Solar Birkner Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$1.000.000
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 99% | - |
SONIA KATHERINA ARANEDA ORELLANA Socio | - | 1% | - |
Administrators (1)
Corporate history on record
- Transfer of rights· June 18, 2024
SONIA KATHERINA ARANEDA ORELLANA cede un 4% de sus derechos sociales a RODRIGO ARMANDO SOLAR BIRKNER, quedando este último con un 99% y ella con un 1%.
SONIA KATHERINA ARANEDA ORELLANA · RODRIGO ARMANDO SOLAR BIRKNER
- Change of administrator· June 18, 2024
Se modifica la cláusula de administración para que RODRIGO ARMANDO SOLAR BIRKNER administre, represente y use la razón social individualmente.
Official extract text
PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, abogado, Notario Titular de la 48ª de notaría de Santiago, con oficio en Av. Apoquindo N° 3076, oficina 601, Las Condes, Santiago, certifico, por escritura pública de fecha 18/06/2024, repertorio N° 7450/2024, ante mí: RODRIGO ARMANDO SOLAR BIRKNER, domiciliado en La Luma, número 1160, departamento 1101, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana; y SONIA KATHERINA ARANEDA ORELLANA, domiciliada en Edipo Rey, número 5725, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; en su carácter de únicos y actuales socios de la sociedad SOLAR BIRKNER LIMITADA, acordaron lo siguiente: (1) SONIA KATHERINA vende, cede y transfiere parte de sus derechos sociales que le corresponden en la sociedad SOLAR BIRKNER LIMITADA, ascendentes a un 4%, a RODRIGO ARMANDO, quedando este último con un 99% de los derechos sociales y SONIA KATHERINA con un 1% . El precio de esta venta y cesión es de $40.000, que don RODRIGO ARMANDO paga en este acto, en dinero efectivo a la vendedora y cedente, quien declara recibirlo a su entera conformidad. (2) Como consecuencia de la cesión de derechos celebradas, los actuales socios de la sociedad SOLAR BIRKNER LIMITADA, acordaron modificar el pacto social en su cláusulas quinta, relativa a la administración, en el sentido que la administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a RODRIGO ARMANDO SOLAR BIRKNER, quien actuando individualmente y anteponiendo la razón social a su firma, representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, con todas y cada una de las facultades descritas en la misma cláusula que se modifica. Además, los socios modifican la cláusula séptima, relativ a a las utilidades , en el sentido que éstas se reparti rán entre los socios de la siguiente manera: un 99% para RODRIGO ARMANDO SOLAR BIRKNER y un 1% para SONIA KATHERINA ARANEDA ORELLANA. En todo lo no modificado, se mantienen plenamente vigentes las es tipulaciones del pacto social. Capital de la sociedad: $1.000.000.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 24 de junio de 2024.
Corporate information
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
SONIA KATHERINA ARANEDA ORELLANA Socio | - | - | - |
Corporate history on record
- Incorporation· July 19, 2007
Se constituye SOLAR BIRKNER LIMITADA.
RODRIGO ARMANDO SOLAR BIRKNER · SONIA KATHERINA ARANEDA ORELLANA
- Other act· January 31, 2013
La sociedad es modificada por escritura pública.
RODRIGO ARMANDO SOLAR BIRKNER · SONIA KATHERINA ARANEDA ORELLANA
Official extract text
DAVID POZA MATUS, Notario Suplente del Titular don LUIS POZA MALDONADO, Notario Público, Avda. Vitacura 6844 Vitacura, certifico que por escritura de hoy ante mí, don RODRIGO ARMANDO SOLAR BIRKNER, domiciliado en Américo Vespucio 2799, dpto. 304, Vitacura; y doña SONIA KATHERINA ARANEDA ORELLANA, domiciliada en Navidad 1346, dpto. 301, comuna de Vitacura, actuales y únicos socios de la sociedad SOLAR BIRKNER LIMITADA, RUT Nº76.906.040-5, constituida por escritura pública de 19 de julio de 2007, ante el notario de Santiago, don Pablo González Caamaño, e inscrita a Fs. 30.708 Nº22.178 en el Registro de Comercio de 2007 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y modificada por escritura pública de fecha 31 de enero de 2013, otorgada en la misma Notaría ya referida e inscrita a Fs. 11.333 N°7.622 en el Registro de Comercio de 2013 del citado Conservador, ambos socios, en forma unánime, acuerdan reemplazar la cláusula undécima, estableciendo que en caso de fallecimiento, incapacidad, insolvencia o cualquier otro hecho que afecte la libre disposición de los bienes de alguno de alguno de los socios, no se pondrá término a la sociedad ni se disolverá ésta, sino que continuará con el socio sobreviviente, solvente o capaz y con los herederos o mandatarios del socio fallecido, incapaz o insolvente, quienes deberán designar un mandatario común, quien no tendrá las facultades de administración ni podrá usar la razón social. La administración de la sociedad y el uso de la razón social quedará radicada, desde la fecha del fallecimiento, la incapacidad o insolvencia, en el socio sobreviviente, capaz o solvente con las mismas facultades indicadas en la cláusula quinta. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 de agosto de 2020.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
SOLAR BIRKNER LIMITADA
CVE 2513247
- MODIFICACIÓN
SOLAR BIRKNER LIMITADA
CVE 1811624
