Limited liability company77.084.802-4

Inversiones Claire Limitada

MODIFICACIÓN — Jan 7, 2023

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2023-01-07View PDF (CVE 2248947)

Corporate information

Ltda
Condominio Las Brisas de Chicureo, calle Los Queltehues número tres mil ciento veinte
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social quedará radicada desde la fecha del fallecimiento en el socio o los socios sobrevivientes, con las mismas facultades de administración indicadas en el Artículo Octavo de los estatutos.

Shareholders (2)

NameParticipation

MARCO ANTONIO JAURÉS CÁCERES

Socio

10.xxx.xxx-4

-

MARIA ALESSANDRA NASI PRADO

Socio

6.xxx.xxx-2

-

Corporate history on record

  1. Other act· December 26, 2022

    Se modifica la sociedad incorporando una cláusula de continuidad por fallecimiento de un socio y reglas de administración para los sobrevivientes.

    MARCO ANTONIO JAURÉS CÁCERES · MARIA ALESSANDRA NASI PRADO

Official extract text

MARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente del Titular de la 5° Notaria de Santiago, don Patricio Raby Benavente, ambos domiciliados en Gertrudis Echenique N°30, oficina 32, Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura pública otorgada con fecha 26 de Diciembre de 2022, ante mí, MARCO ANTONIO JAURÉS CÁCERES, ingeniero civil, cédula de identidad número diez millones trescientos noventa y siete mil cincuenta guion cuatro, y MARIA ALESSANDRA NASI PRADO, arquitecto, cédula de identidad número seis millones novecientos cuarenta y ocho mil doscientos ochenta y siete guion dos, ambos con domicilio en Condominio Las Brisas de Chicureo, calle Los Queltehues número tres mil ciento veinte, Chicureo, comuna de Colina, Región Metropolitana, modificaron la sociedad "INVERSIONES CLAIRE LIMITADA”, inscrita fojas 82.289 número 40.449 del año 2019 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en siguiente sentido: vienen en agregar nueva cláusula en los estatutos sociales: ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO: CONTINUIDAD DE LA SOCIEDAD: Si durante la vigencia de la sociedad falleciera cualquiera de los socios, la sociedad continuará con el sobreviviente y con los herederos del socio fallecido, quienes deberán designar un mandatario común dentro del plazo de sesenta días para actuar ante la sociedad, mandatario que no tendrá las facultades de administrador señaladas en este instrumento.- La administración de la sociedad y el uso de la razón social quedará radicada desde la fecha del fallecimiento en el socio o los socios sobrevivientes, con las mismas facultades de administración indicadas en el Artículo Octavo de los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 28 de diciembre de 2022. MARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente.-

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  1. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES CLAIRE LIMITADA

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