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Kw Innovaciones Y Servicios SpA

MODIFICACIÓN — May 22, 2020

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2020-05-22View PDF (CVE 1763934)

Corporate information

SpA
Ahumada número once, oficina trescientos diecinueve
Administration: Administración conjunta e indistinta por dos administradores

Administrators (2)

WOUTER ARJAN KEEKSTRA

24.xxx.xxx-kAdministrador

KIMIO PATRICIO KOBAYASHI AHUMADA

6.xxx.xxx-9Administrador

Legal representation (2)

WOUTER ARJAN KEEKSTRA

24.xxx.xxx-kOn behalf of KW INNOVACIONES Y SERVICIOS SpA

KIMIO PATRICIO KOBAYASHI AHUMADA

6.xxx.xxx-9On behalf of KW INNOVACIONES Y SERVICIOS SpA

Official extract text

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco piso dos, Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 19 de mayo de 2020, Repertorio Nº 9.626-2020, ante mí, don WOUTER ARJAN KEEKSTRA y don KIMIO PATRICIO KOBAYASHI AHUMADA, todos domiciliados para estos efectos en calle Ahumada número once, oficina trescientos diecinueve, comuna de Santiago, modificaron la sociedad por acciones, denominada “KW INNOVACIONES Y SERVICIOS SpA”, inscrita a fojas 14671, número 7529, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020, en cuanto: ADMINISTRACIÓN: acordaron modificar los estatutos sociales, en el sentido de nombrar como administradores y representantes de la sociedad a don WOUTER ARJAN KEEKSTRA, holandés, casado, factor de comercio, cédula de identidad para extranjeros número veinticuatro millones setenta y ocho mil setecientos cincuenta y ocho guion K; y don KIMIO PATRICIO KOBAYASHI AHUMADA, chileno, casado, factor de comercio, cédula nacional de identidad número seis millones seiscientos noventa y cuatro mil ochocientos nueve guion nueve, en forma conjunta e indistintamente. Por lo anterior, se modifica íntegramente el artículo noveno del título III por lo siguiente: La administración y representación de la sociedad correspondera a don WOUTER ARJAN KEEKSTRA, holandés, casado, factor de comercio, cédula de identidad para extranjeros número veinticuatro millones setenta y ocho mil setecientos cincuenta y ocho guion K; y don KIMIO PATRICIO KOBAYASHI AHUMADA, chileno, casado, factor de comercio, cédula nacional de identidad número seis millones seiscientos noventa y cuatro mil ochocientos nueve guion nueve, en forma conjunta e indistintamente. Los administradores, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa e indirectamente con el giro social, sin limitación alguna. Por vía ilustrativa, se deja testimonio que las facultades del Administrador comprenden, entre otras, las siguientes: a) Someter a la aprobación del directorio las normas generales a que deberán ceñirse las operaciones de la Sociedad y de sus Filiales, sus reglamentos internos, la determinación y modificación de la planta de trabajadores de la empresa y las políticas de remuneraciones y beneficios; b) Suscribir los contratos de trabajo de. Los trabajadores de la Sociedad y de sus Filiales, y ponerles término; c) Celebrar contratos de arrendamiento, subarriendo, transporte, de servicio, de fletamento, de seguro, de depósito, de mandato, de transacción, comisión, toda clase de contratos para la confección de obra material, presentarse a propuestas, contratar obras, fijar precios y condiciones, convenir aumentos o disminuciones de las obras contratadas, otorgar finiquitos con respecto a las obras ejecutadas y presentar estados de pagos, y en general celebrar cualquier otra especie de contrato que se relacione directamente con el objeto social, estipulando en ello las cláusulas de su esencia, naturaleza o meramente accidentales, pudiendo modificarlos y, al efecto, firmar las escrituras públicas y privadas que sean pertinentes; d) Comprar, vender, permutar, y en general, adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, derechos sobre éstos, valores mobiliarios, acciones, debentures, bonos u otros, y celebrar contratos de promesa sobre los bienes enumerados y otros pudiendo constituir prendas, incluso con cláusula de garantía general y pactar prohibiciones de gravar y enajenar sobre toda clase de bienes muebles sociales, sean éstos valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales e incorporales, excluyendo marcas comerciales, patentes y demás derechos de propiedad industrial; e) Comprar, adquirir, vender y enajenar, a cualquier título, toda clase de bienes inmuebles, corporales e incorporales, y derechos sobre éstos, celebrar contratos de promesa sobre ellos, gravarlos con hipotecas y prohibiciones para garantizar obligaciones sociales, incluso con cláusula de garantía general; f) Dar y tomar en arrendamiento, comodato, administración, concesión o a cualquier otro título, toda clase de bienes, sean éstos corporales e incorporales, raíces y muebles; g) Abrir y cerrar cuentas corrientes bancarias de depósito y de ahorro, administrar aquellas de que la Sociedad y de sus Filiales sean titulares, pudiendo girar, y sobregirar en ellas, contratar toda clase de préstamos y líneas de crédito o de sobregiro en moneda nacional o extranjera, con o sin interés, con instituciones bancarias, financieras y particulares, en forma de mutuo, avance contra aceptación, sobregiros, créditos en cuenta corriente, crédito documentario o de cualquier otra forma, pudiendo al efecto suscribir, firmar y aceptar los contratos de mutuo, pagarés, letras de cambio, y todo instrumento público, privado o mercantil que fuere pertinente; hacer y retirar depósitos de dinero, especies y valores a la vista o plazo, retirar valores en custodia, arrendar cajas de seguridad, abrirlas y poner término a su arrendamiento y efectuar toda clase de operaciones bancarias en moneda nacional o extranjera, incluyendo la apertura de cartas de crédito y acreditivos; h) Realizar operaciones de comercio exterior y de cambios internacionales, presentar, firmar y tramitar registros de importación y exportación, presentar solicitudes anexas y cartas explicativas, retirar mercaderías de las