Limited liability company77.235.189-5

Gestion De Auditoria Limitada

MODIFICACIÓN — Nov 6, 2025

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2025-11-06View PDF (CVE 2722889)

Corporate information

Ltda
Isidora Goyenechea tres mil cuatrocientos setenta y siete

Corporate purpose

La prestación de servicios de auditoría externa, incluidas pero de ninguna forma siendo taxativa este listado, la auditoría externa de estados financieros, la prestación de servicios de consultoría contable, tributaria, auditoría, económica y financiera, la ejecución de encargos de confianza, ya sea por cuenta propia o ajena, y en general, cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con el giro principal, y que los socios de común acuerdo determinen, sea a nivel comunal, regional, nacional o internacional. Con las limitaciones establecidas en el artículo doscientos cuarenta y dos en relación al artículo doscientos treinta y nueve de la ley de mercado de valores.

Shareholders (3)

NameParticipation

IVAN MAURICIO AGUILERA CABAÑA

Socio

15.xxx.xxx-2

-

JUAN FERNANDO OLIVARES HERNÁNDEZ

Socio

6.xxx.xxx-0

-

MARCO ANTONIO OSSANDÓN LÓPEZ

Socio

9.xxx.xxx-1

-

Official extract text

Ministerio del Interior María Soledad Lascar Merino, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, domiciliada en Isidora Goyenechea tres mil cuatrocientos setenta y siete, las Condes, certifico: Que por escritura de fecha 24 de octubre de 2025, ante mí, repertorio número 57274-2025, comparecieron: IVAN MAURICIO AGUILERA CABAÑA, contador auditor, casado en régimen de separación de bienes, cedula nacional de identidad número quince millones ochocientos cinco mil novecientos sesenta y dos guion dos, domiciliado en Villa Camino del Alba, Pasaje Juan Pablo II, numero doscientos noventa y ocho, comuna de Graneros; JUAN FERNANDO OLIVARES HERNÁNDEZ, Chileno, casado en régimen de separación total de bienes, cedula nacional de identidad seis millones sesenta y un mil seiscientos catorce guion cero, auditor, domiciliado en Avenida Echeñique ocho mil trescientos sesenta y siete, casa B, comuna de la Reina, Santiago; MARCO ANTONIO OSSANDÓN LÓPEZ, divorciado, contador auditor, cedula nacional de identidad nueve millones doscientos un mil ochocientos nueve guion uno, domiciliado en Guanabara número mil cincuenta y cinco, Departamento seiscientos dos, comuna de Las Condes, Santiago. Acordaron modificar la sociedad de responsabilidad limitada en lo siguiente: ARTÍCULO PRIMERO DEL NOMBRE O RAZON SOCIAL: El nombre o razón social de la Sociedad es “GESTION DE AUDITORIA LIMITADA" y se regirá por lo señalado por la ley tres mil novecientos dieciocho, normas del código de comercio y lo señalado en este estatuto. ARTÍCULO SEGUNDO OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios de auditoría externa, incluidas pero de ninguna forma siendo taxativa este listado, la auditoría externa de estados financieros, la prestación de servicios de consultoría contable, tributaria, auditoría, económica y financiera, la ejecución de encargos de confianza, ya sea por cuenta propia o ajena, y en general, cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con el giro principal, y que los socios de común acuerdo determinen, sea a nivel comunal, regional, nacional o internacional. Con las limitaciones establecidas en el artículo doscientos cuarenta y dos en relación al artículo doscientos treinta y nueve de la ley de mercado de valores. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de octubre de 2025.

AmendmentDiario Oficial · 2023-01-07View PDF (CVE 2249372)

Corporate information

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duration: indefinida
Administration: corresponderá a los tres socios, los cuales para obligar a la sociedad, deberán firmar a lo menos dos de sus tres socios

Corporate purpose

La auditoria externa de estados financieros, la prestación de servicios de consultoría contable, tributaría, auditoria, económica y financiera en el más amplio sentido, la ejecución de encargos de confianza, ya sea por cuenta propia o ajena, y en general, cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con el giro principal, y que los socios de común acuerdo determinen, sea a nivel comunal, regional, nacional o internacional, con las limitaciones establecidas en el artículo doscientos cuarenta y dos en relación al artículo doscientos treinta y nueve de la ley de mercado de valores.

