Inversiones Plt SpA
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La sociedad tendrá por objeto principal la inversión, administración y gestión de recursos financieros y patrimoniales, propios o de terceros, en toda clase de bienes, derechos y valores mobiliarios e inmobiliarios, nacionales o extranjeros, incluyendo acciones, bonos, instrumentos financieros, fondos mutuos, bienes raíces y cualquier otro activo permitido por la legislación vigente. Además, podrá prestar asesorías a terceros ofreciendo soluciones integrales para el desarrollo y optimización de sus operaciones. La sociedad estará facultada para participar en otras personas jurídicas, de cualquier tipo y objeto. Podrá asumir representaciones, franquicias, licencias, agencias, comisiones y mandatos de toda clase. Adicionalmente, la sociedad podrá desarrollar actividades complementarias o relacionadas, como consultoría, desarrollo de proyectos tecnológicos, logística, transporte, distribución, manufactura de productos asociados, arrendamiento de equipos y tecnología aplicada, así como la capacitación profesional y técnica. La sociedad también podrá participar en el desarrollo, ejecución y gestión de proyectos de infraestructura, energías renovables, reciclaje, medio ambiente, paisajismo, jardinería, obras civiles y remodelaciones, así como en iniciativas vinculadas al mejoramiento de espacios públicos y privados. Por último, podrán los socios destinar a la sociedad a cualquier otro negocio o actividad que directa o indirectamente esté relacionada con los objetos antes descritos, incluyendo nuevas líneas de negocio que surjan como oportunidades estratégicas, tanto dentro como fuera del país.
Capital
Shares
100
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
RICARDO ANDRÉS PONCE SEPÚLVEDA Accionista 18.xxx.xxx-0 | 18.xxx.xxx-0 | 50% | - |
Accionista 18.xxx.xxx-2 | 18.xxx.xxx-2 | 50% | - |
Official extract text
EDUARDO ESTEBAN ROCO CAMPOS, Abogado, Notario Público Titular 1ra Notaria de Ñuñoa, oficio en Avenida Irarrázaval 1745 of. B, Ñuñoa – Santiago. CERTIFICO: Que, por escritura pública de hoy, ante mí, don RICARDO ANDRÉS PONCE SEPÚLVEDA, chileno, soltero, empresario, C.I. Nº18.393.040-0, domiciliado Suecia N°3.380, depto. 201, Ñuñoa y don GIANFRANCO SATTUI NEGRI, chileno, soltero, Ingeniero Civil, C.I. Nº18.931.878-2, domiciliado en Los Abetos Norte N°1.225, depto. 13-A, Vitacura, vienen en modificar Sociedad por Acciones "INVERSIONES PLT SpA", RUT N° 77.250.842-5, constituida a través del Registro de Empresas y Sociedades del Gobierno de Chile, del Ministerio de Economía y Empresas de Menor Tamaño fecha 25-10-2020. Posteriormente fue migrada al Régimen General, siendo inscrito el Certificado Digital del Estatuto Actualizado a fojas 48.620 N° 22.470 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2021. Se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile el 25-06-2021, N° Edición 42.987. Por este acto, don RICARDO ANDRÉS PONCE SEPÚLVEDA y don GIANFRANCO SATTUI NEGRI, como únicos y actuales accionistas de la sociedad, con 50 acciones cada uno, nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, lo que corresponde a un 50% cada uno del capital social, vienen en MODIFICAR el Estatuto de la Sociedad en lo siguiente: Artículo Cuarto: Objeto. La sociedad tendrá por objeto principal la inversión, administración y gestión de recursos financieros y patrimoniales, propios o de terceros, en toda clase de bienes, derechos y valores mobiliarios e inmobiliarios, nacionales o extranjeros, incluyendo acciones, bonos, instrumentos financieros, fondos mutuos, bienes raíces y cualquier otro activo permitido por la legislación vigente. Además, podrá prestar asesorías a terceros ofreciendo soluciones integrales para el desarrollo y optimización de sus operaciones. La sociedad estará facultada para participar en otras personas jurídicas, de cualquier tipo y objeto. Podrá asumir representaciones, franquicias, licencias, agencias, comisiones y mandatos de toda clase. Adicionalmente, la sociedad podrá desarrollar actividades complementarias o relacionadas, como consultoría, desarrollo de proyectos tecnológicos, logística, transporte, distribución, manufactura de productos asociados, arrendamiento de equipos y tecnología aplicada, así como la capacitación profesional y técnica. La sociedad también podrá participar en el desarrollo, ejecución y gestión de proyectos de infraestructura, energías renovables, reciclaje, medio ambiente, paisajismo, jardinería, obras civiles y remodelaciones, así como en iniciativas vinculadas al mejoramiento de espacios públicos y privados. Por último, podrán los socios destinar a la sociedad a cualquier otro negocio o actividad que directa o indirectamente esté relacionada con los objetos antes descritos, incluyendo nuevas líneas de negocio que surjan como oportunidades estratégicas, tanto dentro como fuera del país. Articulo Sexto: Gerente General.- La Sociedad será administrada por un Gerente General, pudiendo este ser o no accionista, designado, y esencialmente revocable, por la Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto presentes o representadas en la Junta. Demás estipulaciones en escritura extractada. SANTIAGO 17 ENERO 2025.
