE – BERT

Socio

38%

MARIA IGNACIA ERRÁZURIZ GUZMÁN

Socio

20%

Administrators (1)

Official extract text

MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, 7° Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1161, entrepiso, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 24 de marzo de 2021, Repertorio N° 3.424-2021, ante mí, RODOLFO ERRÁZURIZ MONTT, MARÍA IGNACIA GUZMÁN LE – BERT, y MARIA IGNACIA ERRÁZURIZ GUZMÁN, todos con domicilio en calle La Represa N° 4.998, casa 17, Lo Barnechea, Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada bajo razón social “INVERSIONES EL ENCANTO LIMITADA”, pudiendo funcionar comercialmente con el nombre de “EL ENCANTO LIMITADA”. Objeto: a) La realización, mantención, administración y eventual enajenación de todo tipo de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, ya sea por cuenta propia o ajena; b) La adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento y cualquiera otra forma de explotación de toda clase de bienes raíces; c) La inversión en todo tipo de bienes y valores y, en particular, la adquisición y enajenación de toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, acciones, bonos, debentures, derechos, cuotas, certificados de depósitos, etcétera y, en general, toda clase de valores mobiliarios y efectos de comercio; d) La formación y participación en toda clase de sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro; e) La prestación de todo tipo de asesorías y servicios; f) La construcción por cuenta propia o ajena de todo tipo de edificaciones; y g) En general, cualquier actividad relacionada con las anteriores o que sea necesaria para el cumplimiento del objeto social y que acuerden los socios, sin limitación alguna. Administración, representación y uso de la razón social: corresponderá a RODOLFO ERRÁZURIZ MONTT, quien podrá ejercer las facultades indicadas en el pacto social. Capital: El capital social asciende a $1.000.000, que socios aportan en la siguiente forma: A) RODOLFO ERRÁZURIZ MONTT aporta la suma de $420.000, esto es, un 42% por ciento del interés social, que ingresa en este acto, en dinero efectivo, a la caja social; B) MARÍA IGNACIA GUZMÁN LE – BERT aporta la suma de $380.000, esto es, 38% por ciento del interés social, que ingresa en este acto, en dinero efectivo, a la caja social, y; C) MARÍA IGNACIA ERRÁZURIZ GUZMÁN aporta la suma de $200.000, esto es, un 20% por ciento del interés social, que ingresa en este acto, en dinero efectivo, a la caja social. La responsabilidad personal de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Duración: La sociedad durará 5 años a contar de esta fecha y se entenderá prorrogada tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término mediante declaración hecha por escritura pública inscrita al margen de la inscripción social, con no menos de 6 meses de anticipación a la fecha de expiración del plazo primitivo o de la prórroga en vigencia, según sea el caso. La no inscripción oportuna de dicha escritura, invalidará y dejará sin efecto la referida declaración. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en el país o en el extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador del presente extracto para su legalización. Santiago, 24 de marzo de 2021. MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ.

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    Inversiones El Encanto Limitada

    CVE 2196765

  2. CONSTITUCIÓN

    Inversiones El Encanto Limitada

    CVE 1918273

Corporate relationships

CompanyPersonDiario OficialFormer relationship (ended)