Capital

Total capital

$1.500.000

Paid-in capital

$1.500.000

Pending capital

$0

Shareholders (3)

NameParticipation

Iván Mauricio Aguilera Cabaña

Accionista

15.xxx.xxx-2

33.3%

Marco Antonio Ossandón López

Accionista

9.xxx.xxx-1

33.3%

Juan Fernando Olivares Hernández

Accionista

6.xxx.xxx-0

33.4%

Administrators (3)

Iván Mauricio Aguilera Cabaña

15.xxx.xxx-2Administrador

Marco Antonio Ossandón López

9.xxx.xxx-1Administrador

Juan Fernando Olivares Hernández

6.xxx.xxx-0Administrador

Corporate history on record

  1. Transformation· December 15, 2022

    La junta extraordinaria de accionistas aprobó transformar Gesaudit SpA en una sociedad de responsabilidad limitada.

    Marco Antonio Ossandón López · Iván Mauricio Aguilera Cabaña · Juan Fernando Olivares Hernández

Official extract text

VERÓNICA ISABEL GONZÁLEZ DÁVILA, Notario Público Suplente de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, domiciliada en Miraflores ciento setenta y ocho, piso cinco, Santiago Centro, certifico: Que don Marco Antonio Ossandón López, casado en régimen de separación total de bienes, contador auditor, cedula nacional de identidad 9.201.809-1, domiciliado en Guanabara N°1055, Departamento 602, Las Condes; Iván Mauricio Aguilera Cabaña, contador auditor, casado en régimen de separación de bienes, cedula nacional de identidad número quince millones ochocientos cinco mil novecientos sesenta y dos guion dos, domiciliado en Villa Camino del Alba, Pasaje Juan Pablo II N°298, Graneros; y Juan Fernando Olivares Hernández, Chileno, casado en régimen de separación total de bienes, C.I. 6.061.614-0, auditor, domiciliado en Avenida Echeñique 8367, casa B, comuna de la Reina, Santiago los cuales debidamente facultados, redujeron a escritura pública de fecha veinte y siete de diciembre de dos mil veinte y dos, ante la titular, la junta extraordinaria de accionistas de la sociedad Gesaudit SpA, de fecha quince de diciembre de dos mil veinte y dos, en la cual concurrieron el cien por ciento de los accionistas de la sociedad: 1) Se propone la transformación de la sociedad desde una sociedad por acciones a una sociedad de responsabilidad limitada. 2) Se propone el siguiente estatuto social: ARTÍCULO PRIMERO DEL NOMBRE O RAZON SOCIAL: El nombre o razón social de la Sociedad es "GESTION DE AUDITORIA LIMITADA", pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante Bancos y Entidades Financieras con el nombre de fantasía de GESAUDIT LTDA, y se regirá por lo señalado por la ley tres mil novecientos dieciocho, normas del código de comercio y lo señalado en este estatuto. ARTÍCULO SEGUNDO OBJETO: La Sociedad tendrá? por objeto la auditoria externa de estados financieros, la prestación de servicios de consultoría contable, tributaría, auditoria, económica y financiera en el más amplio sentido, la ejecución de encargos de confianza, ya sea por cuenta propia o ajena, y en general, cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con el giro principal, y que los socios de común acuerdo determinen, sea a nivel comunal, regional, nacional o internacional. Con las limitaciones establecidas en el artículo doscientos cuarenta y dos en relación al artículo doscientos treinta y nueve de la ley de mercado de valores. ARTÍCULO TERCERO DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. ARTÍCULO CUARTO DURACIÓN: La duración de la Sociedad es indefinida a contar de la fecha de la presente escritura. En caso de fallecimiento de alguno de los socios, los derechos sociales de este, serán adquiridos por los socios sobrevivientes a los herederos, a más tardar treinta días de finalizado el trámite de posesión efectiva, al valor del aporte de capital, más reajustes y utilidades acumuladas no retiradas por el socio a la fecha del fallecimiento, lo que se pagará en un plazo que las partes acuerden de común acuerdo y que no podrá ser superior a los tres años desde la fecha de la posesión efectiva. ARTÍCULO QUINTO DEL CAPITAL SOCIAL: El capital de la Sociedad es de un millón quinientos mil pesos, de los cuales ya fue enterada la suma total de un millón quinientos mil pesos, y que los socios aportaron y pagaron en las proporciones y de la forma siguiente: A) IVÁN MAURICIO AGUILERA CABAÑA, pago y entero el equivalente al treinta y tres coma tres por ciento del capital social, mediante el aporte de quinientos mil pesos que enteraron en dinero efectivo a arcas sociales ; B) MARCO ANTONIO OSSANDON LOPEZ, pago y entero el equivalente al treinta y tres coma tres por ciento del capital social, mediante el aporte de quinientos mil pesos que enteraron en dinero efectivo a arcas sociales; JUAN OLIVARES HERNANDEZ, pago y entero el equivalente al treinta y tres coma cuatro por ciento del capital social, mediante el aporte de quinientos mil pesos que enteraron en dinero efectivo a arcas sociales. ARTÍCULO SEXTO DE LA RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. ARTÍCULO SÉPTIMO DE LA ADMINISTRACIÓN: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá? a los tres socios, los cuales para obligar a la sociedad, deberán firmar a lo menos dos de sus tres socios; Se someten a votación estas materias, y son aprobadas por la unanimidad de los accionistas. Otras estipulaciones en escritura pública extractada de fecha 27 de diciembre de 2022. Santiago, 05 de enero de 2023.-

