Teresa Abusleme Y Compañía Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$50.000.000
Shareholders (6)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES AGMA LIMITADA Socio 76.255.042-3 | 76.255.042-3 | 31.16% | - |
Socio 76.043.649-6 | 76.043.649-6 | 18.32% | - |
INVERSIONES SANTA TERESITA LIMITADA Socio 76.254.503-9 | 76.254.503-9 | 17.2% | - |
INVERSIONES DOÑA TERESA LIMITADA Socio 76.254.858-5 | 76.254.858-5 | 13.97% | - |
Socio 9.xxx.xxx-1 | 9.xxx.xxx-1 | 10.75% | - |
Socio 6.xxx.xxx-6 | 6.xxx.xxx-6 | 8.6% | - |
Corporate history on record
- Incorporation· July 9, 1997
Se constituye la sociedad Teresa Abusleme y Compañía Limitada.
- Transfer of rights· April 20, 2023
Inversiones Dalim SpA cede parte de sus derechos sociales a Agma, Inversiones Santa Teresita, Inversiones Doña Teresa, Pablo Antonio Milad Abusleme y Miguel Angel Milad Abusleme.
INVERSIONES DALIM SpA · SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES AGMA LIMITADA · INVERSIONES SANTA TERESITA LIMITADA · INVERSIONES DOÑA TERESA LIMITADA · PABLO ANTONIO MILAD ABUSLEME · MIGUEL ANGEL MILAD ABUSLEME
Official extract text
HERNAN FUENTES ACEVEDO, Notario Público de la Tercera Notaría de Curicó, con oficio en Calle Carmen 498, de esta ciudad, certifica: Por escritura otorgada ante mí de fecha 20 de abril de 2023, repertorio Nº 1401-2023; la SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES AGMA LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones doscientos cincuenta y cinco mil cuarenta y dos guión tres, representada por don ABRAHAM GERARDO MILAD ABUSLEME, cédula nacional de identidad número siete millones ciento setenta y tres mil cuarenta y dos guión cinco; INVERSIONES DALIM SpA, rol único tributario número setenta y seis millones cuarenta y tres mil seiscientos cuarenta y nueve guión seis, representada por don FRANCISCO ABRAHAM ABDO MILAD ROJAS, cédula nacional de identidad número diecisiete millones ochocientos ochenta y tres mil cuatrocientos sesenta y nueve guion K; sociedad INVERSIONES SANTA TERESITA LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones doscientos cincuenta y cuatro mil quinientos tres guión nueve, representada por doña MARIA TERESA MILAD ABUSLEME, cédula nacional de identidad número nueve millones doscientos treinta y nueve mil sesenta y uno guión seis; sociedad INVERSIONES DOÑA TERESA LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones doscientos cincuenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y ocho guión cinco, representada por doña CATALINA SOLANGE MILAD ABUSLEME, cédula nacional de identidad número once millones quinientos cincuenta y ocho mil cuarenta y seis guión nueve; don PABLO ANTONIO MILAD ABUSLEME, cédula nacional de identidad número nueve millones veintitrés mil ciento ocho guión uno; y don MIGUEL ANGEL MILAD ABUSLEME, cédula nacional de identidad número seis millones seiscientos treinta y cinco mil setecientos ochenta y cinco guión seis; modificaron la sociedad “TERESA ABUSLEME Y COMPAÑÍA LIMITADA”, cuyo ROL ÚNICO TRIBUTARIO es setenta y siete millones cuarenta y dos mil ciento setenta guión cinco, constituida por escritura pública de fecha nueve de julio del año mil novecientos noventa y siete, otorgada ante el Notario Público Titular de Curicó, don Eduardo de Rodt Espinosa, cuyo extracto se inscribió a fojas ciento setenta y nueve vuelta, número ciento setenta y dos, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, correspondiente al año mil novecientos noventa y siete, la cual ya ha sido objeto de seis modificaciones a su pacto social. Capital: $50.000.000.- La modificación consiste en: Venta de derechos sociales, Precio y Pago.