Corporate information
Corporate purpose
La sociedad tendrá por objeto principal la inversión, administración y gestión de recursos financieros y patrimoniales, propios o de terceros, en toda clase de bienes, derechos y valores mobiliarios e inmobiliarios, nacionales o extranjeros, incluyendo acciones, bonos, instrumentos financieros, fondos mutuos, bienes raíces y cualquier otro activo permitido por la legislación vigente. Además, podrá prestar asesorías a terceros ofreciendo soluciones integrales para el desarrollo y optimización de sus operaciones. La sociedad estará facultada para participar en otras personas jurídicas, de cualquier tipo y objeto. Podrá asumir representaciones, franquicias, licencias, agencias, comisiones y mandatos de toda clase. Adicionalmente, la sociedad podrá desarrollar actividades complementarias o relacionadas, como consultoría, desarrollo de proyectos tecnológicos, logística, transporte, distribución, manufactura de productos asociados, arrendamiento de equipos y tecnología aplicada, así como la capacitación profesional y técnica. La sociedad también podrá participar en el desarrollo, ejecución y gestión de proyectos de infraestructura, energías renovables, reciclaje, medio ambiente, paisajismo, jardinería, obras civiles y remodelaciones, así como en iniciativas vinculadas al mejoramiento de espacios públicos y privados. Por último, podrán los socios destinar a la sociedad a cualquier otro negocio o actividad que directa o indirectamente esté relacionada con los objetos antes descritos, incluyendo nuevas líneas de negocio que surjan como oportunidades estratégicas, tanto dentro como fuera del país.
Capital
Total capital
$15.000.000
Paid-in capital
$10.000.000
Pending capital
$5.000.000
Shares
100
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
RICARDO ANDRÉS PONCE SEPÚLVEDA Accionista 18.xxx.xxx-0 | 18.xxx.xxx-0 | 50% | $7.500.000 |
Accionista 18.xxx.xxx-2 | 18.xxx.xxx-2 | 50% | $7.500.000 |
Administrators (1)
Ricardo Andrés Ponce Sepúlveda
SII representatives (1)
Ricardo Andrés Ponce Sepúlveda
Corporate history on record
- Incorporation· October 25, 2020
Constitución de INVERSIONES PLT SpA mediante el Registro de Empresas y Sociedades.
- Other act· June 25, 2021
Publicación del estatuto actualizado tras migración al Régimen General.
Official extract text
EDUARDO ESTEBAN ROCO CAMPOS, Abogado, Notario Público Titular 1ra Notaria de Ñuñoa, oficio en Avenida Irarrázaval 1745 of. B, Ñuñoa – Santiago: certifico: Por escritura pública de hoy ante mí; CERTIFICO: Que por escritura pública de hoy ante mí, don RICARDO ANDRÉS PONCE SEPÚLVEDA, chileno, soltero, empresario, C.I. Nº18.393.040-0, domiciliado Suecia N°3.380, depto. 201, Ñuñoa y don GIANFRANCO SATTUI NEGRI, chileno, soltero, Ingeniero Civil, C.I. Nº18.931.878-2, domiciliado en Los Abetos Norte N°1.225, depto. 13-A, Vitacura, vienen en modificar Sociedad por Acciones "INVERSIONES PLT SpA", RUT N° 77.250.842-5, constituida a través del Registro de Empresas y Sociedades del Gobierno de Chile, del Ministerio de Economía y Empresas de Menor Tamaño fecha 25-10-2020. Posteriormente fue migrada al Régimen General, siendo inscrito el Certificado Digital del Estatuto Actualizado a fojas 48.620 N° 22.470 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2021. Se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile el 25-06-2021, N° Edición 42.987. Por este acto, don RICARDO ANDRÉS PONCE SEPÚLVEDA y don GIANFRANCO SATTUI NEGRI, como únicos y actuales accionistas de la sociedad, con 50 acciones cada uno, nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, lo que corresponde a un 50% cada uno del capital social, vienen en MODIFICAR el Estatuto de la Sociedad, en especifico el artículo Cuarto referido al objeto y completamente los Titulos: Tercero. De la Administración Social, Cuarto. De los Accionistas y Quinto. Otros Pactos. Artículos Transitorios. Se modifican los Estatutos de la Sociedad, los que se fijarán de la siguiente forma: Artículo Cuarto: Objeto. La sociedad tendrá por objeto principal la inversión, administración y gestión de recursos financieros y patrimoniales, propios o de terceros, en toda clase de bienes, derechos