Inmobiliaria Jw Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La sociedad tendrá por objeto la realización de toda clase de inversiones relacionadas directa o indirectamente al rubro mobiliario o inmobiliario, sea su realización por cuenta propia o ajena, pudiendo para tales efectos y sin que la enumeración sea taxativa: Comprar, adquirir a cualquier título, bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles; Explotar, lotear, urbanizar, enajenar, arrendar, sub arrendar, bienes raíces urbanos o rurales y realizar cualesquiera otras actividades afines, conexas o complementarias que los socios acuerden, pudiendo celebrar todos los demás contratos y actos útiles y necesarios al objeto indicado. Para el desarrollo de los objetos mencionados la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo concurrir a la constitución y/o participación en toda clase de sociedades, comunidades y asociaciones. Asimismo, podrá efectuar inversiones y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la propiedad y/o administración de tales entidades. Sin perjuicio de lo anterior, será objeto de la sociedad, todo aquel negocio o actividad acordada por los socios y accionistas, y que no sean contrarios a la ley.
Capital
Total capital
$60.000.000
Paid-in capital
$60.000.000
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 24.xxx.xxx-9 | 24.xxx.xxx-9 | 50% | $30.000.000 |
Won Kyung Ryu Troncoso Socio 25.xxx.xxx-0 | 25.xxx.xxx-0 | 50% | $30.000.000 |
Administrators (2)
Official extract text
EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Novena Notaría de Santiago, según Decreto de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, ya protocolizado en esta Notaría, con oficio en Enrique Mac Iver doscientos veinticinco, piso tres, oficina trescientos dos, de esta ciudad, certifica que; Por escritura pública de fecha 5 de septiembre de 2023 bajo el repertorio número 6912 del año 2023, ante mi suplente doña Paulina Constanza Estay Calzadilla, Don WON KYUNG RYU, ciudadano Coreano, soltero, cédula nacional de identidad para extranjeros 25.278.142-0, domiciliado en Ayllu Poconche Lote 7-4, San Pedro de Atacama, Región de Antofagasta; y don JUNYEOP PARK, ciudadano Coreano, soltero, cédula nacional de identidad para extranjeros 24.886.651-9, domiciliado en Avenida Presidente Riesco 3685, departamento 501, Las Condes, quienes acordaron constituir Sociedad de Responsabilidad Limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “INMOBILIARIA JW LIMITADA”. Objeto social: La sociedad tendrá por objeto la realización de toda clase de inversiones relacionadas directa o indirectamente al rubro mobiliario o inmobiliario, sea su realización por cuenta propia o ajena, pudiendo para tales efectos y sin que la enumeración sea taxativa: Comprar, adquirir a cualquier título, bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles; Explotar, lotear, urbanizar, enajenar, arrendar, sub arrendar, bienes raíces urbanos o rurales y realizar cualesquiera otras actividades afines, conexas o complementarias que los socios acuerden, pudiendo celebrar todos los demás contratos y actos útiles y necesarios al objeto indicado. Para el desarrollo de los objetos mencionados la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo concurrir a la constitución y/o participación en toda clase de sociedades, comunidades y asociaciones. Asimismo, podrá efectuar inversiones y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la propiedad y/o administración de tales entidades. Sin perjuicio de lo anterior, será objeto de la sociedad, todo aquel negocio o actividad acordada por los socios y accionistas, y que no sean contrarios a la ley. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $60.000.000 de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: Uno) don Junyeop Park, suscribe la suma de $30.000.000 de pesos, equivalente al 50% de los derechos sociales, los cuales son pagados en dinero en efectivo en este mismo acto y Dos) don Won Kyung Ryu Troncoso, suscribe la suma de $30.000.000 de pesos, equivalente al 50% de los derechos sociales, los cuales son pagados en dinero en efectivo en este mismo acto. Limitación de Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida por don Junyeop Park y don Won Kyung Ryu, quienes anteponiendo a su nombre la razón social, se obligarán y actuarán individualmente en toda clase de operaciones, actos o contratos que queden comprendidos dentro del giro social, con amplias facultades estipuladas en el artículo sexto en escritura extractada. Duración: La Sociedad tendrá una duración indefinida. Domicilio: será en la comuna de Las Condes, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en cualquier otro punto del país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de septiembre de 2023.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
INMOBILIARIA JW LIMITADA
CVE 2377757
