Grant Thornton Auditoría y Servicios Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$10.000.000
Shareholders (11)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Carlos Hernán Muñoz Saravia Socio | - | 33% | $3.300.000 |
Luis Humberto Velásquez Molina Socio | - | 6% | $600.000 |
Socio | - | 4% | $400.000 |
Cristián Gonzalo Bastián Escobar Socio | - | 16.5% | $1.650.000 |
Socio | - | 16.5% | $1.650.000 |
Teresa de Jesús Oliva Santibáñez Socio | - | 7% | $700.000 |
Alejandro Andrés Gutiérrez Varela Socio | - | 4% | $400.000 |
Fabiola Alejandra Escobar Conejeros Socio | - | 4% | $400.000 |
Socio | - | 3% | $300.000 |
Socio | - | 3% | $300.000 |
Socio | - | 3% | $300.000 |
Official extract text
Ministerio del Interior Evaldo Daniel Rehbein Utreras, Notario Público Titular de la Notaría N° 29 de Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 17 de marzo de 2025, con el repertorio 1476-2025, ante mí, comparecieron Carlos Hernán Muñoz Saravia, Luis Humberto Velásquez Molina, Robinson Lizana Tapia, Cristián Gonzalo Bastián Escobar, Alejandro Luis Cerda Gallardo, Teresa de Jesús Oliva Santibáñez, Alejandro Andrés Gutiérrez Varela, Fabiola Alejandra Escobar Conejeros, Nicolás Jesús Alegría Ojeda, Rafael Alejandro Malla Osorio, José Antonio Tapia Alucema, Javier Alejandro Veloso Ríos y Eugenio Poblete Montoya, únicos socios de la sociedad Grant Thornton Auditoría y Servicios Limitada (ya sea retirándose, manteniéndose o incorporándose), en adelante la “Sociedad”, inscrita a fojas 69.665 con el número 35.701 en el Registro de Comercio del año 2018 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesco N° 5.335, oficina 603, Las Condes, Santiago, aprobando que: (i) Nicolás Jesús Alegría Ojeda venda, ceda y transfiera a Carlos Hernán Muñoz Saravia, el 5% de los derechos sociales en el capital y patrimonio de la Sociedad, para lo cual Carlos Hernán Muñoz Saravia paga la suma de $500.000 a Nicolás Jesús Alegría Ojeda; (ii) Nicolás Jesús Alegría Ojeda venda, ceda y transfiera a Eugenio Jesús Poblete Montoya, el 3% de los derechos sociales en el capital y patrimonio de la Sociedad, para lo cual Eugenio Poblete Montoya paga la suma de $300.000 a Nicolás Jesús Alegría Ojeda; y (iii) Javier Alejandro Veloso Ríos venda, ceda y transfiera a Carlos Hernán Muñoz Saravia, el 3% de los derechos sociales en el capital y patrimonio de la Sociedad, para los cual Carlos Hernán Muñoz Saravia paga la suma de $300.000 a Javier Alejandro Veloso Ríos. En atención de la cesión de derechos sociales antes descrita se modifica íntegramente la cláusula cuarta de los estatutos de la Sociedad por el siguiente texto: “CUARTO: CAPITAL SOCIAL. El capital social será la suma de $10.000.000, cantidad que los socios enteran de la siguiente forma: a) El socio CARLOS HERNÁN MUÑOZ SARAVIA aporta la cantidad de $3.300.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 33% del capital social; b) El socio LUIS HUMBERTO VELÁSQUEZ MOLINA aporta la cantidad de $600.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 6% del capital social; c) El socio ROBINSON RAMIRO LIZANA TAPIA aporta la cantidad de $400.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 4% del capital social; d) El socio CRISTIÁN GONZALO BASTIÁN ESCOBAR aporta la cantidad de $1.650.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 16,5% del capital social; e) El socio ALEJANDRO LUIS CERDA GALLARDO aporta la cantidad de $1.650.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 16,5% del capital social; f) La socia TERESA DE JESÚS OLIVA SANTIBÁÑEZ aporta la cantidad de $700.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 7% del capital social; g) El socio ALEJANDRO ANDRÉS GUTIÉRREZ VARELA aporta la cantidad de $400.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 4% del capital social; h) La socia FABIOLA ALEJANDRA ESCOBAR CONEJEROS aporta la cantidad de $400.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 4% del capital social; i) El socio EUGENIO JESÚS POBLETE MONTOYA aporta la cantidad de $300.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 3% del capital social; j) El socio RAFAEL ALEJANDRO MALLA OSORIO aporta la cantidad de $300.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 3% del capital social; y, k) El socio JOSÉ ANTONIO TAPIA ALUCEMA aporta la cantidad de $300.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 3% del capital social.”. Demás estipulaciones en escritura extractada, incluyendo facultad del portador de requerir inscripción y publicación. Santiago, 21 de marzo de 2025.