AmendmentDiario Oficial · 2022-12-24View PDF (CVE 2241131)

Corporate information

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duration: indefinida
Administration: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a los tres socios, los cuales para obligar a la sociedad, deberán firmar a lo menos dos de sus tres socios.

Corporate purpose

La auditoria externa de estados financieros, la prestación de servicios de consultoría contable, tributaría, auditoria, económica y financiera en el más amplio sentido, la ejecución de encargos de confianza, ya sea por cuenta propia o ajena, y en general, cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con el giro principal, y que los socios de común acuerdo determinen, sea a nivel comunal, regional, nacional o internacional, con las limitaciones establecidas en el artículo doscientos cuarenta y dos en relación al artículo doscientos treinta y nueve de la ley de mercado de valores.

Capital

Total capital

$1.500.000

Paid-in capital

$1.500.000

Pending capital

$0

Shareholders (3)

NameParticipation

IVÁN MAURICIO AGUILERA CABAÑA

Socio

33.3%

MARCO ANTONIO OSSANDON LOPEZ

Socio

9.xxx.xxx-1

33.3%

JUAN OLIVARES HERNANDEZ

Socio

33.4%

Administrators (3)

JUAN OLIVARES HERNANDEZ

Socio

Corporate history on record

  1. Transformation

    La sociedad se transforma de Sociedad por Acciones a Sociedad de Responsabilidad Limitada.

