Sociedad Agrícola Hermanos Ramírez Canales Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$1.000.000
Paid-in capital
$1.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (5)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 20% | $200.000 |
Socio | - | 20% | $200.000 |
Socio | - | 20% | $200.000 |
MARÍA ALEJANDRA RAMÍREZ CANALES Socio | - | 20% | $200.000 |
MARIE-ANNE HILDEGARD TEUBER MAAG Socio | - | 20% | $200.000 |
Administrators (5)
MARIE-ANNE HILDEGARD TEUBER MAAG
MARÍA ALEJANDRA RAMÍREZ CANALES
Corporate history on record
- Transfer of rights· January 27, 2023
Se resciliaron y dejaron sin efecto cesiones de derechos entre DIEGO JOSÉ PALACIOS CRUZ y varios socios, y entre FRANCISCO JAVIER RAMÍREZ CANALES y MARIE-ANNE HILDEGARD TEUBER MAAG.
DIEGO JOSÉ PALACIOS CRUZ · MARÍA TERESA RAMÍREZ CANALES · MARÍA SOLEDAD RAMÍREZ CANALES · FRANCISCO JAVIER RAMÍREZ CANALES · MARÍA LORETO RAMÍREZ CANALES · MARÍA ALEJANDRA RAMÍREZ CANALES · MARIE-ANNE HILDEGARD TEUBER MAAG
- Transfer of rights· February 17, 2023
FRANCISCO JAVIER RAMÍREZ CANALES cedió derechos a MARIE-ANNE HILDEGARD TEUBER MAAG.
FRANCISCO JAVIER RAMÍREZ CANALES · MARIE-ANNE HILDEGARD TEUBER MAAG
- Transfer of rights· June 17, 2025
DIEGO JOSÉ PALACIOS CRUZ cedió la totalidad de sus derechos a MARIE-ANNE HILDEGARD TEUBER MAAG.
- Transfer of rights· June 17, 2025
MARÍA FRANCISCA RAMÍREZ, PABLO RAMÍREZ TEUBER y CATALINA RAMÍREZ TEUBER cedieron la totalidad de sus derechos a MARIE-ANNE HILDEGARD TEUBER MAAG.
MARÍA FRANCISCA RAMÍREZ · PABLO RAMÍREZ TEUBER · CATALINA RAMÍREZ TEUBER · MARIE-ANNE HILDEGARD TEUBER MAAG
- Transfer of rights· June 17, 2025
MARIE-ANNE HILDEGARD TEUBER MAAG cedió un 4,8% de sus derechos a MARÍA TERESA RAMÍREZ CANALES, MARÍA SOLEDAD RAMÍREZ CANALES, MARÍA LORETO RAMÍREZ CANALES y MARÍA ALEJANDRA RAMÍREZ CANALES.
MARIE-ANNE HILDEGARD TEUBER MAAG · MARÍA TERESA RAMÍREZ CANALES · MARÍA SOLEDAD RAMÍREZ CANALES · MARÍA LORETO RAMÍREZ CANALES · MARÍA ALEJANDRA RAMÍREZ CANALES
Official extract text
Ministerio del Interior JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 17 de junio de 2025, otorgada ante mí, bajo el repertorio 17.415-2025: /i/ doña MARÍA TERESA RAMÍREZ CANALES, domiciliado para estos efectos en calle Santa Clara Nº 12.210, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; /ii/ doña María Soledad Ramírez Canales, domiciliada para estos efectos en calle Luis Matte Larraín número 10.109, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; /iii/ doña MARÍA LORETO RAMÍREZ CANALES, domiciliada para estos efectos en Cabo Blanco, Parcela N° 24, Loteo San Andrés, comuna de Valdivia, Región de Los Ríos, y de paso en esta; /iv/ doña MARÍA ALEJANDRA RAMÍREZ CANALES, domiciliada para estos efectos en San José de las Mercedes N° 14, comuna de Requínoa, Región de O’Higgins, y de paso en esta; /v/ don DIEGO JOSÉ PALACIOS CRUZ, del mismo domicilio de la anterior, y de paso en esta; /vi/ doña MARIE-ANNE HILDEGARD TEUBER MAAG, por sí y en representación de don PABLO RAMÍREZ TEUBER, ambos domiciliados para estos efectos en Viento Travesía, parcela N° c14, Molino Viejo, comuna de Llanquihue, Región de Los Lagos, y de paso en esta; /vii/ doña MARÍA FRANCISCA RAMÍREZ, domiciliada para estos efectos en República Árabe de Egipto N° 670, departamento 708, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y /viii/ doña CATALINA RAMÍREZ TEUBER, domiciliada para estos efectos en Luis Matte Larraín Nº 10.109, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; modificaron la sociedad “SOCIEDAD AGRÍCOLA