- La sociedad INVERSIONES DALIM SpA, representada por don FRANCISCO ABRAHAM ABDO MILAD ROJAS, vende, cede y transfiere el CINCO COMA SESENTA Y OCHO POR CIENTO de los derechos o cuotas que le corresponden en la sociedad TERESA ABUSLEME Y COMPAÑÍA LIMITADA, de la siguiente forma: a) INVERSIONES DALIM SpA, representada por don FRANCISCO ABRAHAM ABDO MILAD ROJAS, vende, cede y transfiere el DOS COMA DIECISEIS POR CIENTO de los derechos o cuotas sociales, a SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES AGMA LIMITADA, quien compra, acepta y adquiere para sí, siendo el precio de venta por dichos derechos sociales la suma de UN MILLON CIEN MIL PESOS ($1.100.000), suma de dinero que se paga al contado y en dinero en efectivo en este acto, declarando el cedente o vendedor mediante su representante legal, recibir a su entera satisfacción y conformidad, dicha suma de dinero, otorgando recibo de pago y cancelación, quedando íntegramente pagado el precio; b) INVERSIONES DALIM SpA, representada por don FRANCISCO ABRAHAM ABDO MILAD ROJAS, vende, cede y transfiere el UNO COMA VEINTE POR CIENTO de los derechos o cuotas sociales a INVERSIONES SANTA TERESITA LIMITADA, quien compra, acepta y adquiere sí, siendo el precio de venta por dichos derechos sociales, la suma de SEISCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($650.000), suma de dinero que se paga al contado y en dinero en efectivo en este acto, declarando el cedente o vendedor mediante su representante legal, recibir a su entera satisfacción y conformidad dicha suma de dinero, otorgando recibo de pago y cancelación, quedando íntegramente pagado el precio; c) INVERSIONES DALIM SpA, representada por don FRANCISCO ABRAHAM ABDO MILAD ROJAS, vende, cede y transfiere el CERO COMA NOVENTA Y SIETE POR CIENTO de los derechos o cuotas sociales a INVERSIONES DOÑA TERESA LIMITADA, quien compra, acepta y adquiere sí, siendo el precio de venta por dichos derechos sociales, la suma de QUINIENTOS MIL PESOS ($500.000), suma de dinero que se paga al contado y en dinero en efectivo en este acto, declarando el cedente o vendedor mediante su representante legal, recibir a su entera satisfacción y conformidad dicha suma de dinero, otorgando recibo de pago y cancelación, quedando íntegramente pagado el precio; d) INVERSIONES DALIM SpA, representada por don FRANCISCO ABRAHAM ABDO MILAD ROJAS, vende, cede y transfiere el CERO COMA SETENTA Y CINCO POR CIENTO de los derechos o cuotas sociales a PABLO ANTONIO MILAD ABUSLEME, quien compra, acepta y adquiere sí, siendo el precio de venta por dichos derechos sociales, la suma de CUATROCIENTOS MIL PESOS ($400.000), suma de dinero que se paga al contado y en dinero en efectivo en este acto, declarando el cedente o vendedor mediante su representante legal, recibir a su entera satisfacción y conformidad dicha suma de dinero, otorgando recibo de pago y cancelación, quedando íntegramente pagado el precio; y e) INVERSIONES DALIM SpA, representada por don FRANCISCO ABRAHAM ABDO MILAD ROJAS, vende, cede y transfiere el CERO COMA SESENTA POR CIENTO de los derechos o cuotas sociales a MIGUEL ANGEL MILAD ABUSLEME, quien compra, acepta y adquiere sí, siendo el precio de venta por dichos derechos sociales, la suma de TRESCIENTOS MIL PESOS ($300.000), suma de dinero que se paga al contado y en dinero en efectivo en este acto, declarando el cedente o vendedor mediante su representante legal, recibir a su entera satisfacción y conformidad dicha suma de dinero, otorgando recibo de pago y cancelación, quedando íntegramente pagado el precio.- Nueva Conformación de la Sociedad.- Conforme a la compraventa de derechos sociales precedentemente realizada, la SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES AGMA LIMITADA, con un TREINTA Y UNO COMA DIECISEIS POR CIENTO de las cuotas o derechos sociales en la sociedad; INVERSIONES DALIM SpA, con un DIECIOCHO COMA TREINTA Y DOS POR CIENTOS de las cuotas o derechos sociales en la sociedad; INVERSIONES SANTA TERESITA LIMITADA, con un DIECISIETE COMA VEINTE POR CIENTO de las cuotas o derechos sociales en la sociedad; INVERSIONES DOÑA TERESA LIMITADA, con un TRECE COMA NOVENTA Y SIETE POR CIENTO de las cuotas o derechos sociales en la sociedad; don PABLO ANTONIO MILAD ABUSLEME, con un DIEZ COMA SETENTA Y CINCO POR CIENTO de las cuotas o derechos sociales en la sociedad; y don MIGUEL ANGEL MILAD ABUSLEME, con un OCHO COMA SESENTA POR CIENTO de las cuotas o derechos sociales en la sociedad.- En todo no lo modificado por el presente instrumento, se mantiene absolutamente vigente los estatutos sociales y sus posteriores modificaciones.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Curicó 20 de abril de 2023.