aduanas, endosar y retirar conocimientos de embarque, suscribir declaraciones juradas y toda clase de documentos que fueren exigidos por el Banco Central de Chile u otras autoridades o reparticiones, solicitar la modificación de las condiciones bajo las cuales se hubiere autorizado una determinada operación y solicitar autorización para operar bajo el sistema de cobertura diferida u otro; I) Administrar las cuentas corrientes bancarias de que la Sociedad y de sus Filiales sean titulares, pudiendo depositar, hacer protestar, revalidar, cancelar, y cobrar cheques; solicitar líneas de crédito, sobregiros, y créditos bajo cualquier modalidad, girar cheques, suscribir, aceptar y girar letras de cambio, pagarés y demás instrumentos mercantiles necesarios para perfeccionar, documentar y organizar las operaciones de crédito, retirar talonarios de cheques y solicitar, aprobar e impugnar los saldos de dichas cuentas corriente, encomendar comisiones de confianza y dar instrucciones a bancos particulares y estatales o instituciones financieras, nacionales o extranjeras; j) Comprar y adquirir a cualquier título, permutar y enajenar a título oneroso toda clase de materias primas, insumos, productos terminados, y en general, toda clase de bienes muebles del activo realizable de la Sociedad y de sus Filiales, y cuya adquisición o enajenación se relacione directamente con el giro de la Sociedad; k) Aceptar la constitución de toda clase de prendas, hipotecas y gravámenes en favor de la Sociedad, pudiendo al efecto suscribir los instrumentos y escrituras públicas y privadas que fueren pertinentes; l) Cobrar todo cuanto se adeude a la Sociedad y a sus Filiales por cualquier motivo o título por cualquier persona, natural o jurídica, incluido el Fisco, sea en dinero o en otra clase de bienes o valores; firmar recibos, finiquitos y cancelaciones y retirar documentos, cheques y otros valores pertenecientes a la Sociedad y sus filiales; m) Aceptar y efectuar daciones en pago, pagos por subrogación y por consignación, exigir, entregar y recibir rendiciones de cuentas; cobrar y percibir cuanto se adeude a la Sociedad y sus Filiales, extinguir y novar obligaciones, darlas por extinguidas y alzar y cancelar toda clase de prendas , hipotecas o cualquier otra caución o gravamen constituido en favor de la Sociedad y de sus Filiales para seguridad de sus créditos; N) Girar, aceptar, endosar en cobranza, garantía o en dominio, acordar liberaciones de protesto y protestar, letras de cambio, pagarés y toda clase de títulos de crédito en moneda nacional o extranjera; o) Representar a la Sociedad y a sus Filiales ante toda clase de organismos de previsión, cajas de previsión, administradoras de fondos de pensiones, Servicio de Seguro Social, instituciones de salud previsional, isapres, Instituto de Previsión Social y ante la Dirección o inspecciones comunales o regionales del Trabajo y toda clase de organismos, instituciones, o autoridades que se relacionen con las actividades laborales, de previsión y de seguridad social, pudiendo presentar toda clase de solicitudes y peticiones ante ellas, desistirse de las mismas, modificarlas, y aceptar sus resoluciones; p) Representar a la Sociedad y a sus Filiales ante toda clase de autoridades políticas, administrativas, municipales, organismos de derecho público, fiscales o semifiscales, incluyendo Banco Central de Chile, Servicio de Impuestos internos, Tesorería General de la República, municipalidades, superintendencias, ministerios, subsecretarías, Instituto de Salud Pública, y autoridades sanitarias en general, etcétera, pudiendo presentar toda clase de solicitudes y peticiones ante ellas, desistirse de las mismas, modificarlas y aceptar sus resoluciones; a) Registrar y renovar la inscripción de marcas comerciales y patentes industriales y de invención, oponerse a su registro, solicitar nulidades y actuar con amplias atribuciones ante los organismos competentes y el Instituto Nacional de Propiedad Industrial; comprar, vender, permutar, y en general, adquirir, gravar o enajenar a cualquier título, marcas comerciales, patentes de invención modelos industriales y cualquier otro derecho de propiedad industrial; r) Retirar correspondencia postal, telegráfica, encomiendas, giros y cualquier otra dirigida a la Sociedad y sus Filiales, sea certificada u ordinaria; s) Representar a la Sociedad y a sus Filiales con las facultades de ambos incisos del artículo Séptimo del Código de Procedimiento Civil, las que se dan por expresa e íntegramente reproducidas, incluyéndose expresamente entre éstas la facultad de transigir; t) Concurrir a la constitución de asociaciones gremiales o cualquier otro tipo de agrupaciones, que reúnan a empresas cuyo giro, origen o políticas sean coincidentes con las de la Sociedad y la de sus Filiales, incorporarse a las ya existentes y actuar ante ellas con las más amplias atribuciones; u) Otorgar mandaros especiales y delegar total o parcialmente sus facultades; v) Representar a la Sociedad y a sus Filiales en la junta de accionistas o reuniones de socios de aquellas sociedades de las que la Sociedad y sus Filiales sean accionistas o socias, con derecho a voz y voto, con las más amplias atribuciones; pudiendo designar directores, inspectores de cuenta o auditores externos, acordar la reforma de sus estatutos, su terminación anticipada, su disolución, liquidación, fusiones, y demás procesos de reorganización empresariales; Concurrir en representación de la Sociedad y sus Filiales, a la constitución de sociedades de cualquier tipo, tanto civiles como comerciales, sean anónimas, colectivas, de responsabilidad limitada, en comandita por acciones o simple, asociaciones o cuentas en participación, etcétera, quedando expresamente facultado para estipular contratos de sociedad en los que, el otro socio o uno de los otros socios, accionistas o asociados, o su apoderado, sea el mismo mandatario. En todo lo no modificado, rige íntegramente el pacto constitutivo originario.- Santiago, 19 de mayo de 2020.-