y valores mobiliarios e inmobiliarios, nacionales o extranjeros, incluyendo acciones, bonos, instrumentos financieros, fondos mutuos, bienes raíces y cualquier otro activo permitido por la legislación vigente. Además, podrá prestar asesorías a terceros ofreciendo soluciones integrales para el desarrollo y optimización de sus operaciones. La sociedad estará facultada para participar en otras personas jurídicas, de cualquier tipo y objeto. Podrá asumir representaciones, franquicias, licencias, agencias, comisiones y mandatos de toda clase. Adicionalmente, la sociedad podrá desarrollar actividades complementarias o relacionadas, como consultoría, desarrollo de proyectos tecnológicos, logística, transporte, distribución, manufactura de productos asociados, arrendamiento de equipos y tecnología aplicada, así como la capacitación profesional y técnica. La sociedad también podrá participar en el desarrollo, ejecución y gestión de proyectos de infraestructura, energías renovables, reciclaje, medio ambiente, paisajismo, jardinería, obras civiles y remodelaciones, así como en iniciativas vinculadas al mejoramiento de espacios públicos y privados. Por último, podrán los socios destinar a la sociedad a cualquier otro negocio o actividad que directa o indirectamente esté relacionada con los objetos antes descritos, incluyendo nuevas líneas de negocio que surjan como oportunidades estratégicas, tanto dentro como fuera del país. TITULO TERCERO: De la Administración. Articulo Sexto: Gerente General.- La Sociedad será administrada por un Gerente General, pudiendo este ser o no accionista, designado, y esencialmente revocable, por la Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto presentes o representadas en la Junta. Artículo Séptimo: Facultades de administración del Gerente General.- Quienes ejerzan la administración se encontrarán investidos de todas las facultades de administración y de disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la Junta de accionistas, sin que sea necesario otorgar poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esa circunstancia. TITULO CUARTO: De las Juntas de Accionistas. Artículo Octavo: Los accionistas se reunirán en Juntas Ordinarias y Extraordinarias, para decidir las materias que la ley establece como de su competencia. Artículo Noveno: Las convocatorias a Juntas de Accionistas serán efectuadas por el Gerente General. Artículo Décimo: En las citaciones deberá expresarse el objeto de la reunión y en ellas únicamente podrán ser tratados los asuntos incluidos en la convocatoria. Artículo Décimo Primero: Podrán auto convocarse y celebrarse válidamente aquellas Juntas a las que concurran la totalidad de las acciones emitidas con derecho a voto. Artículo Décimo Segundo: En general, los acuerdos en Junta de Accionistas se adoptarán con el voto favorable de la mayoría absoluta de las acciones presentes. Artículo Décimo Tercero: Podrá omitirse la celebración de cualquier Junta de Accionistas en caso que la decisión que por ley o estatutos sociales deba acordarse en ella conste en escritura pública en que comparezcan y firmen todos los accionistas con derecho a voto o, en su caso, el único accionista de la Sociedad. Artículo Décimo Cuarto: De las deliberaciones y acuerdos de las Juntas de Accionistas se dejará constancia en un libro de actas especialmente dispuesto para tal efecto. Artículo Décimo Quinto: Al treinta y uno de diciembre de cada año se practicará un balance general de las operaciones de la Sociedad. El Gerente General deberá convocar a Junta de Accionistas para someter a la aprobación de los accionistas reunidos en Junta tales antecedentes y documentos, así como la gestión del Gerente General. Artículo Décimo Sexto: Salvo acuerdo unánime de las acciones emitidas, la Sociedad distribuirá anualmente como dividendo mínimo obligatorio entre sus accionistas, a lo menos el diez por ciento de las utilidades líquidas del respectivo ejercicio. Artículo Décimo Séptimo: La Junta de Accionistas podrá nombrar uno o varios inspectores de cuentas o auditores externos independientes. Artículo Décimo Octavo: Las comunicaciones podrán realizarse por correo electrónico, carta, correo