Corporate information
Capital
Total capital
$50.000.000
Shareholders (6)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES AGMA LIMITADA Socio 7.xxx.xxx-3 | 7.xxx.xxx-3 | 29% | - |
INVERSIONES SANTA TERESITA LIMITADA Socio 76.254.503-9 | 76.254.503-9 | 16% | - |
INVERSIONES DOÑA TERESA LIMITADA Socio 76.254.858-5 | 76.254.858-5 | 13% | - |
Socio 9.xxx.xxx-1 | 9.xxx.xxx-1 | 10% | - |
Socio 6.xxx.xxx-6 | 6.xxx.xxx-6 | 8% | - |
INVERSIONES DALIM SpA Socio 7.xxx.xxx-6 | 7.xxx.xxx-6 | 24% | - |
Administrators (2)
ABRAHAM GERARDO MILAD ABUSLEME
Corporate history on record
- Incorporation· July 9, 1997
Constitución original de la sociedad TERESA ABUSLEME Y COMPAÑÍA LIMITADA.
- Name change
INVERSIONES DALIM LIMITADA pasa a denominarse INVERSIONES DALIM SpA y cambia su régimen de administración.
INVERSIONES DALIM LIMITADA · INVERSIONES DALIM SpA
- Other act· June 15, 2009
La sociedad tuvo una modificación previa a su pacto social.
- Change of administrator· June 17, 2022
Se reemplaza la cláusula de administración y representación de la sociedad.
ABRAHAM GERARDO MILAD ABUSLEME · MARIA TERESA MILAD ABUSLEME
Official extract text
HERNAN FUENTES ACEVEDO, Notario Curicó, Carmen 498, Curicó, certifica: Por escritura otorgada ante mí de fecha 17 de junio de 2022, repertorio Nº 1971-2022; la SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES AGMA LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones doscientos cincuenta y cinco mil cuarenta y dos guión tres, representada por don ABRAHAM GERARDO MILAD ABUSLEME, cédula nacional de identidad número siete millones ciento setenta y tres mil cuarenta y dos guión cinco; INVERSIONES DALIM SpA, antes conocida como INVERSIONES DALIM LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones cuarenta y tres mil seiscientos cuarenta y nueve guión seis, representada por don FRANCISCO ABRAHAM ABDO MILAD ROJAS, cédula nacional de identidad número diecisiete millones ochocientos ochenta y tres mil cuatrocientos sesenta y nueve guion K; sociedad INVERSIONES SANTA TERESITA LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones doscientos cincuenta y cuatro mil quinientos tres guión nueve, representada por doña MARIA TERESA MILAD ABUSLEME, cédula nacional de identidad número nueve millones doscientos treinta y nueve mil sesenta y uno guión seis; sociedad INVERSIONES DOÑA TERESA LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones doscientos cincuenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y ocho guión cinco, representada por doña CATALINA SOLANGE MILAD ABUSLEME, cédula nacional de identidad número once millones quinientos cincuenta y ocho mil cuarenta y seis guión nueve; don PABLO ANTONIO MILAD ABUSLEME, cédula nacional de identidad número nueve millones veintitrés mil ciento ocho guión uno; y don MIGUEL ANGEL MILAD ABUSLEME, cédula nacional de identidad número seis millones seiscientos treinta y cinco mil setecientos ochenta y cinco guión seis; modificaron la sociedad “TERESA ABUSLEME Y COMPAÑÍA LIMITADA”, cuyo ROL ÚNICO TRIBUTARIO es setenta y siete millones cuarenta y dos mil ciento setenta guión cinco, constituida por escritura pública de fecha nueve de julio del año mil novecientos noventa y siete, otorgada ante el Notario Público Titular de Curicó, don Eduardo de Rodt Espinosa, cuyo extracto se inscribió a fojas ciento setenta y nueve vuelta, número ciento setenta y dos, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, correspondiente al año mil novecientos noventa y siete.- Posteriormente la sociedad fue objeto de cuatro modificaciones a su pacto social. Capital: $50.000.000.- La modificación consiste en: 1.- De los actuales socios: En atención a lo narrado en la cláusula segunda del presente instrumento público, los socios comparecientes, en virtud de que la sociedad “INVERSIONES DALIM LIMITADA, actualmente “INVERSIONES DALIM SpA”, ha sufrido un cambio tanto en su nombre y/o razón social, como en el régimen de administración, declaran que aceptan dichos cambios, y en consecuencia, acuerdan modificar los estatutos sociales, respecto de la conformación de la sociedad, en los siguientes términos: “los únicos y actuales socios de “Milad y Compañía Limitada”, son SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES AGMA LIMITADA, con un VEINTINUEVE POR CIENTO de las cuotas o derechos sociales en la sociedad; INVERSIONES SANTA TERESITA LIMITADA, con un DIECISÉIS POR CIENTO de las cuotas o derechos sociales en la sociedad; INVERSIONES DOÑA TERESA LIMITADA, con un TRECE POR CIENTO de las cuotas o derechos sociales en la sociedad; don PABLO ANTONIO MILAD ABUSLEME, con un DIEZ POR CIENTO de las cuotas o derechos sociales en la sociedad; don MIGUEL ANGEL MILAD ABUSLEME, con un OCHO POR CIENTO de las cuotas o derechos sociales en la sociedad; e INVERSIONES DALIM SpA, con un VEINTICUATRO POR CIENTO de las cuotas o derechos sociales en la sociedad.