HERMANOS RAMÍREZ CANALES LIMITADA”, en los siguientes sentidos: /Uno/ Resciliaron y dejaron sin efecto en todas sus partes, la escritura pública de fecha 27 de enero de 2023, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola de cesión de derechos entre don DIEGO JOSÉ PALACIOS CRUZ y doña MARÍA TERESA RAMÍREZ CANALES, doña MARÍA SOLEDAD RAMÍREZ CANALES, don FRANCISCO JAVIER RAMÍREZ CANALES, doña MARÍA LORETO RAMÍREZ CANALES y doña MARÍA ALEJANDRA RAMÍREZ CANALES, y la escritura pública de fecha 17 de febrero de 2023, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, de cesión de derechos entre don FRANCISCO JAVIER RAMÍREZ CANALES y doña MARIE-ANNE HILDEGARD TEUBER MAAG; /Dos/ don DIEGO JOSÉ PALACIOS CRUZ vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos en la Sociedad a doña MARIE-ANNE HILDEGARD TEUBER MAAG, quien compró, adquirió y aceptó para si dichos derechos; /Tres/ doña MARÍA FRANCISCA RAMÍREZ, don PABLO RAMÍREZ TEUBER y doña CATALINA RAMÍREZ TEUBER, vendieron, cedieron y transfirieron la totalidad de sus derechos en la Sociedad a doña MARIE-ANNE HILDEGARD TEUBER MAAG, quien compró, adquirió y aceptó para sí dichos derechos; /Cuatro/ doña MARIE-ANNE HILDEGARD TEUBER MAAG vendió, cedió y transfirió un 4,8% de sus derechos en la Sociedad a doña MARÍA TERESA RAMÍREZ CANALES, doña MARÍA SOLEDAD RAMÍREZ CANALES, doña MARÍA LORETO RAMÍREZ CANALES y doña MARÍA ALEJANDRA RAMÍREZ CANALES, quienes, en partes iguales compraron, adquirieron y aceptaron para sí dichos derechos. Como consecuencia se modificó el artículo Quinto de los estatutos sociales en el siguiente sentido: Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000, el que se encuentra íntegramente pagado y aportado por los socios en dinero efectivo en las proporciones siguientes: Uno. Doña María Teresa Ramírez Canales, la cantidad de 200.000 pesos, equivalentes al 20% de los derechos sociales; Dos. Doña María Soledad Ramírez Canales, la cantidad de 200.000 pesos, equivalentes al 20% de los derechos sociales; Tres. Don María Loreto Ramírez Canales, la cantidad de 200.000 pesos, equivalentes al 20% de los derechos sociales; Cuatro. Doña María Alejandra Ramírez Canales, la cantidad de 200.000 pesos, equivalentes al 20% de los derechos sociales; y Cinco. Doña Marie-Anne Hildegard Teuber Maag, la cantidad de 200.000 pesos, equivalentes al 20% de los derechos sociales. Asimismo, se modificó los estatutos sociales en el sentido de modificar el uso de la razón social, la cual corresponderá a doña MARÍA TERESA RAMÍREZ CANALES, doña MARÍA SOLEDAD RAMÍREZ CANALES, doña MARÍA LORETO RAMÍREZ CANALES, doña MARIE-ANNE HILDEGARD TEUBER MAAG y doña MARÍA ALEJANDRA RAMÍREZ CANALES, quienes, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos, la administrarán y representarán judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades, incluyendo la facultad para auto- contratar. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización. Santiago, 24 de junio de 2025.
Corporate information
Capital
Total capital
$1.000.000
Paid-in capital
$1.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (5)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 20% | $200.000 |
Socio | - | 20% | $200.000 |
Marie-Anne Hildegard Teuber Maag Socio | - | 20% | $200.000 |
Socio | - | 20% | $200.000 |
María Alejandra Ramírez Canales Socio | - | 20% | $200.000 |
Corporate history on record
- Transfer of rights· February 17, 2023
Francisco Javier Ramírez Canales cede la totalidad de sus derechos sociales a Marie-Anne Hildegard Teuber Maag.