certificado, o cualquier otro medio escrito. Artículo Décimo Noveno: Cualquier dificultad que se suscite entre los accionistas, en su calidad de tales, o entre éstos y la Sociedad o su Gerente General, será sometida a la resolución de un árbitro arbitrador. Artículo Vigésimo: En el silencio de estos estatutos y de las disposiciones del artículo cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio. Artículo Vigésimo Primero: En todo lo no expresamente regulado bajo este título, regirán las normas de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis y sus modificaciones. TITULO QUINTO: Otros Pactos. Artículos Transitorios. Artículo Primero Transitorio: Las acciones se suscriben, enteran y pagan por los accionistas de la siguiente manera: RICARDO ANDRÉS PONCE SEPÚLVEDA suscribe: 50 acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de $7.500.000 del capital social, quien paga $5.000.000 en dinero efectivo y al contado y $2.500.000 que deberá pagar en cuotas semestrales en el plazo de 36 meses. GIANFRANCO SATTUI NEGRI suscribe: 50 acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de $7.500.000 del capital social, quien paga $5.000.000 en dinero efectivo y al contado y $2.500.000 que deberá pagar en cuotas semestrales en el plazo de 36 meses. Artículo Segundo Transitorio: Por este acto, y con efecto a contar de la fecha de la presente escritura pública, queda designado como Gerente General de la Sociedad don Ricardo Andrés Ponce Sepúlveda, individualmente, y anteponiendo su firma a la razón social, podrá representar a la Sociedad con todas y cada una de las facultades indicadas en los artículos Sexto y Séptimo de los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. SANTIAGO 17 DE ENERO DE 2025.
Corporate information
Capital
Shares
100
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
RICARDO ANDRÉS PONCE SEPÚLVEDA Accionista 18.xxx.xxx-0 | 18.xxx.xxx-0 | 50% | - |
Accionista 18.xxx.xxx-2 | 18.xxx.xxx-2 | 50% | - |
Administrators (1)
RICARDO ANDRÉS PONCE SEPÚLVEDA
SII representatives (1)
RICARDO ANDRÉS PONCE SEPÚLVEDA
Official extract text
JUAN EUGENIO DEL REAL ARMAS, Abogado Notario Público titular 1ra Notaria de Ñuñoa, Oficio Av. Irarrázaval N° 1745 b, Santiago, Certifico: Que por escritura pública de hoy ante mí, don RICARDO ANDRÉS PONCE SEPÚLVEDA, chileno, soltero, empresario, C.I.N°18.393.040-0, domiciliado Suecia N° 3.380, depto. 201, Ñuñoa y don GIANFRANCO SATTUI NEGRI, chileno, soltero, Ingeniero Civil, C.I.N°18.931.878-2, domiciliado en Los Abetos Norte N° 1.225, depto. 13A, Vitacura, vienen en modificar Sociedad por Acciones “INVERSIONES PLT SpA”, RUT N° 77.250.842-5, constituida a través del Registro de Empresas y Sociedades del Gobierno de Chile, del Ministerio de Economía y Empresas de Menor Tamaño fecha 25-10-2020. Posteriormente fue migrada al Régimen General, siendo inscrito el Certificado Digital del Estatuto Actualizado a fojas 48.620 N° 22.470 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2021. Se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile el 25-06-2021, N° Edición 42.987, lo anterior consta en escritura pública de protocolización de documento, otorgado ante Notario Público de la Primera Notaria de Ñuñoa, Juan Eugenio del Real Armas de fecha 29-06-2021. Por este acto, don RICARDO ANDRÉS PONCE SEPÚLVEDA y don GIANFRANCO SATTUI NEGRI, como únicos y actuales dueños de la sociedad, con 50 acciones cada uno, nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, lo que corresponde a un 50% cada uno del capital social, vienen en MODIFICAR el artículo sexto de los estatutos sociales, en cuanto a que se designa en este acto como Gerente General de la sociedad a don RICARDO ANDRÉS PONCE SEPÚLVEDA, C.I.N° 18.393.040-0, quien anteponiendo su firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades y atribuciones descritas en el pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. SANTIAGO 01 DE DICIEMBRE DE 2022.
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- MODIFICACIÓN
INVERSIONES PLT SpA
CVE 2610677
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES PLT SpA
CVE 2608852
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES PLT SpA
CVE 2230521
