Sociedad Inversiones J. P. A. Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 6.xxx.xxx-7 | 6.xxx.xxx-7 | 70% | - |
Socio 15.xxx.xxx-8 | 15.xxx.xxx-8 | 30% | $1.500.000 |
Administrators (2)
Corporate history on record
- Incorporation
Se informa la constitución original de la sociedad en 1999.
- Capital change
Se mencionan modificaciones, rectificación y ratificación previas inscritas entre 2014 y 2019.
Official extract text
JORGE LOBOS DIAZ, Abogado, Notario Público, Suplente de la Cuarta Notaría de Santiago, cuyo titular es don COSME FERNANDO GOMILA GATICA, con oficio en Carmencita Nº 20, comuna de las Condes, certifico: Por escritura pública ante mi, de fecha 22/12/2023, repertorio N°16.791/2023, don JORGE LUIS PERALTA ÁLVAREZ, C.I. 6.484.793-7, don JORGE MAURICIO PERALTA VARGAS, C.I. 15.384.076-8 y doña DAISY DEL CARMEN VARGAS RAMÍREZ, C.I. 5.793.764-5, todos Huérfanos 1160 oficina 1206, Santiago, Región Metropolitana; vienen en modificar la SOCIEDAD INVERSIONES J. P. A. LIMITADA, nombre de fantasía INV. J. P. A. LTDA., Rol Único Tributario 77.287.910-5. Constitución inscrita a fojas 5975 N° 4828 año 1999. Modificación inscrita a fojas 54386 N° 33582 año 2014. Rectificación inscrita a fojas 42154 N° 23143 año 2016. Ratificación inscrita a fojas 20497 N° 11476 año 2017. Modificación inscrita a fojas 33359 N° 16692 año 2019. Todas del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago; en el siguiente sentido: PRIMERO: Doña DAISY DEL CARMEN VARGAS RAMÍREZ, vende, cede y transfiere el 30 % de sus derechos en la SOCIEDAD INVERSIONES J. P. A. LIMITADA, a don JORGE MAURICIO PERALTA VARGAS, quien compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $1.500.000.-. al contado. SEGUNDO: Quedan como únicos socios en la SOCIEDAD INVERSIONES J. P. A. LIMITADA, don JORGE LUIS PERALTA ÁLVAREZ, con un 70 % de los derechos sociales y don JORGE MAURICIO PERALTA VARGAS, con un 30 % de los derechos sociales. TERCERO: Don JORGE LUIS PERALTA ÁLVAREZ y don JORGE MAURICIO PERALTA VARGAS, en sus calidades de únicos, actuales y exclusivos socios, acuerdan modificar la cláusula CUARTA de la escritura de constitución en cuanto a su administración y uso de la razón social, desde esta fecha el uso de la razón social, la administración, representación y nombre fantasía de la Sociedad le corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, a nombre de la Sociedad, deberán actuar anteponiendo -a su firma- la razón social, la obligaran y representarán en todos los actos y contratos relativos a su objeto o giro ordinario, y en general a los actos y contratos que la sociedad requiera para el cumplimiento de su objeto. En consecuencia, tendrán todas y cada una de las facultades de la cláusula CUARTA de la escritura de Constitución, las que se dan por enteramente reproducidas. En lo no modificado permanecen vigentes los estatutos sociales y demás modificaciones. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de diciembre 2023. Mmo.-
Recent filings
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD INVERSIONES J. P. A. LIMITADA
CVE 2434321