- 2.- De la administración.- Se reemplaza la cláusula quinta del pacto social primitivo, y la cláusula sexta de la modificación de fecha 15 de junio de 2009, por lo siguiente: “La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los siguientes socios: SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES AGMA LIMITADA, representada legalmente por don ABRAHAM GERARDO MILAD ABUSLEME, y/o INVERSIONES SANTA TERESITA LIMITADA, representada legalmente por doña MARIA TERESA MILAD ABUSLEME, quienes obrando por la sociedad en la forma indicada y anteponiendo su firma personal a la razón social, la representarán con las más amplias facultades y con las limitaciones que se señalan al final y sin que la enumeración que continua sea taxativa, podrán: 1.- Comprar, vender, ceder y permutar toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, como acciones, bonos y valores mobiliarios firmando los traspasos; dar y tomar en arrendamiento toda clase de bienes muebles de cualquier especie; comprar toda clase de establecimientos, negocios, marcas, patentes, derechos y privilegios sobre productos o materias primas o bienes inmateriales; comprar bienes inmuebles de cualquier naturaleza 2.- Cobrar y percibir cuando se adeude a la Sociedad por cualquier concepto, firmar recibos y otorgar cancelaciones; 3.- Celebrar contratos de prestación de servicios profesionales, de asesoría, de capacitación, de trabajo, de promesa, de confección de obra material, de seguro, de depósito, de préstamo, de transporte, de leasing, de factoring y todo contrato nominado o innominado que diga relación directa o indirecta con el giro social; 4.- Contratar, abrir y cerrar cuentas corrientes de depósito, de crédito, de ahorro y especiales ya sea con particulares, con el Banco del Estado de Chile, bancos Comerciales o de Fomento, nacionales o extranjeros, públicos o privados, en moneda nacional, dólares u otra moneda extranjera, operar las cuentas corrientes de la sociedad, las que se abran en el futuro, en los bancos y en las demás instituciones de crédito, girar y sobregirar en ellas; reconocer, rechazar saldos de cuentas corrientes; retirar talonarios de cheques; cobrar y cancelar cheques, sean nominativos, a la orden o al portador; endosar cheques en depósito, cobranza, pago o garantía; endosar cheques y efectos de comercio para depositar en las cuentas corrientes de la sociedad; dar ordenes de no pago, aviso de extravío, revalidar cheques y realizar las gestiones judiciales pertinentes, en caso de huerto, robo o extravío de ellos; protestar cheques y retirarlos y realizar toda clase de operaciones bancarias; solicitar traspasos de fondos entre sí de las cuentas corrientes de la sociedad pertenecientes a una misma institución bancaria.- 5.- Girar, aceptar, reaceptar, descontar, suscribir, cobrar, pagar, protestar, prorrogar, revalidar, cancelar, endosar, y reendosar a título traslaticio de dominio, cobranza o garantía, letras de cambio, libranza o pagarés, cheques y otro tipo de documentos mercantiles negociables; 6.- Aceptar y alzar, hipotecas, servidumbre y cualquier otro derecho real limitativo al dominio; aceptar y alzar prendas de cualquier especie, con o sin desplazamiento, agraria o industrial; aceptar y alzar fianzas, deudas solidarias, avales y otras formas de garantías, aceptar cesiones; Dar y tomar dinero a interés, contratar toda clase de préstamos sin garantía, y tomar boletas de garantía; 7.- Depositar y retirar valores en custodia o garantía; 8.- Cobrar y percibir de cualquier Institución, persona natural o jurídica, las sumas, bonos o valores que correspondan a la Sociedad a cualquier título, proveniente de cualquier clase de depósito, valores hipotecarios reajustables o no o cualquier otro valor, título o documento que exista o existiere en el futuro; 9.- Contratar y usar cajas de seguridad; 10.- Representar a la sociedad con voz y voto en cualquier clase de empresas, comunidades y sociedades en las cuales tenga interés, representación o parte; 11.