    Gesaudit SpA

Official extract text

María Soledad Lascar Merino, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, domiciliada en Miraflores ciento setenta y ocho, piso cinco, Santiago Centro, certifico: que por escritura publica de fecha 16 de diciembre de 2022, repertorio 72400-2022, comparece ante mí, don Marco Antonio Ossandón López, casado en régimen de separación total de bienes, contador auditor, cedula nacional de identidad 9.201.809-1, domiciliado en Guanabara N°1055, Departamento 602, Las Condes, el cual debidamente facultado, redujo a escritura pública de fecha dieciséis de diciembre de dos mil veinte y dos, la junta extraordinaria de accionistas de la sociedad Gesaudit SpA, de fecha quince de diciembre de dos mil veinte y dos: OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El Presidente manifiesta a los accionistas que la presente Junta tiene por objeto someter a su aprobación los siguientes temas: 1) Transformación Social desde Sociedad por Acciones a una Sociedad de Responsabilidad Limitada. 2) Nuevos estatutos. 3) Aprobar que la Sociedad será responsable de todos los impuestos que se adeuden o puedan adeudarse por Gesaudit SpA, en conformidad al artículo sesenta y nueve del Código Tributario; 4) Adoptar las medidas necesarias para llevar a cabo los acuerdos anteriores. Luego de fijado los objetos sobre el que versará la presente Junta, se dio comienzo a la discusión de cada una de las referidas materias; exponiendo el presidente los puntos, y posteriormente se les dará la palabra a los Señores Accionistas para que den su parecer sobre estos puntos. 1) Se propone la transformación de la sociedad desde una sociedad por acciones a una sociedad de responsabilidad limitada. 2) Se propone el siguiente estatuto social: ARTÍCULO PRIMERO DEL NOMBRE O RAZON SOCIAL: El nombre o razón social de la Sociedad es "GESAUDIT LIMITADA", pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante Bancos y Entidades Financieras con el nombre de fantasía de GESAUDIT LTDA, y se regirá por lo señalado por la ley tres mil novecientos dieciocho, normas del código de comercio y lo señalado en este estatuto. ARTÍCULO SEGUNDO OBJETO: La Sociedad tendrá? por objeto la auditoria externa de estados financieros, la prestación de servicios de consultoría contable, tributaría, auditoria, económica y financiera en el más amplio sentido, la ejecución de encargos de confianza, ya sea por cuenta propia o ajena, y en general, cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con el giro principal, y que los socios de común acuerdo determinen, sea a nivel comunal, regional, nacional o internacional. Con las limitaciones establecidas en el artículo doscientos cuarenta y dos en relación al artículo doscientos treinta y nueve de la ley de mercado de valores. ARTÍCULO TERCERO DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. ARTÍCULO CUARTO DURACIÓN: La duración de la Sociedad es indefinida a contar de la fecha de la presente escritura. En caso de fallecimiento de alguno de los socios, los derechos sociales de este, serán adquiridos por los socios sobrevivientes a los herederos, a más tardar treinta días de finalizado el trámite de posesión efectiva, al valor del aporte de capital, más reajustes y utilidades acumuladas no retiradas por el socio a la fecha del fallecimiento, lo que se pagará en un plazo que las partes acuerden de común acuerdo y que no podrá ser superior a los tres años desde la fecha de la posesión efectiva. ARTÍCULO QUINTO DEL CAPITAL SOCIAL: El capital de la Sociedad es de un millón quinientos mil pesos, de los cuales ya fue enterada la suma total de un millón quinientos mil pesos, y que los socios aportaron y pagaron en las proporciones y de la forma siguiente: A) IVÁN MAURICIO AGUILERA CABAÑA, pago y entero el equivalente al treinta y tres coma tres por ciento del capital social, mediante el aporte de quinientos mil pesos que enteraron en dinero efectivo a arcas sociales ; B) MARCO ANTONIO OSSANDON LOPEZ, pago y entero el equivalente al treinta y tres coma tres por ciento del capital social, mediante el aporte de quinientos mil pesos que enteraron en dinero efectivo a arcas sociales; JUAN OLIVARES HERNANDEZ, pago y entero el equivalente al treinta y tres coma cuatro por ciento del capital social, mediante el aporte de quinientos mil pesos que enteraron en dinero efectivo a arcas sociales. ARTÍCULO SEXTO DE LA RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. ARTÍCULO SÉPTIMO DE LA ADMINISTRACIÓN: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá? a los tres socios, los cuales para obligar a la sociedad, deberán firmar a lo menos dos de sus tres socios. ARTÍCULO OCTAVO DE LAS UTILIDADES Y PÉRDIDAS, Y LOS RETIROS PARA GASTOS: Las utilidades y perdidas de la Sociedad se repartirán entre los socios la siguiente proporción: En función de los porcentajes de propiedad de cada socio; ARTÍCULO NOVENO DEL ARBITRAJE: La resolución de conflictos se realizará a través de un árbitro que será designado por las partes de común acuerdo, en caso de no existir acuerdo será designado por los tribunales ordinarios de justicia, a petición de cualquiera de los socios. ARTÍCULO DÉCIMO DE LA LIQUIDACIÓN: La liquidación se regirá por lo dispuesto en los artículos 408 y siguientes del Código de Comercio; 3) Aprobar que la Sociedad será responsable de todos los impuestos que se adeuden o puedan adeudarse por Gesaudit SpA, en conformidad al artículo sesenta y nueve del Código Tributario; 4) Adoptar las medidas necesarias para llevar a cabo los acuerdos anteriores. Se someten a votación estas 4 materias, y son aprobadas por la unanimidad de los accionistas. Otras estipulaciones en escritura pública extractada de fecha 16 de diciembre de 2022. Santiago, 22 de diciembre de 2022.-

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    GESTION DE AUDITORIA LIMITADA

    CVE 2722889

  2. MODIFICACIÓN

    Gesaudit SpA

    CVE 2249372

  3. MODIFICACIÓN

    Gesaudit SpA

    CVE 2241131

Corporate relationships

CompanyPersonDiario OficialFormer relationship (ended)