Corporate information
Corporate purpose
La Sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios a personas naturales y/o jurídicas, sean o no fiscalizados por la Comisión para el Mercado Financiero, los cuales corresponderán principalmente a los de revisión de cuentas, peritajes, due diligence, consultoría y asesoría, y auditoría interna y/o externa, comprendiendo esto último esencialmente lo siguiente: a) el examen selectivo de montos, respaldos y antecedentes que conforman la contabilidad y estados financieros analizados; b) la evaluación de los principios de contabilidad utilizados y la consistencia de su aplicación con los estándares relevantes, así como las estimaciones significativas que correspondan; c) la emisión de conclusiones respecto de la presentación general de la contabilidad y los estados financieros examinados, indicando con un razonable grado de seguridad, si están exentos de errores significativos y cumplen con los estándares relevantes en forma cabal, consistente y confiable.
Shareholders (12)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Carlos Hernán Muñoz Saravia Socio | - | - | - |
Luis Humberto Velásquez Molina Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Cristián Gonzalo Bastián Escobar Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Teresa de Jesús Oliva Santibáñez Socio | - | - | - |
Alejandro Andrés Gutiérrez Varela Socio | - | - | - |
Fabiola Alejandra Escobar Conejeros Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Official extract text
Paulina Constanza Estay Calzadilla, Notario Público Interino de la Notaría N° 29 de Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 31 de mayo de 2023, con el repertorio 4389-2023, ante mí, comparecieron Carlos Hernán Muñoz Saravia, Luis Humberto Velásquez Molina, Robinson Lizana Tapia, Cristián Gonzalo Bastián Escobar, Alejandro Luis Cerda Gallardo, Teresa de Jesús Oliva Santibáñez, Alejandro Andrés Gutiérrez Varela, Fabiola Alejandra Escobar Conejeros, Nicolás Jesús Alegría Ojeda, Rafael Alejandro Malla Osorio, José Antonio Tapia Alucema y Javier Alejandro Veloso Ríos, únicos socios de la sociedad Grant Thornton Auditoria y Servicios Limitada, inscrita a Fojas 69.665, Número 35.701 del Registro de Comercio del año 2018 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesco N° 5.335, oficina 603, Las Condes, Santiago, aprobando modificar el artículo segundo de los estatutos sociales, de la siguiente manera: (i) Se remplazó el contenido del artículo segundo por: “SEGUNDO. OBJETO. La Sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios a personas naturales y/o jurídicas, sean o no fiscalizados por la Comisión para el Mercado Financiero, los cuales corresponderán principalmente a los de revisión de cuentas, peritajes, due diligence, consultoría y asesoría, y auditoría interna y/o externa, comprendiendo esto último esencialmente lo siguiente: a) el examen selectivo de montos, respaldos y antecedentes que conforman la contabilidad y estados financieros analizados; b) la evaluación de los principios de contabilidad utilizados y la consistencia de su aplicación con los estándares relevantes, así como las estimaciones significativas que correspondan; c) la emisión de conclusiones respecto de la presentación general de la contabilidad y los estados financieros examinados, indicando con un razonable grado de seguridad, si están exentos de errores significativos y cumplen con los estándares relevantes en forma cabal, consistente y confiable". Demás estipulaciones en escritura extractada, incluyendo facultad del portador de requerir inscripción y publicación. Santiago, 19 de junio de 2023.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
Grant Thornton Auditoría y Servicios Limitada
CVE 2629140
- MODIFICACIÓN
Grant Thornton Auditoria y Servicios Limitada
CVE 2336460
