Sociedad Tecnologías Experimentales Exponenciales Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$375.000.000
Shareholders (8)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 15% | $56.250.000 |
SERVICIOS Y PRODUCTOS EDUCATIVOS CRISOL LIMITADA Socio | - | 50% | $187.000.000 |
Socio | - | 11% | $41.250.000 |
DISEÑO Y PUBLICIDAD TRIO LIMITADA Socio | - | 8% | $30.000.000 |
Socio | - | 4% | $15.000.000 |
ASESORÍAS E INVERSIONES MORA Y FERRARO LIMITADA Socio | - | 4% | $15.000.000 |
ASESORÍAS E INVERSIONES SANTA SARA LIMITADA Socio | - | 4% | $15.000.000 |
PATRICIA ALEJANDRA BRUNA ÁVILA Socio | - | 4% | $15.000.000 |
Corporate history on record
- Incorporation· September 13, 2019
Constitución original de la sociedad.
- Transfer of rights· November 21, 2022
ENACCIÓN SpA cede el 11% de sus derechos sociales a EDTUR SpA.
Official extract text
MARÍA ANGÉLICA GALÁN BÄUERLE, Abogado, Notario Público Titular de la 17 Notaría Santiago, con oficio en calle Ahumada N°236, piso 3, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 21 de Noviembre de 2022, ante mí, los comparecientes, don ROBERTO ALEJANDRO HERNÁN GABRIEL HOJMAN GUIÑERMAN, en representación de TECNOLOGÍAS EXPONENCIALES SpA, ambos domiciliados en Camino San Francisco de Asis N°50, dpto. 501, Las Condes, Santiago; don LUIS IVÁN GRIMBERG ALFARO, en representación de ASESORÍAS E INVERSIONES SANTA SARA LIMITADA ambos domiciliados en Los Refugios del Arrayán N°17.770, parcela 22, Lo Barnechea, Santiago; don JUAN ALBERTO MORA SILVA, en representación de ASESORÍAS E INVERSIONES MORA Y FERRARO LIMITADA ambos domiciliados en Las Calas N°27, condominio Las Flores, Colina, Santiago; doña PATRICIA ALEJANDRA BRUNA ÁVILA, don JUAN ALBERTO MORA SILVA, y don SEBASTIÁN EUGENIO MIRANDA HIRIART, los últimos tres en representación de SERVICIOS Y PRODUCTOS EDUCATIVOS CRISOL LIMITADA todos domiciliados en Miguel Claro N°623, Providencia, Santiago; don ELÍAS FIELBAUM COLODRO, en representación de DISEÑO Y PUBLICIDAD TRIO LIMITADA, y de doña JUDITH ANAT HERCOG, también conocida como JUDITH HERZOG SUGAR, todos domiciliados en Arturo Prat N°828, Santiago, Santiago; don SEBASTIÁN EUGENIO MIRANDA HIRIART, en representación de EDTUR SpA ambos domiciliados en Av. Colón N°6.691, dpto. 904, Las Condes, Santiago; y doña PATRICIA ALEJANDRA BRUNA ÁVILA, domiciliada en Espóz N°3.276, Vitacura, Santiago, todos en su calidad de socios de SOCIEDAD TECNOLOGÍAS EXPERIMENTALES EXPONENCIALES LIMITADA, en adelante, la “Sociedad”, constituida por escritura pública de 13 de septiembre de 2019, en la notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot, cuyo extracto fue inscrito a fojas 82.285, Número 40.446, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2019, acordaron modificar la Sociedad, como consecuencia de la aprobación de la cesión de la totalidad de los derechos sociales de ENACCIÓN SpA a EDTUR SpA, equivalente al 11% de los derechos sociales, efectuada por escritura pública de fecha 21 de noviembre de 2022, otorgada en la notaría de Santiago de doña María Angélica Galán Bäuerle, bajo repertorio N° 4920-2022. Por lo tanto, se acordó modificar la cláusula séptima de los estatutos de la Sociedad, referida al capital, reemplazando su texto actual por el siguiente: “SÉPTIMO: El capital de la sociedad es la suma de $375.000.000, que se aporta de la siguiente forma: Uno. Servicios y Productos Educativos Crisol Limitada aporta la suma de $187.000.000, equivalente al 50% del capital social, mediante su industria por plazo de dos años, consistente en el estudio, creación, planificación y desarrollo de libros, textos, folletos, material audiovisual, aplicaciones. Softwares y material didáctico, aporte que las partes avalúan de común acuerdo en la suma señalada. Dos. Tecnologías Exponenciales SpA aporta la suma de $56.250.000, equivalente al 15% del capital social, que paga en dinero efectivo con la suma de $18.750.000, dentro del plazo de dos años contados desde esta fecha, en la medida que las necesidades sociales lo requieran; y el saldo de $37.500.000, mediante su aporte de industria consistente en el desarrollo de proyectos tecnológicos y diseño editorial, los cuales se individualizan en el anexo número uno que se protocoliza en esta misma fecha y número, formando parte integrante de este contrato, por el plazo de dos años, que las partes avalúan de común acuerdo en la suma señalada. Tres. EDTUR SpA aporta la suma de $41.250.000, equivalentes al 11% del capital social, que se obliga a pagar en la caja social, en dinero efectivo, dentro del plazo de dos años contados desde esta fecha, en la medida que las necesidades sociales lo requieran. Cuatro. Diseño y Publicidad Trio Limitada aporta la suma de $30.000.000 equivalentes al 8% del capital social, que se obliga a pagar en la caja social, en dinero efectivo, dentro del plazo de dos años contados desde esta fecha, en la medida que las necesidades sociales lo requieran. Cinco. Doña Judith Anat Hercog, también conocida como Judith Herzog Sugar aporta la suma de $15.000.000, equivalentes al 4% del capital social, que paga en dinero efectivo con la suma de $11.250.000, dentro del plazo de dos años contados desde esta fecha, en la medida que las necesidades sociales lo requieran; y el saldo de $3.750.000, mediante su aporte de industria consistente en la prestación de asesoría de carácter comercial y técnico en la implementación de una tienda online y en la búsqueda de canales de distribución, conforme a las directrices que se señalan en el anexo número dos que se protocoliza con esta misma fecha y número, formando parte integrante de este contrato, por el plazo de dos años, que las partes avalúan de común acuerdo en la suma señalada. Seis. Asesorías e Inversiones Mora y Ferraro Limitada aporta la suma de $15.000.000, equivalentes al 4% del capital social, que se obliga a pagar en la caja social, en dinero efectivo, dentro del plazo de dos años contados desde esta fecha, en la medida que las necesidades sociales lo requieran. Siete. Asesorías e Inversiones Santa Sara Limitada aporta la suma de $15.000.000, equivalentes al 4% del capital social, que se obliga a pagar en la caja social, en dinero efectivo, dentro del plazo de dos años contados desde esta fecha, en la medida que las necesidades sociales lo requieran. Ocho. Doña Patricia Alejandra Bruna Ávila aporta la suma de $15.000.000, equivalentes al 4% del capital social, que se obliga a pagar en la caja social, en dinero efectivo, dentro del plazo de dos años contados desde esta fecha, en la medida que las necesidades sociales lo requieran.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 13 de Enero de 2022.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD TECNOLOGÍAS EXPERIMENTALES EXPONENCIALES LIMITADA
CVE 2256785
