Stock company by shares77.332.812-9

Per Colunquen SpA

MODIFICACIÓN — Feb 26, 2024

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2024-02-26View PDF (CVE 2459614)

Corporate information

SpA
Valdivia, Los Ríos
Administration: La administración, representación judicial y extrajudicial y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a dos o más administradores designados por los accionistas

Shareholders (1)

NameParticipation

PYXIS INGENIERÍA SpA

Accionista

76.846.585-1

-

Administrators (1)

VÍCTOR ALEJANDRO MAGO GERARDINO

2.xxx.xxx-5Administrador

Official extract text

MARÍA FERNANDA DE LOS SANTOS FERRAZ, abogado Notario Público Suplente de la 27° Notaría de Santiago de doña María Patricia Donoso Gomien, con domicilio en calle Orrego Luco número 0153, comuna de Providencia, Santiago, certifica: Que por escritura de fecha 20 de febrero del año 2024, ante mí, la sociedad PYXIS INGENIERÍA SpA, sociedad chilena del giro de su denominación, R.U.T. 76.846.585-1, representada por don VÍCTOR ALEJANDRO MAGO GERARDINO, chileno, soltero, ingeniero, C.I. 24.70.108-5, ambos domiciliados para estos efectos en Av. Pedro de Valdivia 273, of. 506, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en su calidad de actual y única accionista de la sociedad por acciones PER COLUNQUEN SpA, R.U.T. 77.332.812-9, inscrita a fojas 18.756 N° 8.915 del Registro de Comercio de Santiago del año 2021, resolvió: Modificar el artículo décimo primero de los estatutos sociales referidos a la administración, representación legal y uso de la razón social, reemplazando su texto por el siguiente: “ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: La administración de la Sociedad, su representación judicial y extrajudicial y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a dos o más administradores, según la designación que efectúen para tales efectos los accionistas, ya sea por acuerdo tomado en Junta de Accionistas y por una mayoría no inferior a los dos tercios del total de las acciones emitidas con derecho a voto, o mediante declaración de todos ellos que representen dicha mayoría y conste por escritura pública, la cual deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de la escritura por la cual se convienen los presentes estatutos. Los administradores permanecerán en sus cargos mientras su designación no sea revocada por los accionistas, de conformidad a lo señalado con anterioridad, y en dichas calidades, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes que el artículo cuarenta de la ley número dieciocho mil cuarenta y seis otorga al directorio de una sociedad anónima, pudiendo ejercerlas de manera conjunta o separada, anteponiendo a sus firmas la razón social”. En todo lo no modificado expresamente, se mantienen íntegramente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de febrero de 2024.

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