Agrícola el Cimarrón Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$887.120.679
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
María Isabel Larraín Goycoolea Socio | - | 0.1014% | $900.000 |
Socio | - | 0.0112% | $100.000 |
Socio | - | 99.8872% | $886.120.679 |
Administrators (1)
Legal representation (1)
José Ignacio Gibson Aldunate
Official extract text
JORGE REYES BESSONE, Notario Público, Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera Nº 4.886, Comuna de San Miguel, Certifico: Que ante mí, mediante escritura pública de fecha 16 de junio del año 2017, repertorio Nº 2471 del mismo año, María Isabel Larraín Goycoolea, domiciliada en hijuela Capellanía Sur, Sector Tutuquén, comuna de Curicó; don Jaime José Gibson Larraín, domiciliado en Las Heras Nº 355, departamento Nº 1, Copiapó; y don José Ignacio Gibson Aldunate, actuando en representación de Inversiones Tipaume Limitada, ambos domiciliados en La Capellanía Sur S/N, Tutuquén bajo, Curicó, modificaron los estatutos sociales de la sociedad “ Agrícola el Cimarrón Limitada ” aumentando el capital social y consintiendo en el ingreso del nuevo socio Inversiones Tipaume Limitada, quedado de la siguiente manera: El capital de la Sociedad será la suma de $887.120.679, que los socios han enterado de la siguiente forma: 1.- Doña María Isabel Larraín Goycoolea, aportó y enteró en dinero en efectivo la suma de $900.000, equivalente al 0,1014% del capital social. 2.- Don Jaime José Gibson Larraín, aportó y enteró en dinero en efectivo la suma de $100.000, equivalente al 0,0112% del capital social. 3.- Inversiones Tipaume Limitada, aportó la suma de $886.120.679, equivalentes al 99,8872%, de los derechos sociales, mediante el aporte en dominio de los bienes inmuebles y derechos de aprovechamiento de aguas individualizados en la escritura extractada.- Asimismo, modificaron la duración de la sociedad y la administración y uso de la razón social, las que quedaron del siguiente modo: La sociedad tendrá una duración de treinta años a contar de la fecha de la escritura otorgada, plazo que se entenderá prorrogado por términos sucesivos e iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia. Para disolver anticipadamente la sociedad deberá existir acuerdo unánime de todos los socios.- La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don José Francisco Gibson Larraín, cédula nacional de identidad diecisiete millones novecientos cincuenta y nueve mil ciento sesenta y uno guión ocho, quien tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, y podrá actuar con las más amplias facultades, pudiendo realizar todos los actos, contratos, convenciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad, lo que no será necesario acreditar ante terceros. No teniendo otras limitaciones que aquellas indicadas en la escritura extractada. El administrador, anteponiendo su firma a la razón social de la sociedad, estará especialmente facultado, a realizar todos los actos individualizados en la escritura extractada sin que tal enumeración sea taxativa o limitativa. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 19 de junio de 2017.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
Agrícola el Cimarrón Limitada
CVE 1231208
