Limited liability company76.930.763-K

Consultora Jara Y Vidal Limitada

MODIFICACIÓN — Apr 13, 2026

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2026-04-13View PDF (CVE 2795918)

Corporate information

Ltda
Aldunate 1560

Shareholders (2)

NameParticipation

IVAN ALEJANDRO JARA ROSAS

Socio

7.xxx.xxx-3

80%

CAROLINA ANDREA JARA SOLANO

Socio

16.xxx.xxx-2

20%

Corporate history on record

  1. Incorporation· January 1, 2018

    La sociedad reconoce un antecedente previo como E.I.R.L. inscrita en 2018.

  2. Transformation· January 1, 2023

    La sociedad pasa de E.I.R.L. a sociedad de responsabilidad limitada.

  3. Transfer of rights· March 18, 2026

    NICOLAS IGNACIO VIDAL TAPIA cede el 20% de sus derechos societarios a CAROLINA ANDREA JARA SOLANO, quien los adquiere.

    NICOLAS IGNACIO VIDAL TAPIA · CAROLINA ANDREA JARA SOLANO

  4. Partner withdrew· March 18, 2026

    NICOLAS IGNACIO VIDAL TAPIA se retira de la sociedad.

    NICOLAS IGNACIO VIDAL TAPIA

  5. Name change· March 18, 2026

    La razón social cambia de CONSULTORA JARA Y VIDAL LIMITADA a CONSULTORA JARA Y JARA LIMITADA.

Official extract text

Ministerio del Interior MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, abogado, Notario Público Titular de la 27ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, comuna de Providencia, CERTIFICA: por escritura de fecha 18 de marzo de 2026, Repertorio N° 2426-2026, ante mí: IVAN ALEJANDRO JARA ROSAS, chileno, casado, contador auditor, cedula de identidad N° 7.851.998-3, NICOLAS IGNACIO VIDAL JARA, chileno, casado, contador auditor, cedula de identidad N°17.407.338-4 y CAROLINA ANDREA JARA SOLANO, chilena, soltera, abogada tributarista, cedula de identidad N°16.936.484-2 todos domiciliados en Aldunate 1560, comuna de Santiago, Región Metropolitana, modifican los estatutos de “CONSULTORA JARA Y VIDAL LIMITADA”, RUT 76.930.763-K, inscrita a fojas 28.116, N°12.844 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces Santiago del año 2023, cuya sociedad reconoce que anteriormente era una E.I.R.L cuyo extracto estaba inscrito a fojas 73.896, N°37.984, del año 2018 y dos anotaciones marginales. Cuya modificación consiste: 1) Don NICOLAS IGNACIO VIDAL TAPIA, dueño del 20%, de los derechos habidos en la sociedad, con el completo consentimiento de sus consocios, cede y transfiere a doña CAROLINA ANDREA JARA SOLANO el total de los derechos que posee en la sociedad, esto es el 20% de los derechos societarios, equivalente a $600.000., quien adquiere y acepta para sí, pagados al instante y recibidos en conformidad. - Por tanto don NICOLAS IGNACIO VIDAL TAPIA, se retira de la “CONSULTORA JARA Y VIDAL LTDA.”, quedando como únicos socios los señores, don IVAN ALEJANDRO JARA ROSAS, con un 80% de los derechos habidos en la sociedad, doña CAROLINA ANDREA JARA SOLANO, con un 20% de los derechos habidos en la sociedad. 2) El cambio de nombre o razón social, de “CONSULTORA JARA Y VIDAL LIMITADA” a “CONSULTORA JARA Y JARA LIMITADA”, la cual podrá ser conocida por su nombre de fantasía “CONSULTORA JARA Y JARA LTDA.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo no modificado rigen las estipulaciones del pacto social. En Santiago, a 18 de marzo 2026.

AmendmentDiario Oficial · 2023-04-05View PDF (CVE 2295806)

Corporate information

Ltda
Aldunate número mil quinientos sesenta
Duration: 5 años, prorrogable tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales
Administration: Administración y uso de la razón social corresponderá a ambos socios en forma conjunta o separada, indistintamente

Corporate purpose

Prestación de servicios y asesorías profesionales en materias contables, tributarias, informáticas, comerciales, auditorías, legales, laborales, capacitación en recursos humanos, representación de empresas nacionales o extranjeras, por cuenta propia o de terceros, y en general, toda clase de actividades relacionadas que se acuerde por los socios.

Capital

Total capital

$3.000.000

Paid-in capital

$3.000.000

Shareholders (2)

NameParticipation

Iván Alejandro Jara Rosas

Socio

80%

Nicolás Ignacio Vidal Tapia

Socio

20%

Administrators (2)

Corporate history on record

  1. Incorporation· September 24, 2018

    Constitución original de la empresa Consultora Iván Alejandro Jara Rosas E.I.R.L.