Francisco Javier Ramírez Canales · Marie-Anne Hildegard Teuber Maag
Official extract text
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 17 de febrero del 2023, otorgada bajo el repertorio 4470-2023, ante el suplente don JUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRÖDER: /i/ doña María Teresa Ramírez Canales, domiciliada para estos efectos en calle Santa Clara número 12.210, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; /ii/ doña María Soledad Ramírez Canales, domiciliada para estos efectos en calle Luis Matte Larraín número 10.109, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; /iii/ don Francisco Javier Ramírez Canales, domiciliado para estos efectos en Viento Travesía, parcela número 14, Molino Viejo, comuna de Llanquihue, Región de Los Lagos, y de paso en esta; /iv/ doña María Loreto Ramírez Canales, domiciliada para estos efectos en Cabo Blanco, Parcela número 24, Loteo San Andrés, comuna de Valdivia, Región de Los Ríos, y de paso en esta; /v/ doña María Alejandra Ramírez Canales, domiciliada para estos efectos en San José de las Mercedes número 14, comuna de Requínoa, Región de O’Higgins, y de paso en esta; y /vi/ doña Marie-Anne Hildegard Teuber Maag, domiciliada para estos efectos en Viento Travesía, parcela 14, Molino Viejo, comuna de Llanquihue, Región de Los Lagos, y de paso en esta; modificaron la sociedad “SOCIEDAD AGRÍCOLA HERMANOS RAMÍREZ CANALES LIMITADA”, en cuya virtud, Francisco Javier Ramírez Canales vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos sociales en la sociedad a doña Marie-Anne Hildegard Teuber Maag, quien compró, adquirió y aceptó para si dichos derechos. Como consecuencia se modificó el artículo Quinto de los estatutos sociales en el siguiente sentido: Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, el que se encuentra íntegramente pagado y aportado por los socios en dinero efectivo en las proporciones siguientes: Uno. Doña María Teresa Ramírez Canales, la cantidad de $200.000, equivalentes al 20% de los derechos sociales; Dos. Doña María Soledad Ramírez Canales, la cantidad de $200.000, equivalentes al 20% de los derechos sociales; Tres. Doña Marie- Anne Hildegard Teuber Magg, la cantidad de $200.000, equivalentes al 20% de los derechos sociales; Cuatro. Doña María Loreto Ramírez Canales, la cantidad de $200.000, equivalentes al 20% de los derechos sociales; y Cinco. Doña María Alejandra Ramírez Canales, la cantidad de $200.000, equivalentes al 20% de los derechos sociales. Asimismo, se modificó los estatutos sociales en el sentido de modificar el uso de la razón social, la cual corresponderá a doña MARÍA TERESA RAMÍREZ CANALES, doña MARÍA SOLEDAD RAMÍREZ CANALES, doña MARIE-ANNE HILDEGARD TEUBER MAGG, doña MARÍA LORETO RAMÍREZ CANALES, y doña MARÍA ALEJANDRA RAMÍREZ CANALES, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellas. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización. Santiago, 7 de marzo de 2023.
Corporate information
Capital
Total capital
$1.000.000
Paid-in capital
$1.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (5)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 20% | $200.000 |
Socio | - | 20% | $200.000 |
Francisco Javier Ramírez Canales Socio | - | 20% | $200.000 |
Socio | - | 20% | $200.000 |
María Alejandra Ramírez Canales Socio | - | 20% | $200.000 |
Official extract text
JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖEDER, Abogado, Notario Suplente, del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago don Juan Ricardo San Martín Urrejola, con oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 27 de enero de 2023, bajo el repertorio 2606-2023, ante el suplente don Mauricio Humberto Reinoso Cifentes: /i/ doña María Teresa Ramírez Canales, domiciliada para estos efectos en calle Santa Clara número 12.210, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; /ii/ doña María Soledad Ramírez Canales, domiciliada para estos efectos en calle Luis Matte Larraín número 10.109, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; /iii/ don Francisco Javier Ramírez Canales, domiciliado para estos efectos en Viento Travesía, parcela número14, Molino Viejo, comuna de Llanquihue, Región de Los Lagos, y de paso en esta; /iv/ doña María Loreto Ramírez Canales, domiciliada para estos efectos en Cabo Blanco, Parcela número 24, Loteo San Andrés, comuna de Valdivia, Región de Los Ríos, y de paso en esta; /vi/ doña María Alejandra Ramírez Canales, domiciliada para estos efectos en San José de las Mercedes número 14, comuna de Requínoa, Región de O’Higgins, y de paso en esta; y /vii/ don Diego José Palacios Cruz, del mismo domicilio de la anterior, y de paso en esta; modificaron la sociedad “SOCIEDAD AGRÍCOLA HERMANOS RAMÍREZ CANALES LIMITADA”, en cuya virtud, don Diego José Palacios Cruz vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos sociales en la sociedad a doña María Teresa Ramírez Canales, doña María Soledad Ramírez Canales, don Francisco Javier Ramírez Canales, doña María Loreto Ramírez Canales y doña María Alejandra Ramírez Canales, quienes, en partes iguales compraron, adquirieron y aceptaron para sí dichos derechos. Como consecuencia se modificó el artículo Quinto de los estatutos sociales en el siguiente sentido: Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, el que se encuentra íntegramente pagado y aportado por los socios en dinero efectivo en las proporciones siguientes: Uno. Doña María Teresa Ramírez Canales, la cantidad de $200.000, equivalentes al 20% de los derechos sociales; Dos. Doña María Soledad Ramírez Canales, la cantidad de $200.000, equivalentes al 20% de los derechos sociales; Tres. Don Francisco Javier Ramírez Canales, la cantidad de $200.000, equivalentes al 20% de los derechos sociales; Cuatro. Doña María Loreto Ramírez Canales, la cantidad de $200.000, equivalentes al 20% de los derechos sociales; y Cinco. Doña María Alejandra Ramírez Canales, la cantidad de $200.000, equivalentes al 20% de los derechos sociales. Asimismo, se modificó los estatutos sociales en el sentido de modificar el uso de la razón social, la cual corresponderá a doña MARÍA TERESA RAMÍREZ CANALES, doña MARÍA SOLEDAD RAMÍREZ CANALES don FRANCISCO JAVIER RAMÍREZ CANALES, doña MARÍA LORETO RAMÍREZ CANALES, y doña MARÍA ALEJANDRA RAMÍREZ CANALES, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización. Santiago, 16 de febrero de 2023.
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CVE 2664987
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