IncorporationDiario Oficial · 2020-02-22View PDF (CVE 1730730)

Corporate information

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duration: indefinida
Administration: La administración y representación de la sociedad corresponderá a ambos socios en forma conjunta e indistintamente.

Corporate purpose

a) la importación, exportación, producción, elaboración, comercialización y distribución por cuenta propia o ajena de productos agroindustriales o alimenticios, manufacturados o materias primas, y la representación de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que se dediquen a cualquier actividad relacionada con lo anterior y toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores; y b) la realización de toda clase de negocios relacionado con el agro, la producción agropecuaria, frutícola o maderera, la compra, la venta y exportación de la producción, sea propia o ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios; realizar inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas, y, en general, cualesquiera otros negocios, directa o indirectamente relacionados con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos, y obras menores relacionadas con instalación, mantención de equipamiento tecnológico, que acuerden los socios.

Capital

Total capital

$5.000.000

Paid-in capital

$5.000.000

Pending capital

$0

Shares

500

Shareholders (2)

NameParticipation

WOUTER ARJAN KEEKSTRA

Accionista

50%

KIMIO PATRICIO KOBAYASHI AHUMADA

Accionista

50%

Administrators (2)

Official extract text

ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Segunda Notaria de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, Santiago, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 6 de febrero de 2020, ante mí, Don WOUTER ARJAN KEEKSTRA, y don KIMIO PATRICIO KOBAYASHI AHUMADA constituyeron una sociedad por acciones. Nombre de la sociedad es “KW INNOVACIONES Y SERVICIOS SpA”. Objeto de la empresa será el siguiente: a) la importación, exportación, producción, elaboración, comercialización y distribución por cuenta propia o ajena de productos agroindustriales o alimenticios, manufacturados o materias primas, y la representación de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que se dediquen a cualquier actividad relacionada con lo anterior y toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores; y b) la realización de toda clase de negocios relacionado con el agro, la producción agropecuaria, frutícola o maderera, la compra, la venta y exportación de la producción, sea propia o ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios; realizar inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas, y, en general, cualesquiera otros negocios, directa o indirectamente relacionados con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos, y obras menores relacionadas con instalación, mantención de equipamiento tecnológico, que acuerden los socios. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Duración de la Sociedad será indefinida. Capital de la sociedad es la suma de cinco millones de pesos, dividido en quinientas acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal. El que se suscribe y paga de la siguiente forma, DON WOUTER ARJAN KEEKSTRA, y don KIMIO PATRICIO KOBAYASHI AHUMADA, tal como se indica en la comparecencia del presente instrumento, suscriben en este acto doscientas cincuenta acciones cada uno, equivalentes al cien por ciento de las acciones en la sociedad, representativas de la cantidad de cinco millones de pesos, que paga en este acto al contado y en dinero en efectivo, ingresando en este acto a caja social. En consecuencia, el capital social de KW INNOVACIONES Y SERVICIOS SpA, se encuentra íntegramente suscrito y pagado.- La administración y representación de la sociedad corresponderá a ambos socios en forma conjunta e indistintamente. Los administradores, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición.- Santiago, 19 de febrero de 2020.

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    KW INNOVACIONES Y SERVICIOS SpA

    CVE 1763934

  2. CONSTITUCIÓN

    KW INNOVACIONES Y SERVICIOS SpA

    CVE 1730730

Corporate relationships

CompanyPersonDiario Oficial