- Renunciar a las acciones en todo o en parte, incluso a las acciones resolutorias derivadas de los contratos que celebre; 12.- Retirar cartas y objetos ordinarios o certificados, giros postales y telegráficos y percibir sus valores; 13.- Representar a la Sociedad ante los Bancos Comerciales, de Fomento u otros, sean nacionales o extranjeros, Banco del Estado de Chile y Banco Central de Chile, ante toda persona natural o jurídica, entidades fiscales o semifiscales o de administración autónoma, Municipalidades, Inspección del Trabajo, Instituto de Normalización Previsional, Administradoras de Fondos de Pensiones, Isapres, Cajas de Compensación, Servicio de Impuestos Internos, Servicio de Tesorería, Servicio de Aduana, Corporación de Fomento de la Producción, Servicio de Vivienda y Urbanismo, etcétera; 14.- Realizar operaciones de comercio exterior, ejecutar toda clase de especies de operaciones aduaneras, tramitar, firmar, retirar, entregar y endosar pólizas, manifiestos, conocimientos, documentos de embarques y solicitudes, suscribir registros y anexos correspondientes, abrir acreditivos de exportación o importación en instituciones Bancarias Nacionales y Extranjeras, Banco del Estado de Chile o Banco Central de Chile, endosarlos, cederlos y ejecutar todas las operaciones para tales objetos, incluso declaraciones juradas y operaciones de cambio, ante los Bancos, Casas de Cambio y demás Instituciones habilitadas para ello; celebrar ventas condicionales y compraventa de divisas a futuro, autorizar cargos en cuenta corriente relacionadas con operaciones de comercio exterior y del giro social, comprar y vender divisas y ejecutar todas las demás operaciones para obtener la internación al país de mercaderías y demás accesorios que requiera el normal desarrollo del objeto social y sus futuras ampliaciones; 15.- Contratar seguros, embarques y almacenes generales de depósito; 16.- Celebrar contratos de transportes nacionales o internacionales; 17.- Conferir mandatos generales o especiales sin administración de bienes y con todas o algunas de las facultades aquí señaladas, revocarlos y renovarlos cuantas veces quieran.- 18.- En general efectuar a nombre de la sociedad y sin limitación alguna, todos los actos, contratos y gestiones que sean necesarias o se consideren convenientes para la buena marcha de los negocios sociales, modificarlos y ponerles término; incluso autocontratando; entendiéndose que la enumeración que ha procedido no es taxativa.- Asimismo, representarán a la sociedad con las más amplias atribuciones en toda clase de juicios, ante cualquier Tribunal pudiendo ejercer todas las facultades ordinarias inherentes al mandato judicial, al igual que las especiales de desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, absolver posiciones, renunciar los recursos o los términos legales, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, aprobar convenios y percibir; pudiendo designar además abogados patrocinantes y mandatarios.- Para la realización de los actos y contratos que se señalan a continuación se requerirá la actuación conjunta de a lo menos dos administradores: 19.- Vender toda clase de establecimientos, negocios, marcas, patentes, derechos y privilegios sobre productos o materias primas o bienes inmateriales; 20.- Arrendar toda clase de bienes inmuebles; 21.- Constituir, posponer y dividir hipotecas, servidumbres y cualquier otro derecho real limitativo al dominio; 22.- Constituir prendas de cualquier especie, con o sin desplazamiento, agraria o industrial; 23.- Constituir, fianzas, deudas solidarias, avales y otras formas de garantías.- 24.- Celebrar contratos de mutuo y contratar toda clase de préstamos con garantía; 25.- Formar, constituir, modificar, disolver y liquidar comunidades y sociedades de toda clase o índole.- Sin perjuicio de la limitación anterior para la venta, cesión y/o permuta toda clase de bienes inmuebles y para conferir y revocar mandatos generales o especiales con administración de bienes, se requerirá la actuación conjunta de dos cualesquiera de los socios administradores, conjuntamente con dos cualesquiera de los socios no administradores.” En todo no lo modificado por el presente instrumento, se mantiene absolutamente vigente los estatutos sociales.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Curicó 17 de junio de 2022.-
Recent filings
- MODIFICACIÓN
TERESA ABUSLEME Y COMPAÑÍA LIMITADA
CVE 2311257
- MODIFICACIÓN
TERESA ABUSLEME Y COMPAÑÍA LIMITADA
CVE 2156623