    Iván Alejandro Jara Rosas

  2. Partner joined· January 26, 2023

    Iván Alejandro Jara Rosas cede el 20% de sus derechos a Nicolás Ignacio Vidal Tapia, quien se incorpora como socio.

    Iván Alejandro Jara Rosas · Nicolás Ignacio Vidal Tapia

  3. Transformation· January 26, 2023

    La empresa se transforma de E.I.R.L. a sociedad de responsabilidad limitada con la razón social Consultora Jara y Vidal Limitada.

    Iván Alejandro Jara Rosas · Nicolás Ignacio Vidal Tapia

Official extract text

MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Notario Titular de la 7ª Notaría de Santiago, domiciliada en Agustinas 1161, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 26 de enero de 2023, ante mi, Iván Alejandro Jara Rosas y Nicolás Ignacio Vidal Tapia, ambos domiciliados en Aldunate número mil quinientos sesenta, comuna de Santiago, Región Metropolitana; transformaron la empresa “Consultora Iván Alejandro Jara Rosas E.I.R.L.”, constituida con fecha veinticuatro de septiembre de dos mil dieciocho, por escritura pública otorgada ante el Notario Titular de la 12ª Notaría de Santiago, don Patricio Hernán Cathalifaud Moroso, cuyo extracto se publicó en Diario Oficial edición número 42.170, de fecha 2 de octubre de 2018 y se inscribió a fojas 73.896, bajo el número 37.984, del año 2018, del Registro de Comercio de Santiago. Transformación consiste: 1) Iván Alejandro Jara Rosas vende, cede y transfiere el 20 por ciento por ciento de sus derechos que posee en la empresa “Consultora Iván Alejandro Jara Rosas E.I.R.L.”, al socio que se incorpora Nicolás Ignacio Vidal Tapia, quien compra y adquiere para si dichos derechos en la suma de $600.000, pagados al contado y recibidos a conformidad. 2) Quedan como actuales socios de la empresa Iván Alejandro Jara Rosas, con el 80 por ciento del haber total de la empresa; y, Nicolás Ignacio Vidal Tapia, queda con el 20 por ciento de los derechos de la empresa 3) En este acto, Iván Alejandro Jara Rosas y Nicolás Ignacio Vidal Tapia, en su calidad de únicos socios, vienen en hacer cierta su voluntad societaria de transformar la sociedad comercial recién citada del tipo de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada en una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, de tal forma que transforman la empresa Consultora Iván Alejandro Jara Rosas E.I.R.L., en una sociedad comercial de responsabilidad limitada con el nombre “Consultora Jara y Vidal Limitada”, pudiendo actuar con el nombre de fantasía “Consultora Jara y Vidal Ltda”. 4) El objeto de la sociedad será, la prestación de servicios y asesorías profesionales en materias contables, tributarias, informáticas, comerciales auditorías, legales laborales, capacitación en recursos humanos, representación de empresas nacionales o extranjeras, por cuenta propia o de terceros, y en general, toda clase actividades relacionadas que se acuerde por los socios. 5) El capital social es la suma de $3.000.000, ya ingresados en caja social.- Consistentes en: don Iván Alejandro Jara Rosas, correspondientes a $2.400.000 equivalentes al 80 por ciento de los derechos sociales y don Nicolás Ignacio Vidal Tapia, correspondientes a $600.000 equivalentes al 20 por ciento de los derechos sociales. 6) La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. 7) La administración y uso de la razón social, corresponderá a ambos socios en forma conjunta o separada, indistintamente, quienes, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representaran legalmente. 8) Conforme lo establecen los artículos 69 y 70 del Código Tributario, y demás pertinentes, la sociedad Consultora Jara y Vidal Limitada, se hace responsable de todos los impuestos que pudiere adeudar la Empresa Consultora Iván Alejandro Jara Rosas E.I.R.L., en su calidad de continuador legal. 9) El plazo de duración de la presente sociedad será de 5 años, a contar de esta fecha, que se prorrogará tacita, automática y sucesivamente por periodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su intención de ponerle termino al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio del Conservador respectivo, con una anticipación de a lo menos 60 días al vencimiento del periodo correspondiente.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de enero de 2023.

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    CONSULTORA JARA Y VIDAL LIMITADA

    CVE 2795918

  2. MODIFICACIÓN

    CONSULTORA JARA Y VIDAL LIMITADA

    CVE 2295806

Corporate relationships

CompanyPersonDiario OficialFormer relationship (ended)